Asignan diversas funciones al SETAME

Fecha de disposición23 Octubre 1999
Fecha de publicación23 Octubre 1999
Pág. 179614
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 23 de octubre de 1999
CODIGO INFRACCION
DIRECCION MUNICIPAL DE
COMERCIALIZACION Y
DEFENSA AL CONSUMIDOR
3-019 Por ejercer la comercialización de artículos pirotéc-
nicos no detonantes en zonas urbanas del Cercado
de Lima, excepto la Zona de Industria Liviana.
SANCION EN PROPORCION A LA U.I.T. VIGENTE
Pequeño Mediano Distribuidor Otra Sanción
Comerciante Comerciante o Mayorista
1 2 5 Decomiso de la
Mercadería y denuncia
correspondiente.
Artículo Quinto.- En caso de reincidencia en la comi-
sión de las infracciones contenidas en la presente Ordenan-
za, se aplicará lo dispuesto en el Artículo 11º de la Ordenan-
za Nº 061 MML y sus modificatorias.
Artículo Sexto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
POR TANTO:
Mando, se registre, publique y cumpla.
En Lima, a los catorce días del mes de octubre de mil
novecientos noventa y nueve.
GERMAN APARICIO LEMBCKE
Teniente Alcalde de Lima
Encargado de la Alcaldía
13380
Asignan diversas funciones al
SETAME
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 050
Lima, 16 de junio de 1999
EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Artículo 5º del Reglamento de Licen-
cias de Conducir de vehículos motorizados y no motoriza-
dos, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, del 13
de junio de 18994, se establece que las licencias de conducir
de vehículos menores, motorizados y no motorizados serán
otorgadas por las Municipalidades Provinciales;
Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante
la Ordenanza Nº 082-A del 26 de mayo de 1995, establece el
Reglamento para otorgar Licencias de Conducir para Vehí-
culos Menores, no motorizados de tres o más ruedas y
motorizados de dos o más ruedas que no excedan de 250 c.c.
de cilindrada, para la circulación en la provincia de Lima;
Que, en el Artículo 110º del Edicto Nº 021/MML, "Regla-
mento de Organización y Funciones de la Municipalidad
Metropolitana de Lima", se establecen funciones vincula-
das con la regulación del uso de vehículos menores, corres-
pondiendo ejercerlas a la Dirección Municipal de Transpor-
te Urbano, conforme a lo dispuesto por el Edicto Nº 234/
MML del 5 de junio de 1998;
Que, el Decreto de Alcaldía Nº 108/MML del 30 de
diciembre de 1998 crea el Proyecto Especial Servicio de Taxi
Metropolitano - SETAME, con el objeto de desarrollar
trabajos de carácter prioritario vinculados con el transporte
público;
Que, mediante la Ordenanza Nº 217/MML del 25 de
mayo de 1999, la Municipalidad Metropolitana de Lima
reconoce al transporte público en vehículos menores como
complementario al servicio de transporte masivo de pasaje-
ros en la provincia de Lima;
Que, el proyecto especial SETAME durante su funciona-
miento ha desarrollado y acumulado positivas experiencias
en la gestión de promover la formalización de los agentes
que actúan en el tránsito y en el transporte de pasajeros;
Que, al amparo de lo dispuesto en el Artículo 5º del
Acuerdo de Concejo Nº 005, del 22 de enero de 1999, se
delega al Alcalde Metropolitano de Lima, la adopción de
medidas de urgencia que se requieran para lograr el mejo-
ramiento del transporte, el tránsito y la vialidad, dando
cuenta al Concejo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Asignar las funciones que a continuación
se detallan al Proyecto Especial Servicio de Taxi - SETAME
de la Municipalidad Metropolitana de Lima:
a) Otorgar, revalidar, suspender o cancelar las Licen-
cias de Conducir para los conductores de vehículos meno-
res, no motorizados de tres o más ruedas y motorizados de
dos o más ruedas que no excedan de 250 c.c. de cilindrada,
para circular en la provincia de Lima.
b) Dictar normas y disposiciones de carácter técnico
administrativo que regulen las actividades del servicio
público de transporte en vehículos menores, así como los
requisitos y condiciones que cumplirán las personas involu-
cradas.
c) Brindar asesoramiento a las municipalidades distri-
tales de acuerdo a la Ordenanza, que apruebe el Reglamen-
to del Servicio de Transporte en Vehículos Menores a fin de
que se optimicen los recursos y lograr el reordenamiento de
la misma.
d) Elaborar programas de capacitación para el servicio
público de transporte en vehículos menores.
Artículo 2º.- Dejar en suspenso las funciones asigna-
das a la Dirección Municipal de Transporte Urbano vincu-
ladas con el otorgamiento de Licencias de Conducir, autori-
zaciones y otros a vehículos menores.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y dése cuenta al
Concejo.
ALBERTO ANDRADE CARMONA
Alcalde de Lima
13381
Derogan Decreto que aprobó normas
sobre vigencia, renovación y solicitud
de autorizaciones de funcionamiento
en el Cercado de Lima
DECRETO DE ALCALDIA
Nº 087
Lima, 8 de setiembre de 1999
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 135-94-MML, se
aprobaron las Normas sobre la Vigencia, Renovación y
Solicitud de Autorizaciones Municipales de Funcionamiento
en el Cercado de Lima;
Que, el citado Decreto estableció el procedimiento de
otorgamiento de nuevas autorizaciones municipales de
funcionamiento y renovación de las mismas, disponiendo la
obligatoriedad de la renovación anual previo pago de los
derechos correspondientes; exigiéndose la renovación de
autorizaciones de funcionamiento expedidas al 31 de di-
ciembre de 1993, las que quedan sin efecto;
Que, el Artículo 71º del Decreto Legislativo Nº 776,
establece que las Licencias de Funcionamiento tendrán
una vigencia no menor de un año, contado desde la fecha de
su otorgamiento, asimismo, en su Artículo 74º señala que la
Renovación de las Licencias es automática, en tanto no
haya cambio de uso o zonificación, por lo que debe adecuarse
a la normatividad vigente;
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 23853; con las visacio-
nes de la Dirección Municipal de Comercialización y
Defensa al Consumidor y la Oficina General de Asuntos
Jurídicos;

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