DECRETO SUPREMO N° 052-2011-EF - Autorizan Crédito Suplementario a favor del pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011

Fecha de publicación07 Abril 2011
Fecha de disposición07 Abril 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 7 de abril de 2011
440486
nacional y de ejecución prioritaria el ordenamiento
de la minería aurífera en el departamento de Madre
de Dios, estableciéndose como una de las acciones
para la implementación del ordenamiento minero, la
prohibición del uso de dragas y artefactos similares
de diverso tipo que operan en los ríos, disponiéndose
además que el incumplimiento de dicha prohibición
dará lugar a que la Dirección General de Capitanías
y Guardacostas del Perú - DICAPI disponga el
decomiso inmediato de las dragas y otros equipos
similares, o parte de éstas para que las conviertan en
inoperativas;
Que, en el presente año se ha emitido el Decreto de
Urgencia N° 007-2011, cuyo artículo 1° faculta a DICAPI
para que, en adición a las competencias otorgadas
por el Decreto de Urgencia N° 012-2010, proceda a
la destrucción y demolición de las dragas y artefactos
similares que vengan efectuando labores extractivas
auríferas sin las debidas autorizaciones, en el lugar
donde sean intervenidas, sea en los mismos cauces
y riberas de los ríos navegables y lagunas donde se
encuentren ubicados dentro del Departamento de
Madre de Dios;
Que, a través del Of‌i cio Nº 404-2011-MINDEF/DM,
el pliego Ministerio de Defensa ha solicitado recursos
adicionales para atender, entre otros, el f‌i nanciamiento
de las acciones que realice la Dirección General de
Capitanías y Guardacostas del Perú – DICAPI para la
destrucción y demolición de dragas y artefactos similares
en el departamento de Madre de Dios, en el marco de lo
dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 007-2011, por
la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA
Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 2 968 180,00);
Que, los recursos vinculados al requerimiento
efectuado por el pliego Ministerio de Defensa no han sido
autorizados por la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2011, en el
presupuesto institucional de dicho pliego, por lo que, se
atenderán con cargo a la Reserva de Contingencia del
Ministerio de Economía y Finanzas, resultando necesario
autorizar una Transferencia de Partidas por la suma de
DOS MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO
MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
2 968 180,00);
De conformidad con lo establecido por el artículo 45°
de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
hasta por la suma de DOS MILLONES NOVECIENTOS
SESENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 2 968 180,00), para ser destinados
a f‌i nanciar la destrucción y demolición de dragas y
artefactos similares en el departamento de Madre de
Dios, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia
N° 007-2011.
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y
Reserva de Contingencia
PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia
ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector Público
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 2 968 180,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 2 968 180,00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa
UNIDAD EJECUTORA 004 : Marina de Guerra del Perú
FUNCIÓN 05 : Orden Público y Seguridad
PROGRAMA FUNCIONAL 014 : Orden Interno
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0026 : DefensaNacional
ACTIVIDAD 001839 : Operaciones Navales
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 2 968 180,00
-------------------
TOTAL EGRESOS 2 968 180,00
===========
Artículo 2°.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1° de la presente norma, a nivel funcional programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23°
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General del Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades
de Metas y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que
hace referencia el artículo 1° del presente dispositivo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días
del mes de abril del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
625143-2
Autorizan Crédito Suplementario a
favor del pliego Autoridad Portuaria
Nacional en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2011
DECRETO SUPREMO
N° 052-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 29626 - Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2011, se aprueba,

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