RESOLUCION Nº 521-2011-GR.LAMB/PR - Autorizan a Procurador Público Regional el inicio de las acciones legales por presunto delito de malversación de fondos
Emisor | GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE |
Fecha de la disposición | 16 de Octubre de 2011 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 16 de octubre de 2011
451752
productivos (pesqueros, acuícolas, industriales, mineros,
etc.), dictar las medidas correctivas.
23. Preparar denuncias y/o imponer sanciones
administrativas a las personas naturales y/o jurídicas
por infracciones a las normas ambientales, previo
procedimiento sancionador.
24. Promover mecanismos y espacios de participación,
concertación y/o coordinación con las Municipalidades,
instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil,
promoviendo la directa participación ciudadana en la
planeación, ejecución, evaluación, control y vigilancia
de la política ambiental y de recursos naturales, para
optimizar la gestión ambiental.
25. Implementar y operativizar el Fondo Ambiental
Regional FAR, destinado a actividades y proyectos de
conservación, preservación y recuperación del ambiente.
26. Las demás que le correspondan conforme a la
legislación de la materia.”
27. Generar espacios para concertar y articular
políticas y acciones intersectoriales en materia de recursos
naturales y del ambiente.
28. Promover proyectos de aprovechamiento sostenible
con comunidades locales y nativas, en asociación con
organizaciones públicas o privadas.
29. Promover proyectos de protección y conservación
de recursos naturales y medio ambiente en el ámbito
departamental.
30. Proponer la creación de las zonas de protección
y conservación ecológica (ZPCE), áreas de conservación
regional y local en el marco del Sistema Nacional de Áreas
Protegidas y sistema regional de áreas de Conservación.
31. Implementar el sistema regional de áreas de
conservación regional.
32. Implementar y conducir el sistema regional de
gestión ambiental, en coordinación con los gobiernos
locales, Comisiones ambientales Locales y Comisión
Ambiental Regional (CAR).
33. Implementar el sistema regional de información
ambiental.
34. Panifi car, organizar y conducir la Zonifi cación
ecológica económica y organización territorial,
promoviendo el uso sostenible de los recursos naturales
de la región, en armonía con las políticas y normas de la
materia.
35. Controlar y supervisar que los proyectos y
planes públicos y privados se sujeten a la planifi cación de la
Zonifi cación ecológica económica y organizacional territorial.
36. Formular lineamientos regionales y brindar
asistencia técnica a los gobiernos locales para los procesos
de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano de sus
responsabilidades, a fi n de que se enmarque en el plan de
ordenamiento Territorial Regional.
37. Realizar el seguimiento, control, fi scalización y
monitoreo de los proyectos ejecutados en la normativa
SNIP y privada.
38. Fiscalizar, verifi car y supervisar el cumplimiento
de las normas y desarrollar acciones de vigilancia y
control para garantizar el uso sostenible de los recursos
naturales.
39. Imponer sanciones ante la infracción a normativas
ambientales regionales.
Artículo Cuarto.- : ESTRUCTURA, La Gerencia
Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental
como Autoridad Regional Ambiental, tiene la siguiente
estructura orgánica:
1. ÓRGANO DE DEPENDENCIA
Gerencia Regional General
2. ÓRGANO DE DIRECCIÓN
Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión
Ambiental
3. ÓRGANO DE SUB DIRECCIÓN
Sub Gerencia de Gestión Ambiental
4. ÓRGANOS DE LÍNEA
Unidad Certifi cadora Ambiental.
Artículo Quinto.- COORDINACIONES, Para el
cumplimiento de sus funciones la Autoridad Regional
Ambiental, coordina con funcionarios del sector público,
autoridades regionales, así como con otras instituciones
públicas o privadas; en caso de ser necesario, podrá
constituir comisiones técnicas transitorias para el manejo
de problemas específi cos.
Artículo Sexto .- FINANCIAMIENTO, Los recursos
para el funcionamiento de la Autoridad Regional Ambiental,
provendrán del presupuesto transferido a la Gerencia Regional
de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, ingresos propios
(TUPA) y los recursos de cooperación técnica y fi nanciera
internacional, convenios, donaciones, entre otros.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo Primero.- ENCARGAR a las Ofi cinas
Competentes la modifi cación del Reglamento de
Organización y Funciones (ROF) y Cuadro de Asignación
de Personal del Gobierno Regional de Huánuco, (CAP),
incorporando la Unidad de Certifi cación Ambiental.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental
del Gobierno Regional de Huánuco la elaboración del
Manual de Operaciones para la implementación de esta
ordenanza en el término de siete (7) días naturales a
partir de la publicación de la presente ordenanza.
Articulo Tercero.- PUBLICAR , la presente Ordenanza
Regional conforme a lo previsto en el artículo 42º de la
el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Huánuco.
Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno
Regional Huánuco para su Promulgación.
En Huánuco a los cuatro días del mes de octubre del
año dos mil once.
SEBASTIAN CAMPOS MEZA
Consejero Delegado
Gobierno Regional Huánuco
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de
Huánuco a los 5 días del mes de octubre dos mil once.
LUIS R. PICÓN QUEDO
Presidente
Gobierno Regional Huánuco
703681-1
GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE
Autorizan a Procurador Público
Regional el inicio de las acciones legales
por presunto delito de malversación de
fondos
RESOLUCION EJECUTIVA REGIONAL
Nº 521-2011-GR.LAMB/PR
Chiclayo, 5 deoctubre de 2011
VISTO:
La Resolución Ejecutiva Regional Nº 482-2011 GR.LAMB/
PR y el Acuerdo Nº 08 de la Sesión de Directorio de Gerentes
Regionales de fecha 08 de Setiembre del 2011, y
CONSIDERANDO:
Que, en mérito al informe Nº 01-2011-2-5343 “Examen
Especial al Sistema de Tesorería de la sede del Gobierno
Regional de Lambayeque, Periodos 2008-2009”, elaborado
por la Ofi cina Regional de Control Institucional se Emitió
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