ORDENANZA N° 246/ML - Autorizan celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2012

Fecha de disposición23 Agosto 2012
Fecha de publicación23 Agosto 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 23 de agosto de 2012
473228
procedimiento para enervar la pena de cadena perpetua y
la revisión de las formas cómo se realiza el procedimiento
de rehabilitación de los reos en nuestro país.
SS
ETO CRUZ
830763-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LURIN
Autorizan celebración del Primer
Matrimonio Civil Comunitario 2012
ORDENANZA MUNICIPAL
N° 246 /ML
Lurín, 18 de julio de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURÍN
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Lurín, visto en
Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 566-2012-GSC/
ML de la Gerencia de Servicios Comunales, referente al
Proyecto de Ordenanza Municipal sobre la celebración del
Primer Matrimonio Civil Comunitario 2012.
CONSIDERANDO.-
Que, es función específ‌i ca de los Gobiernos Locales
en materia de población y participación vecinal fomentar su
bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar
la prestación de los servicios públicos esenciales, como es
el caso del Registro Civil.
Que, las Municipalidades dentro de su política de
tratamiento social con su comunidad brinda facilidades a
sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante
la celebración del matrimonio comunitario y con ello
coadyuvar con el fortalecimiento de la Unidad Familiar
como célula básica de la sociedad.
Que, dentro de ese contexto, la Gerencia de Servicios
Comunales, mediante el Informe Nº 566-2012-GSC/ML
de fecha 13 de junio de 2012, propone la realización del
“Primer Matrimonio Civil Comunitario 2012”, y;
Estando de conformidad con las facultades conferidas
por el inciso 8) del artículo de la Ley Nº 27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó
por VOTO UNÁNIME, con dispensa de lectura y aprobación
del acta, la siguiente:
ORDENANZA
PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2012
Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del
“PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2012”, el
mismo que se realizará el sábado 27 de octubre de 2012
en la Plaza de Armas de Lurín.
Artículo Segundo.- ESTABLECER que los
contribuyentes que se presenten al Primer Matrimonio Civil
Comunitario, no abonen pago por Apertura de Expediente
Matrimonial, el pago por el derecho a Matrimonio
Comunitario se encuentra establecido en el TUPA por el
monto de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles).
Artículo Tercero.- Los contrayentes, que participen
en el Matrimonio Civil deberán presentar los siguientes
documentos:
- Solicitud dirigida al Alcalde.
- Partida de Nacimiento Original (de ambos) actualizado
válido tres (03) meses.
- Certif‌i cado de Soltería y/o Constancia Negativa de
Matrimonio Civil (RENIEC).
- Certif‌i cado Médico Pre Nupcial y Constancia de
Consejería Preventiva del ETS, VIH-SIDA, expedida por el
área de Salud del distrito.
- Copia ampliada y fedateada del DNI de los contrayentes
y de los testigos.
- Cuatro (04) formatos de Declaración Jurada de
Domicilio (Ley Nº 28882).
- Copia de recibo de agua o luz (contrayentes y
testigos).
- Dos (02) testigos, no familiares, mayores de edad que
conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) años.
- Derecho de Matrimonio S/. 50.00
- Los viudos, divorciados, menores de edad, militares
y extranjeros que deseen participar en este PRIMER
MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2012, deberán
cumplir con presentar la documentación adicional, según
sea el caso.
* El plazo límite para presentar el expediente matrimonial
será hasta el día miércoles 24 de octubre de 2012.
Artículo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes
participantes en el presente Matrimonio Civil Comunitario
de la publicación de sus Edictos Matrimoniales, sin perjuicio
de que la Municipalidad proceda a efectuar la difusión y
publicación que corresponda.
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la
presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Servicios
Comunales, Equipo Funcional de Registro Civil y Servicio
de Cementerio, y Secretaria General de esta Municipalidad,
quienes deberán realizar las acciones necesarias para
cumplir con los f‌i nes encargados.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JORGE MARTICORENA CUBA
Alcalde
830866-1
Designan funcionario responsable de la
elaboración y actualización del portal
de transparencia de la Municipalidad
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
Nº 117-2012-ALC/ML
Lurín, 24 de julio de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURÍN
VISTO:
El Informe Nº 324-2012/GPPR/ML de la Gerencia de
Planif‌i cación, Presupuesto y Racionalización, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-
PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley
de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
y en cumplimiento de dicha disposición se aprobó el
Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a
la Información Pública, mediante Decreto Supremo Nº
072-2003-PCM.
Que, de acuerdo a los artículos 3º, inciso c) y 4º del
citado reglamento disponen que es obligación de la máxima
autoridad de la entidad, designar mediante resolución al
funcionario responsable de la elaboración y actualización
del Portal de Transparencia. Dicha resolución debe ser
publicada en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, y una copia de
la misma colocada en un lugar visible en cada una de las
sedes administrativas municipales, y;
Que, mediante informe de vistos y conforme a lo
establecido en el Artículo 45º, numeral 2 del Reglamento
de Organización y Funciones – ROF vigente de nuestra
entidad, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº
221/ML, la Sub Gerencia de Informática tiene como
función elaborar la Página Web Institucional y mantenerla
actualizada, por lo que se sugiere la designación del
Sr. JUAN CARLOS CERVANTES AGUIRRE, actual
Sub Gerente de Informática, mediante Resolución de
Alcaldía Nº 169-2009-ALC/ML, como responsable de la
elaboración y actualización del Portal de Transparencia
de la Municipalidad de Lurín, y;
Que, de conformidad con las atribuciones conferidas
mediante Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de
Municipalidades.

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