RESOLUCION JEFATURAL N° 376-2013-JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Puerto Ene, departamento de Junín

Fecha de publicación18 Diciembre 2013
Fecha de disposición18 Diciembre 2013
El Peruano
Miércoles 18 de diciembre de 2013
509484
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros del
Estados Civil de la Comunidad Nativa
Paik, departamento de Amazonas
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 375-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 17 de diciembre de 2013
VISTOS:
El Informe N° 000635-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC
(28OCT2013) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando N° 001027-2013/GRC/RENIEC
(05NOV2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe N° 000164-2013/GPRC/RENIEC (09DIC2013) de
la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo N° 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, el artículo 20° del Decreto Ley N° 22175, establece
que en cada una de las Comunidades Nativas debe haber
una Of‌i cina de Registros del Estado Civil. Asimismo, en
cuanto al matrimonio civil en las Comunidades Nativas,
el artículo 262° del Código Civil señala que éste puede
tramitarse y celebrarse ante un comité especial;
Que, la Of‌i cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Comunidad Nativa Paik, Distrito de Aramango,
Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas; a la cual
hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado
su respectivo expediente de incorporación de Of‌i cina
Registral, presentando incluso el acta de conformación
de comité especial a que se ref‌i ere el considerando
precedente, habiendo sido calif‌i cado positivamente por
la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles,
por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico de
Registros del Estado Civil; y por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar
y controlar el proceso de autorización de delegación de
funciones de las Of‌i cinas de Registros del Estado Civil en
Centros Poblados y Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, el Decreto Supremo N° 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de
la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº
124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por
el numeral 1) del artículo 10° del Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar la delegación de las funciones
registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m,
n, o y q del artículo 44° de la Ley N° 26497; así como las
acciones administrativas que correspondan, para llevar
adelante tal delegación, a la Of‌i cina de Registros del Estado
Civil de la Comunidad Nativa Paik, Distrito de Aramango,
Provincia de Bagua, Departamento de Amazonas.
Artículo 2°.- El Jefe de la Of‌i cina de Registros del
Estado Civil de la Comunidad Nativa señalada en el
artículo 1°, queda encargado de las funciones registrales
cuya delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control
del RENIEC.
Artículo 3°.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio
y Defunción, a la Of‌i cina de Registros del Estado Civil de
la Comunidad Nativa Paik, Distrito de Aramango, Provincia
de Bagua, Departamento de Amazonas; correspondiendo
a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece,
orientar e impartir instrucciones a ésta, a f‌i n de que el
procedimiento registral se realice conforme a las normas
legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las
inscripciones en los Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.-
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1029286-1
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros
del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Puerto Ene,
departamento de Junín
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 376-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 17 de diciembre de 2013
VISTOS:
El Informe Nº 000668-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC
(14NOV2013), de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando Nº 001088-2013/GRC/RENIEC
(19NOV2013), de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe Nº 000155-2013/GPRC/RENIEC (03DIC2013) de
la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil;
Que, la Of‌i cina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de
Puerto Ene, Distrito de Río Tambo, Provincia de Satipo,
Departamento de Junín, a la cual hacen referencia los
informes de vistos, ha formalizado expediente para la
regularización de delegación de funciones registrales,
habiendo sido calif‌i cado positivamente por la Sub Gerencia
de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de
Registros Civiles, órgano técnico de Registros del Estado
Civil; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR