Autorizan viaje del Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE a Chile para participar en evento de Autoridades Responsables de Políticas y Gestión Penitenciaria de América y Europa

Fecha de publicación02 Diciembre 2003
Fecha de disposición02 Diciembre 2003
Pág. 256313
NORMAS LEGALES
Lima, martes 2 de diciembre de 2003
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MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
COMUNICADO Nº 032-2003-EF/76.01
A LOS GOBIERNOS LOCALES
La Dirección Nacional del Presupuesto Público, en razón de las numerosas consultas que se han recibido de
los Gobiernos Locales en el marco del Proceso Presupuestario 2004, ha estimado conveniente efectuar las
siguientes precisiones respecto a la Programación y Formulación Presupuestaria de los Gobiernos Locales
correspondiente al Año Fiscal 2004 y particularmente en lo referido al Fondo de Compensación Municipal -
FONCOMUN.
Según lo informado a las Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales mediante el anexo adjun-
to al Oficio Circular Nº 007-2003-EF/76.15.2, a través del cual se les comunicó los montos a considerar para la
formulación de los Proyectos de Presupuesto Institucionales para el Año Fiscal 2004, de acuerdo a lo dispues-
to en el artículo 26º de la Directiva Nº 010-2003-EF/76.01, aprobada por Resolución Directoral Nº 020-2003-
EF/76.01, en el caso del Fondo de Compensación Municipal se muestra por separado la asignación que por
dicho concepto corresponde a la provincia para acciones de ámbito provincial y la asignación que corresponde
a las municipalidades distritales, incluido el municipio del distrito capital, a fin de establecer con claridad las
asignaciones presupuestarias referenciales para la ejecución de las acciones (gasto corriente y gasto de
capital) que se van a considerar en los Planes de Desarrollo Provincial y Distrital.
En tal sentido, los recursos consignados a las Municipalidades Provinciales por concepto de Fondo de Com-
pensación Municipal, debe ser utilizado en forma concertada con todos los distritos que conforman la provin-
cia, de manera tal que sea la Municipalidad Provincial quien ejecute las acciones consideradas en los Planes
de Desarrollo Provincial que sean consistentes con el Proceso de Programación Participativa en el cual las
Municipalidades Provinciales y Distritales concertan sus planes de desarrollo.
Considerando lo señalado en el párrafo precedente, las Municipalidades Provinciales determinarán en forma
concertada y participativa los usos de la asignación provincial comunicada en el anexo adjunto al Oficio Circu-
lar Nº 007-2003-EF/76.15.2, por la Fuente de Financiamiento : 07 Fondo de Compensación Municipal, pudien-
do orientar dichos recursos a gastos corrientes, gastos de capital o servicio de la deuda, según corresponda
y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 47º de la Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralización.
Lima, 26 de noviembre del 2003
DIRECCIÓN NACIONAL DEL PRESUPUESTO PÚBLICO
tuándose a los Institutos y Escuelas de Educación Supe-
rior, en aquellas plazas directivas presupuestadas, vacan-
tes y que están actualmente cubiertas por encargatura;
facultándose al Ministerio de Educación para dictar las nor-
mas y las disposiciones que resulten necesarias para el
cumplimiento de lo dispuesto en el precitado Decreto;
Que para la implementación del mencionado Concurso
Público, resulta necesario contar con un listado de las co-
rrespondientes plazas vacantes presupuestadas, para fa-
cilitar un correcto proceso de adjudicación dentro del mar-
co de las normas legales previstas para tal efecto;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 25762,
modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos
Nº 51-95-ED y Nº 002-96-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer que las Direcciones Regionales
de Educación y las Direcciones de las Unidades de Ges-
tión Educativa Local, según corresponda, formulen su lis-
tado de plazas vacantes de Directores y Subdirectores de
las Instituciones Educativas Públicas, exceptuándose a los
Institutos y Escuelas de Educación Superior, debiendo con-
signarse en dicho listado la siguiente información:
a) Plaza vacante de Director y Subdirector (nombre de
la Institución Educativa Pública, lugar, Dirección Regional
de Educación y Unidad de Gestión Educativa Local).
b) Documento que acredite el Presupuesto Analítico de
Personal y el Código Presupuestario de cada plaza.
c) Resolución de Encargatura y nombre completo de la
persona encargada de la Dirección de la Institución Edu-
cativa.
Artículo 2º.- El listado a que se refiere el artículo pre-
cedente será elevado, en versión impresa y electrónica,
vía la Dirección Regional de Educación correspondiente,
dentro del plazo de quince (15) días a partir de la fecha
de vigencia de esta Resolución, a la Unidad de Personal
del Ministerio de Educación. La versión impresa deberá
ser suscrita por el Jefe de la Unidad Ejecutora correspon-
diente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS MALPICA FAUSTOR
Ministro de Educación
22446
JUSTICIA
Autorizan viaje del Presidente del
Consejo Nacional Penitenciario del
INPE a Chile para participar en evento
de Autoridades Responsables de Políti-
cas y Gestión Penitenciaria de América
y Europa
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 467-2003-JUS
Lima, 1 de diciembre de 2003
22423

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