RESOLUCION JEFATURAL N° 377-2013-JNAC/RENIEC - Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Ccasccabamba, departamento de Huancavelica

Fecha de disposición18 Diciembre 2013
Fecha de publicación18 Diciembre 2013
El Peruano
Miércoles 18 de diciembre de 2013 509485
órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de
autorización de delegación de funciones de las Of‌i cinas
de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y
Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, el Decreto Supremo Nº 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de
la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº
124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por
el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de
la Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas
que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a
la Of‌i cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Puerto Ene, Distrito de Río Tambo,
Provincia de Satipo, Departamento de Junín.
Artículo 2º.- El Jefe de la Of‌i cina de Registros del Estado
Civil de la Municipalidad señalada en el artículo 1º, queda
encargado de las funciones registrales cuya delegación
se autoriza; así como de las acciones administrativas que
correspondan, para llevar adelante la delegación funcional
dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral
vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC.
Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia
Técnica de Registros Civiles de la Gerencia de Registros
Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio
y Defunción, a la Of‌i cina de Registros del Estado Civil de la
Municipalidad del Centro Poblado de Puerto Ene, Distrito
de Río Tambo, Provincia de Satipo, Departamento de Junín;
correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción
pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a f‌i n de
que el procedimiento registral se realice conforme a las
normas legales, reglamentarias y administrativas, que
regulan las inscripciones en los Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1029286-2
Autorizan delegación de funciones
registrales a la Oficina de Registros
del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Ccasccabamba,
departamento de Huancavelica
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 377-2013/JNAC/RENIEC
Lima, 17 de diciembre de 2013
VISTOS:
El Informe Nº 000618-2013/GPRC/SGIRC/RENIEC
(17OCT2013) de la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles de la Gerencia de Procesos de Registros
Civiles, el Memorando Nº 001045-2013/GRC/RENIEC
(08NOV2013) de la Gerencia de Registros Civiles, y el
Informe Nº 000157-2013/GPRC/RENIEC (05DIC2013) de
la Gerencia de Procesos de Registros Civiles;
CONSIDERANDO:
Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM,
se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil, el cual precisa
que el Sistema Registral está conformado por el conjunto
de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo
la ejecución de los procedimientos administrativos de
inscripción y que las Of‌i cinas Registrales se encuentran
encargadas del procesamiento registral y demás funciones
inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la
Jefatura Nacional la creación y autorización de las que
fueren necesarias;
Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro
Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil mantiene estrecha
y permanente coordinación con diversas entidades, como
las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios
de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de
Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas
reconocidas y cualquier otra dependencia, instancia o
entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario,
conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497-
Ley Orgánica del Registro Nacional de Identif‌i cación y
Estado Civil;
Que, la Oficina de Registros del Estado Civil que
funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de
Ccasccabamba, Distrito de Ccochaccasa, Provincia de
Angaraes, Departamento de Huancavelica, a la cual
hacen referencia los informes de vistos, ha formalizado
expediente para la regularización de delegación
de funciones registrales, habiendo sido calificado
positivamente por la Sub Gerencia de Integración de
Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles,
órgano técnico de Registros del Estado Civil; y por la
Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano
encargado de supervisar y controlar el proceso de
autorización de delegación de funciones de las Oficinas
de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y
Comunidades Nativas;
Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar
la delegación referida, a f‌i n de establecer la vinculación
funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de
la generalidad de usuarios a los diferentes servicios
registrales, dado el carácter público del registro; y
Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos
de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas
por Ley Nº 26497 -Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, el Decreto Supremo Nº 015-
98-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de
la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº
124-2013/JNAC/RENIEC (10ABR2013) y lo dispuesto por
el numeral 1) del artículo 10º del Decreto Supremo Nº 001-
2009-JUS (15ENE2009);
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la
delegación de las funciones registrales establecidas en
los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de
la Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas
que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a
la Of‌i cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad
del Centro Poblado de Ccasccabamba, Distrito de
Ccochaccasa, Provincia de Angaraes, Departamento de
Huancavelica.
Artículo 2º.- El Jefe de la Of‌i cina de Registros del
Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo
1º, queda encargado de las funciones registrales cuya
delegación se autoriza; así como de las acciones
administrativas que correspondan, para llevar adelante la
delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad
sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y
control del RENIEC.
Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub
Gerencia Técnica de Registros Civiles de la Gerencia
de Registros Civiles, proporcionará los Libros de
Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la Oficina de
Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro
Poblado de Ccasccabamba, Distrito de Ccochaccasa,
Provincia de Angaraes, Departamento de Huancavelica;
correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya
jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones
a ésta, a fin de que el procedimiento registral se realice
conforme a las normas legales, reglamentarias y
administrativas, que regulan las inscripciones en los
Registros de Estado Civil.
Regístrese, publíquese y cúmplase.-
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
1029286-3

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