RESOLUCION Nº 020-024-0000066/SUNAT - Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Lima

Fecha de disposición19 Marzo 2010
Fecha de publicación19 Marzo 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 19 de marzo de 2010 415839
Artículo Tercero.- Designar como Auxiliar Coactivo de
la Sección de Control de la Deuda y Cobranza Coactiva
de la Of‌i cina Zonal Chimbote al Sr. Julio César Morales
Quispe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ACOSTA VILCHEZ
Intendente Regional
Intendencia Regional La Libertad
469556-1
Designan Auxiliar Coactivo de la
Intendencia Regional Lima
INTENDENCIA REGIONAL LIMA
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
Nº 020-024-0000066/SUNAT
Lima, 2 de marzo de 2010
CONSIDERANDO:
Que, es necesario dejar sin efecto la designación
de Auxiliares Coactivos y designar a nuevos Auxiliares
Coactivos de la Intendencia Regional Lima para
garantizar el normal funcionamiento de su cobranza
coactiva; conforme al artículo 114° del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 135-99-EF y modif‌i catorias,
se establece los requisitos que deberán reunir los
trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo;
habiendo el personal propuesto presentado una
Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos
antes indicados;
Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que, habiéndose designado Auxiliares Coactivos
mediante las Resoluciones de Intendencia Nº 020-
00-0000066, 020-00-0000077, 020-024-0000026
publicadas en el Diario Of‌i cial El Peruano el 13 de
marzo del 2003, 22 de octubre del 2003, 5 de junio de
2008; por motivo de asignación de nuevas funciones o
por cambio de Área, es necesario dejar sin efecto seis
de las designaciones.
Que, el articulo 4° de la Resolución de Superintendencia
N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de
Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana
Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión
de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales
Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas
desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la
SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia,
a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares
Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una
de esas Intendencias;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT.
SE RESUELVE :
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la designación
como auxiliares coactivos de la Intendencia Regional
Lima, a los funcionarios que se indican a continuación :
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 7109 GUERRERO GAYOSO OSCAR IVAN
2 0084 LEO VASQUEZ JOSE LUIS
3 1174 LUCHO BLANCK MAURO ALBERTO
4 1674 MARTINEZ SAMAME CARLOS ENRIQUE
5 1675 MATA AGÜERO MARIBEL ROSA
6 3900 ZAVALETA TELLO WILLIAM TOMAS
Artículo Segundo.- Designar como auxiliar coactivo
de la Intendencia Regional Lima, a la funcionaria que se
indica a continuación :
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
1 3136 MORALES MALPARTIDA LUZMILA
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GIOVANNA CONSUELO FERNANDEZ VELAZCO
Intendente Regional
Intendencia Regional Lima
469556-2
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION PRIVADA
EN TELECOMUNICACIONES
Designan miembros de la Corte Arbitral
del Centro de Arbitraje del OSIPTEL
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 080-2009-CD/OSIPTEL
Lima, 30 de diciembre de 2009.
MATERIA: DESIGNACION DE MIEMBROS DE LA
CORTE ARBITRAL DEL CENTRO DE
ARBITRAJE DEL OSIPTEL
VISTOS:
El Informe Nº 004-CAO/2009 de la Secretaría General del
Centro de Arbitraje del OSIPTEL, de fecha 29 de setiembre
de 2009, y el Informe Nº 210-GL/2009 de la Gerencia Legal
del OSIPTEL, de fecha 14 de octubre de 2009;
CONSIDERANDO:
Que el artículo 5º de la Resolución de Consejo Directivo
Nº 011-99-CD/OSIPTEL, que aprueba el Reglamento de
Arbitraje del OSIPTEL, establece que la Corte Arbitral es el
órgano rector del Centro de Arbitraje y tiene a su cargo la
dirección y el establecimiento de las políticas del mismo;
Que conforme al artículo mencionado, corresponde
al Consejo Directivo del OSIPTEL designar por un
período de tres años a los miembros de la Corte
Arbitral, la misma que estará integrada por un Director y
dos Vocales; requiriéndose para ser Director no menos
de ochos años de ejercicio profesional, y en el caso
de los Vocales, no menos de cuatro años de ejercicio
profesional;
Que mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 047-
2006-CD/OSIPTEL de fecha 31 de julio de 2006, se designó
por un período de tres años, a los señores Humberto Sheput
Stucchi y Jesús Guillén Marroquín, como miembros de la
Corte Arbitral del Centro de Arbitraje del OSIPTEL, siendo
designado el primero como Director de la Corte;
Que asimismo, mediante Resolución de Consejo
Directivo Nº 031-2009-CD/OSIPTEL de fecha 26 de junio
de 2009, se designó por un período de tres años, al señor
Daniel Ugaz Sánchez Moreno, como Vocal de la Corte
Arbitral del Centro de Arbitraje del OSIPTEL;
Que en ese sentido, habiendo transcurrido el período
de designación de los señores Humberto Sheput Stucchi
y Jesús Guillén Marroquín, resulta necesario se designe
a los profesionales que desempeñen el cargo de Director
y Vocal de la Corte Arbitral del Centro de Arbitraje del
OSIPTEL;
Estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su
Sesión Nº 370;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar por un período de tres
años a los siguientes profesionales como miembros

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