RESOLUCION, Nº 273-2015-SUNARP/SN, ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS - Autorizan la apertura de la Oficina Receptora de Manantay, ubicada en el distrito del mismo nombre, provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali, bajo la jurisdicción de la Zona Registral Nº VI - Sede Pucallpa

Fecha de disposición23 Octubre 2015
Fecha de publicación24 Octubre 2015

Lima, 23 de octubre de 2015

VISTOS, los Oficios N° 260-2015/ZRN°VI-SP-JEF y N° 312-2015/ZRN°VI-SP-JEF, de la Jefe (e) de la Zona Registral N° VI – Sede Pucallpa, los Informes N° 356-2015-SUNARP/OGPP; N° 175-2015-SUNARP/OGA; N° 321-2015-SUNARP/OGTI y N° 1157-2015-SUNARP/OGAJ; de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto; Administración; Tecnologías de la Información y Asesoría Jurídica, respectivamente;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 26366, se creó la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, organismo autónomo del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar políticas y normas técnico - administrativas de los Registros Públicos;

Que, parte de las políticas de gestión de la Sunarp, es procurar la descentralización, inclusión social y modernización de la Gestión Pública, de forma tal que los servicios registrales que brinda puedan alcanzar a un mayor número de ciudadanos de manera eficaz y oportuna;

Que, mediante Oficios de Visto, la Zona Registral N° VI-Sede Pucallpa, Órgano Desconcentrado de la Sunarp solicita autorización para la apertura de la Oficina Receptora ubicada en el distrito de Manantay, provincia de Coronel Portillo y departamento de Ucayali, remitiendo para tal efecto, los sustentos contenidos en el respectivo Expediente Técnico-Económico;

Que, conforme a lo dispuesto en la Directiva N° 002-2008-SUNARP-GPD/SN “Procedimiento de autorización para la creación, supresión o traslado de las Oficinas Receptoras de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos”, aprobada por Resolución N° 139-2008-SUNARP/SN, el Expediente Técnico debe contener los estudios preliminares, el análisis de la demanda, costos y...

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