DECRETO DE ALCALDIA N° 004-2012/MDL - Autorizan el Programa de Matrimonios Civiles Comunitarios en el distrito de Lurigancho - Chosica

Fecha de disposición29 Abril 2012
Fecha de publicación29 Abril 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 29 de abril de 2012 465251
y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas-
PSCE
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JOSÉ ANTONIO GORDILLO ABAD
Alcalde
782945-1
MUNICIPALIDAD DE
CHACLACAYO
Modifican el TUPA de la Municipalidad,
en lo referido al procedimiento de
“Autorización de conexiones de
servicios domiciliarios de agua y
desagüe ejecutada por la empresa
prestadora de servicios (EPS)”
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 263-MDCH
Chaclacayo, 26 de abril de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHACLACAYO
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en la
Constitución Política del Perú, modif‌i cada por el Artículo
194º por la Ley Nº 27680 - “Ley de Reforma Constitucional”
las municipalidades son los órganos de Gobierno Local
con autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, mediante Resolución del Consejo Directivo Nº 042-
2011-SUNASS-CD, publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano
el 28 de octubre de 2011, la Superintendencia Nacional
de Servicios de Saneamiento, modif‌i có el artículo 21º del
“Reglamento de Calidad de la Prestación de Servicios de
Saneamiento”, aprobado mediante Resolución de Consejo
Directivo Nº 011-2007-SUNASS-CG; respecto al plazo
para instalar la conexión domiciliaria: “Una vez presentado
el contrato de prestación de servicios de saneamiento,
debidamente suscrito por el solicitante, dentro del plazo
establecido en la presente norma, y cumplido los requisitos
del artículo 20º, la EPS tendrá un plazo máximo de cinco (05)
días hábiles para inicar los trámites municipales”;
Que, mediante Informe Nº 044-2012-GOP/MDCH,
la Gerencia de Obras Públicas presenta la propuesta
de modif‌i cación del TUPA, señalando que para cumplir
con la Meta de la Municipalidad de Chaclacayo, debe
de modif‌i carse el Texto Único de Procedimientos
Administrativos (TUPA) indicando que en el procedimiento
administrativo para autorizar una conexión domiciliaria de
agua y desague debe de realizarse en un plazo máximo
de cinco (05) días hábiles, todo ello con la f‌i nalidad de
cumplir con el Plan de Incentivos a la mejora de la Gestión
y Modernización Municipal;
Que, mediante Infome Nº 100-2012/MDCH-GAJ
la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es viable
aprobar la modif‌i cación del Texto Único de Procedimientos
Administrativos – TUPA de la Municipalidad de Chaclacayo,
referente al procedimiento de “Autorización de conexiones
de servicios domiciliarios de agua y desague ejecutada
por la empresa prestadora de servicio (EPS)”;
Estando a lo dispuesto y con la dispensa de lectura y
aprobación de acta y con el voto unánime de los miembros
del Concejo Municipal, se aprobó:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ADECUACIÓN
DEL TUPA REFERENTE AL PROCEDIMIENTO DE
CONEXIONES DOMICILIARIAS
Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de
Procedimiento Administrativo – TUPA de la Municipalidad
Distrital de Chaclacayo, referente al procedimiento de
“Autorización de conexiones de servicios domiciliarios
de agua y desague ejecutada por la empresa prestadora
de servicio (EPS)”, de acuerdo al Anexo que forma parte
integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de
la presente ordenanza a la Gerencia General Municipal,
Gerencia de Obras Públicas y Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones la
publicación del texto completo de la presente ordenanza
en la Página Web de la Municipalidad de Chaclacayo:
www.munichaclacayo.gob.pe y en el Portal de Servicios al
Ciudadano y empresas: www.serviciosalciudadano.gob.
pe.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ALFREDO E. VALCÁRCEL CAHEN
Alcalde
782934-1
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Autorizan el Programa de Matrimonios
Civiles Comunitarios en el distrito de
Lurigancho - Chosica
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2012/MDL
Chosica, 14 de marzo de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Informe Nº 12-2012/GDS/MDLCH, el
Gerente de Desarrollo Social, elevado al despacho de
la Gerencia Municipal, da cuenta que en cumplimiento
del Plan de Acción para el ejercicio 2012, ha
considerado la realización de MATRIMONIOS CIVILES
COMUNITARIOS con la finalidad de contribuir y dar
facilidades para que muchas parejas regularicen su
unión, reforzando así la consolidación y fortalecimiento
del núcleo familiar, al amparo de lo preceptuado por el
Art. 211º y 234º del Código Civil y la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, tal como se sugiere en su
Informe Nº 010-12-SGRC/MDLCH de la Sub Gerencia
de Registro Civil, señalando como fechas probables
el 19 de mayo con motivo de la celebración del Día
de la Madre, 23 de junio, 21 de julio, 08 de setiembre
y el 27 de octubre con motivo del Aniversario de
Chosica; asimismo, mediante Informe (ampliado)
Nº 016-12-SGRC/MDLCH, expresa que el lugar de
dichos eventos será el jirón Chiclayo, al pie del Cristo
Blanco, a las 19.00 horas, indicando que los requisitos
serán los precisados en el artículo 248º del Código
Civil, habiéndose fijado como únicas tarifas a pagar
la suma de S/.33.37 Nuevos Soles por concepto de
pliego matrimonial y la suma de S/.20.00 por derecho
administrativo.
Que, siendo política de la actual gestión edil
promover esa unión familiar, ha considerado oportuno
y necesario brindar facilidades a los vecinos del
distrito que deseen formalizar su situación conyugal,
al amparo con lo preceptuado por los artículos 233º y
234º del Código Civil y la Ley de Municipalidades Nº
27972.
Por los fundamentos expuestos y en atribución de los
artículos 84º y 20º, Inciso 6) y 16) de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;

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