02 270-2006-DE/EP - Amplían resolución que autorizó viaje de personal del Ejército a Bolivia, en misión de estudios

Fecha de disposición29 Junio 2006
Fecha de publicación29 Junio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
jueves 29 de junio de 2006 322691
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Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio término de la Comisión, sin
exceder el período total establecido.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneraciones ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
11529
Amplían resolución que autorizó viaje
de personal del Ejército a Bolivia, en
misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 270-2006-DE/EP
Lima, 19 de junio de 2006
CONSIDERANDO:
Que, por R.S. Nº 018-2006-DE/EP del 16 de enero de
2006, se autorizó el viaje al exterior en Misión de Estudios
al Tco2 EP Hernán VILCA ESCALON, para participar en
el Curso Especialista en Inteligencia a realizarse en la
Escuela Militar de Inteligencia del Ejército de Bolivia, del
24 de enero al 7 de diciembre del 2006;
Que, el segundo párrafo del inciso c) del Artículo 7º
del "Reglamento de viajes al exterior del personal militar
y civil del Sector Defensa", aprobado por D.S. Nº 002-
2004-DE/SG del 26 de enero del 2004, modificado por el
D.S. Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004,
establece que cuando la Misión de Estudios dure entre
nueve (9) meses y un (1) año, le corresponderá al Titular
dos compensaciones extraordinarias por servicio en el
extranjero, que corresponde los gastos por equipaje,
bagaje e instalación;
Que, en el Artículo 6º de la R.S. Nº 018-2006-DE/EP
del 16 de enero de 2006, no se consideró el pago por
concepto de equipaje, bagaje e instalación, que debía
percibir el Tco2 EP Hernán VILCA ESCALON; en
consecuencia resulta pertinente modificar el precitado
artículo, incluyendo dichos conceptos; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444 -
"Ley de Procedimiento Administrativo General";
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar el Artículo 6º de la Resolución
Suprema Nº 018-2006-DE/EP del 16 de enero de 2006,
en el sentido de considerar el concepto de "Gastos por
equipaje, bagaje e instalación"; quedando redactado de
la manera siguiente:
Artículo 6º.- El Ministerio de Defensa - Ejército del
Perú, efectuará el pago de acuerdo a los conceptos
siguientes:
Pasajes: Lima-Bolivia-Lima
US$ 521.22 x 1 Persona
Compensación Extraordinaria por Servicio en el
Extranjero
US$ 2200 ÷ 30 x 7 días x 1 persona
US$ 2200 x 10 meses x 1 persona
US$ 2200 ÷ 30 x 7 días x 1 persona
Gastos de traslado: (Equipaje, Bagaje e Instalación)
US$ 4400 x 1 persona (Ida y vuelta)
Tarifa Única de uso de Aeropuerto
US$ 30.25 x 1 persona
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD
Presidente del Consejo de Ministros
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
11530
Autorizan ingreso al territorio de la
República de personal militar de los
EE.UU., Ecuador, Brasil, México y
Canadá
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 277-2006-DE/SG
Lima, 27 de junio de 2006
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DGS) Nº F-535, de fecha 25 de
mayo de 2006, el Director General para Asuntos de
Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones
Exteriores, solicita se expida la autorización para el
ingreso de personal militar de los Estados Unidos de
América, sin armas de guerra;
Que, una comitiva de la Escuela de Doctrina
Aeroespacial, Búsqueda y Educación de la Base Aérea
de Maxell en Montgomery, Estados Unidos de América,
ha programado una visita a los centros de instrucción de
la Fuerza Aérea del Perú, con el propósito de intercambiar
experiencias;
Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de
requisitos para la Autorización y Consentimiento para
el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la
República, establece que la autorización de ingreso al
territorio peruano del personal militar extranjero sin
armas de guerra por razones protocolares, de
asistencia cívica, actividades académicas, de
entrenamiento o similares debe ser otorgada mediante
Resolución Suprema, en la que se debe especificar los
motivos, la identificación del personal militar, la relación
de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en
el territorio peruano;
De conformidad con la Ley Nº 27856;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la
República de personal militar de los Estados Unidos de
América, cuyos nombres se indican en el anexo que
forma parte de la presente Resolución, del 20 al 30 de
junio de 2006, para realizar una visita a los centros de
instrucción de la Fuerza Aérea del Perú, con el propósito
de intercambiar experiencias.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa dará cuenta
del contenido de la presente Resolución Suprema a la
Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno,
Inteligencia, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las
Drogas del Congreso de la República, en el plazo de 24
horas de su expedición.
Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y termino de la autorización
a la que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de
días autorizados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el

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