03 139-2005-EF - Autorizan Crédito Suplementario a favor de la PCM

Fecha de publicación15 Octubre 2005
Fecha de disposición15 Octubre 2005
Pág. 302316
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 15 de octubre de 2005
EFA : Electrónica
- Para Coronel FAP (03) Tres
- Para Comandante FAP (06) Seis
EFA : Sistema de Armamento
- Para Comandante FAP (04) Cuatro
- Para Capitán FAP (02) Dos
EFA : Finanzas
- Para Coronel FAP (02) Dos
- Para Comandante FAP (01) Uno
- Para Mayor FAP (03) Tres
- Para Capitán FAP (02) Dos
- Para Teniente FAP (02) Dos
EFA : Personal
- Para Coronel FAP (02) Dos
- Para Comandante FAP (04) Cuatro
- Para Mayor FAP (02) Dos
- Para Capitán FAP (02) Dos
- Para Teniente FAP (10) Diez
EFA : Abastecimiento
- Para Coronel FAP (01) Uno
- Para Comandante FAP (01) Uno
- Para Mayor FAP (08) Ocho
- Para Capitán FAP (06) Seis
- Para Teniente FAP (05) Cinco
c.- DE SERVICIOS
EFA : Meteorología
- Para Comandante FAP (01) Uno
EFA : Electrónica
- Para Capitán FAP (01) Uno
EFA : Mecánica y Electromecánica
- Para Comandante FAP (01) Uno
EFA : Instalaciones
- Para Comandante FAP (01) Uno
- Para Mayor FAP (02) Dos
EFA : Medicina
- Para Coronel FAP (03) Tres
- Para Comandante FAP (03) Tres
- Para Mayor FAP (04) Cuatro
EFA : Odontología
- Para Coronel FAP (01) Uno
- Para Comandante FAP (02) Dos
- Para Mayor FAP (03) Tres
- Para Capitán FAP (03) Tres
EFA : Química y Farmacia
- Para Capitán FAP (01) Uno
EFA : Jurídico
- Para Coronel FAP (03) Tres
- Para Comandante FAP (02) Dos
- Para Mayor FAP (04) Cuatro
d.- Para Obtener la Efectividad en el Grado
EFA : Aeronáutica
- Para Capitán FAP (01) Uno
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARCIANO RENGIFO RUIZ
Ministro de Defensa
17600
ECONOMÍA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario a
favor de la PCM
DECRETO SUPREMO
Nº 139-2005-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28476 - Ley del Fondo Especial de
Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en
Perjuicio del Estado - FEDADOI, en su artículo 1º indica
que el FEDADOI está adscrito al Pliego Presidencia del
Consejo de Ministros y es el encargado de recibir y
disponer del dinero proveniente de actividades ilícitas en
agravio del Estado, vinculadas con los supuestos de las
Leyes números 27378 y 27379; dinero incautado por las
autoridades competentes; el mismo que se encuentra
sujeto al régimen especial establecido en la indicada Ley;
Que, la Sexta Disposición Complementaria y Final de
la Ley Nº 28426, Ley de Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,
dispone que la incorporación de mayores recursos que
provengan, entre otros, del Fondo Especial de
Administración del Dinero Obtenido Ilícitamente en
perjuicio del Estado - FEDADOI, se realizará en la Fuente
de Financiamiento Recursos Ordinarios, mediante
Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Economía
y Finanzas a propuesta de la Presidencia del Consejo de
Ministros o de la Dirección Nacional del Presupuesto
Público, respectivamente;
Que, mediante Informe Nº 028-2005-PCM/FEDADOI-
ST, el Secretario Técnico del FEDADOI ha solicitado la
incorporación de mayores ingresos provenientes del
Fondo Especial de Administración del Dinero Obtenido
Ilícitamente en perjuicio del Estado - FEDADOI en el
Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, por el monto
de CUARENTA Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
DIECISÉIS MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 44 816 728,00);
Que, en consecuencia, es necesario autorizar la
incorporación, vía crédito suplementario, de los mayores
recursos obtenidos por el citado Fondo, los que serán
destinados para lo dispuesto en el literal b, de la Cláusula
Segunda del Acuerdo entre el Gobierno Peruano y el
Gobierno de los Estados Unidos de América sobre Activos
Decomisados; y,
De conformidad con lo establecido por la Sexta
Disposición Complementaria y Final de la Ley Nº 28426,
Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2005;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Incorpórese, vía Crédito Suplementario, en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005,
la suma de CUARENTA Y CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS
VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 44 816
728,00) de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS
(En Nuevos Soles)
FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 00 RECURSOS ORDINARIOS
1.0.0 INGRESOS CORRIENTES 44 816 728.00
1.8.0 OTROS INGRESOS CORRIENTES 44 816 728.00
1.8.1 INGRESOS DIVERSOS 44 816 728.00
1.8.1.023 Dinero Obtenido Ilícitamente
en Perjuicio del Estado 44 816 728.00
--------------------
TOTAL DE INGRESOS 44 816 728.00
==========
EGRESOS
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 001 : Presidente del Consejo de Ministros
UNIDAD EJECUTORA 003 : Secretaría General - PCM
FUNCIÓN 03 : Administración y Planeamiento
PROGRAMA 002 : Justicia
SUBPROGRAMA 0006 : Administración General
ACTIVIDAD 02145 : Transferencias al Fondo Especial de
Administración del Dinero Obtenido
Ilícitamente en Perjuicio del Estado -
FEDADOI

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