AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL RESOLUCION Nº 203-2013-SERVIR/PE - Formalizan fechas para realizar la evaluaciOn de operadores censados del Sistema Nacional de InversiOn PUblica RESOLUCION Nº 203-2013-SERVIR/PE

EmisorOrganismos Tecnicos Especializados
Fecha de la disposición11 de Diciembre de 2013
El Peruano
Miércoles 11 de diciembre de 2013 508995
en el Mercado N° 31: Acceso a la Red Pública de Servicios
Móviles – Terminación;
Que, en el mismo sentido, en el presente procedimiento
tampoco se considera pertinente la determinación de
Proveedores Importantes en Mercado N° 32: Acceso a la Red
Pública de Servicios Móviles – Acceso a Plataforma de Pago;
Que, en tal sentido, en concordancia con los criterios
señalados en el Informe Sustentatorio del Documento
Marco, en el presente procedimiento resulta pertinente la
Determinación de Proveedores Importantes en el Mercado
N° 30: Acceso a la Red Pública de Servicios Móviles
– Originación y en el Mercado N° 33: Acceso Mayorista
al Servicio de Comunicaciones desde Terminales Móviles
(excluyendo al mercado mayorista asociado a la provisión
del servicio de internet móvil a nivel nal);
Que, de acuerdo a lo expuesto, y en mérito al Informe
Sustentatorio de VISTOS, se han determinado los
mercados relevantes en los Mercados N° 30 y N° 33,
identicándose a los Proveedores Importantes en dichos
mercados; por lo que debe emitirse la correspondiente
resolución, precisando también las obligaciones que son
atribuibles a dichos Proveedores Importantes, conforme a
la normativa aplicable;
Que, de acuerdo con la política de transparencia con
que actúa el OSIPTEL, y en cumplimiento de la Etapa VI
prevista en la Metodología y Procedimiento aprobada por la
Resolución N° 023-2009-CD/OSIPTEL, corresponde que
el Proyecto de Determinación de Proveedores Importantes
referido en la sección de VISTOS, sea publicado y
noticado a las empresas involucradas, conjuntamente
con su Exposición de Motivos y su Informe Sustentatorio,
señalando el plazo para que dichas empresas y otros
interesados puedan presentar comentarios al respecto;
En aplicación de las atribuciones establecidas en
el inciso b) del Artículo 75° del Reglamento General
del OSIPTEL, y estando a lo acordado por el Consejo
Directivo en su Sesión N° 520;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer que se publique para
comentarios el Proyecto de Resolución mediante la cual
se determinan los mercados relevantes, se identican
a los Proveedores Importantes de Servicios Públicos
de Telecomunicaciones y se precisan las obligaciones
atribuibles a éstos, en los Mercados N° 30: Acceso a la Red
Pública de Servicios Móviles - Originación y N° 33: Acceso
Mayorista al Servicio de Comunicaciones (excluyendo al
mercado mayorista asociado a la provisión del servicio de
internet móvil a nivel nal) desde Terminales Móviles.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General
que disponga las acciones necesarias para que la presente
resolución sea publicada en el Diario Ocial El Peruano.
Asimismo, se encarga a dicha Gerencia General que
disponga las acciones necesarias para que la presente
resolución, con el Proyecto referido en el Artículo Primero,
su Exposición de Motivos y el Informe Sustentatorio Nº 846-
GPRC/2013, sean noticados a las empresas concesionarias
Telefónica Móviles S.A., América Móvil Perú S.A.C. y Nextel
del Perú S.A., y se publiquen en el Portal Electrónico del
OSIPTEL (http://www.osiptel.gob.pe).
Artículo Tercero.- Las empresas Telefónica Móviles
S.A., América Móvil Perú S.A.C. y Nextel del Perú S.A.,
así como los otros interesados, podrán presentar sus
comentarios respecto del Proyecto publicado, dentro de
un plazo de treinta (30) días calendario, contados desde
el día siguiente de la fecha en que la presente resolución
sea publicada en el Diario Ocial El Peruano.
Los comentarios serán presentados por escrito en la
ocina principal del OSIPTEL (Calle De la Prosa N° 136, San
Borja, Lima). En el caso de remisión de comentarios vía fax
al número: (511) 475-1816, o mediante correo electrónico
a la dirección: sid@osiptel.gob.pe, se deberá obtener una
constancia de acuse de recibo emitida por el OSIPTEL.
Los comentarios y/u observaciones que se presenten
fuera del plazo denido en el presente artículo, o sin los
requisitos señalados, podrán ser omitidos para efectos de
la emisión de la resolución nal.
Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Políticas
Regulatorias y Competencia del OSIPTEL el acopio,
procesamiento y sistematización de los comentarios que
sean formulados por las empresas involucradas en el
presente procedimiento y otros interesados, así como la
presentación a la Alta Dirección de sus correspondientes
recomendaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GONZALO MARTÍN RUIZ DIAZ
Presidente del Consejo Directivo
1025381-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
AUTORIDAD NACIONAL
DEL SERVICIO CIVIL
Formalizan fechas para realizar la
evaluación de operadores censados del
Sistema Nacional de Inversión Pública
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA
Nº 203-2013-SERVIR/PE
Lima, 6 de diciembre de 2013
VISTO, el Informe Nº 051-2013-SERVIR/GDCRSC de
la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento
del Servicio Civil;
CONSIDERANDO:
Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 130-
2013-SERVIR/PE se aprobó la Directiva Nº 001-2013-
SERVIR/GDCRSC “Directiva que regula el desarrollo del
Diagnóstico de conocimientos de las personas al servicio del
Estado del Sistema Nacional de Inversión Pública-SNIP”;
Que, mediante documento de visto, la Gerencia de
Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio
Civil, órgano encargado de la gestión de los subsistemas
de desarrollo de capacidades y evaluación del desempeño
en el marco de la gestión del rendimiento, señala que
habiendo concluido el censo, propone los días 18 y 19
de diciembre de 2013 como fechas para la realización del
diagnóstico de conocimientos a los operadores censados
del Sistema Nacional de Inversión Pública;
Que, para las fechas propuestas, la referida gerencia ha
efectuado una distribución de operadores censados según
nivel de gobierno considerando la capacidad del sistema
informático para realizar la evaluación de manera simultánea;
Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia
de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio
Civil y de la Ocina de Asesoría Jurídica;
De conformidad al Decreto Legislativo Nº 1023 y en
uso de las facultades establecidas en el Reglamento de
Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del
Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
062-2008-PCM y modicatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Formalizar las fechas para realizar la
evaluación de los operadores censados del Sistema
Nacional de Inversión Pública, programándose para el 18
de diciembre de 2013 a los operadores de los niveles del
gobierno nacional y regional; y para el 19 de diciembre, a
los operadores del gobierno local.
Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el diario ocial El Peruano y en el Portal
Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN
Presidente Ejecutivo
1026301-1

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