ACUERDO, Nº 096-2015-MSI, GOBIERNOS LOCALES, MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO - Autorizan viaje del Jefe de la Oficina de Comunicaciones e Imagen a Panamá, en comisión de servicios

Fecha de disposición11 Noviembre 2015
Fecha de publicación17 Noviembre 2015

San Isidro, 11 de noviembre de 2015

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO

VISTO: En Sesión Ordinaria la fecha, el Dictamen N° 042-2015-CAFSF/MSI de la Comisión Permanente de Administración, Finanzas, Sistemas y Fiscalización, el Documento Simple N° 002106315 de la Unión Iberoamericana de Municipalistas, el Pase N° 2154-2015-0100-ALC/MSI del Despacho de Alcaldía, el Informe N° 1406-2015-0830-SLSG-GAF/MSI de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, el Informe N° 530-2015-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 0539-2015-0820-STES/MSI de la Subgerencia de Tesorería, el Pase N° 8018-2015-0800-GAF/MSI de la Gerencia de Administración y Finanzas, el Informe N° 778-2015-0400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú indica que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;

Que, conforme a ello, el artículo 41° de la citada Ley Orgánica, indica que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional;

Que, en efecto, el artículo 8° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades indica que la administración municipal está integrada por los funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros, que prestan servicios para la municipalidad, correspondiendo a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto;

Que, por su parte, el artículo 9°, numeral 11, de la citada norma, establece que corresponde al Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente...

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