Aprueban asignación presupuestaria correspondiente al tercer trimestre de 1998

Fecha de disposición10 Junio 1998
Fecha de publicación10 Junio 1998
Pág. 160601
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 10 de junio de 1998
Aprueban asignación presupuestaria
correspondiente al tercer trimestre de
1998
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 026-98-EF/76.01
Lima, 9 de junio de 1998
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 31º de la Ley Nº 26703 de Gestión
Presupuestaria del Estado, señala que la programación
presupuestaria de gastos se realiza en función a la
estimación de ingresos trimestral y dentro de lo seña-
lado en el Programa Económico del Gobierno para el
ejercicio fiscal 1998;
Que, asimismo el citado artículo dispone que el
Ministerio de Economía y Finanzas a través de la
Dirección Nacional de Presupuesto Público, comunica a
los Pliegos Presupuestarios la asignación trimestral, a
fin de que efectúen la correspondiente programación
mensual de los compromisos a realizar durante el res-
pectivo trimestre;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 33º de
la Ley Nº 26703 de Gestión Presupuestaria del Estado, la
asignación presupuestaria trimestral tiene como objetivo
servir de instrumento eficaz para la programación del
gasto así como asegurar los recursos necesarios para el
cumplimiento de las metas programadas por los Pliegos
Presupuestarios; y,
De conformidad a lo dispuesto en los Artículos 31º y 33º
de la Ley Nº 26703 de Gestión Presupuestaria del Estado
y los Artículos 14º, 15º, 16º y 17º de la Directiva Nº 001-98-
EF/76.01 aprobada por la Resolución Directoral Nº 043-
97-EF/76.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la Asignación Trimestral co-
rrespondiente al Tercer Trimestre de 1998 por la suma de
CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y UN MILLONES
NOVECIENTOS CUARENTIDOS MIL TRESCIENTOS
CUARENTIOCHO y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.
4,191'942,348) por la fuente de Recursos Ordinarios, con-
forme al detalle siguiente:
SECCIONES RECURSOS ORDINARIOS
(En nuevos soles)
PRIMERA: Gobierno Central 2 563 308 000
Gastos Corrientes 2 297 716 278
Gastos de Capital 265 591 722
SEGUNDA: Instancias Descentralizadas 1 628 634 348
Gastos Corrientes 1 358 077 409
Gastos de Capital 270 556 939
TOTAL GENERAL (*) 4 191 942 348
(*) Excluye el Servicio de la Deuda y Suscripción de Acciones
Artículo 2º.- En armonía con lo dispuesto por el
artículo precedente y de acuerdo con el segundo párrafo
del Artículo 31º de la Ley Nº 26703, y el Artículo 15º de la
Directiva Nº 001-98-EF//6.0, la Dirección Nacional del
Presupuesto Público, a partir del 10 de junio del presente
año, comunicará a cada Pliego Presupuestario su respec-
tiva Asignación Trimestral correspondiente al período
julio-setiembre de 1998.
Artículo 3º.- La(s) Oficina(s) de Presupuesto y Planifi-
cación o la(s) que haga(n) sus veces distribuirán entre las
Unidades Ejecutoras los montos comunicados por la Di-
rección Nacional del Presupuesto Público, cautelando el
cumplimiento de las metas contempladas en las activida-
des y proyectos.
Artículo 4º.- Los Pliegos Presupuestarios remitirán a
la Dirección Nacional del Presupuesto Público, la Progra-
mación Trimestral de Gastos sujetándose al nivel máximo
de la Asignación Presupuestal comunicada, antes de los
diez (10) días precedentes al inicio del Tercer Trimestre
de 1998.
La Programación de Gastos de la fuentes de financia-
miento distintas a la de Recursos Ordinarios, se sujetarán
a las estimaciones de ingresos realizadas por los Pliegos
Presupuestarios y serán remitidas conjuntamente con la
información que señala el párrafo precedente.
Regístrese y comuníquese.
REYNALDO BRINGAS DELGADO
Director General
Dirección Nacional del
Presupuesto Público
6302
MITINCI
Declaran como de Interés Turístico Na-
cional a la zona denominada Península
de Capachica, ubicada en la provincia
de Puno
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 062-98-ITINCI/DM
Lima, 3 de junio de 1998
Visto el Informe Nº 020-98-MITINCI/VMTINCI/DNT/
DDFT-SDIST.
CONSIDERANDO:
Que, a través del Artículo 1º de la Ley General de
Turismo Nº 24027 de fecha 13 de diciembre de 1984, se
declaró de interés público y de necesidad nacional la
promoción y el desarrollo de la actividad turística;
Que, conforme dispone el Artículo 30º del Reglamento
de la acotada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 039-
85-ICTI/TUR, del 29 de mayo de 1985, corresponde al
Sector Turismo del Ministerio de Industria, Turismo,
Integración y Negociaciones Comerciales Internaciona-
les, delimitar y establecer las zonas turísticas a nivel
nacional, atendiendo a su potencial de recursos, planta
turística y a sus perspectivas de mercado;
Que, en el ámbito geográfico de la PENINSULA DE
CAPACHICA, ubicado en el distrito de Capachica, provin-
cia y departamento de Puno, se localizan determinadas
áreas y zonas topográficas e histórico-monumentales, que
por su propia naturaleza geográfica, constituyen impor-
tantes atractivos turísticos, paisajísticos y de recursos
naturales, en cuyos entornos ecológicos se encuentran
una gran variedad de flora y fauna como parte de su
riqueza biológica, que es conveniente preservar por su
contribución al desarrollo socio-económico del país;
Que, el atractivo paisajístico y la gran riqueza de flora
y fauna que poseen permitirá el desarrollo del turismo
ecológico;
Que, la declaración como Zona de INTERES TURISTI-
CO NACIONAL de las áreas sobre las cuales se extienden
los citados recursos, posibilitará crear condiciones nece-
sarias para que el turismo represente un factor preponde-
rante en el desarrollo socio-económico de la zona;
Que, siendo el medio ambiente y los recursos natura-
les patrimonio común de la nación, su protección y conser-
vación son de interés nacional, debiéndose cautelar su
conservación y racional destino turístico, por lo que es
conveniente proceder a declarar Zona de INTERES TU-
RISTICO NACIONAL a la zona denominada PENINSU-
LA DE CAPACHICA, ubicada en el distrito de Capachica,
provincia y departamento de Puno;
Que, corresponde al Sector Turismo la preservación,
conservación y mantenimiento de los recursos turísticos
debidamente evaluados;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declárese Zona de "INTERES TURISTI-
CO NACIONAL" a la zona denominada PENINSULA DE
CAPACHICA, ubicada en el distrito de Capachica, pro-
vincia y departamento de Puno, cuyos límites son los
siguientes:
NORTE: Con el distrito de Coata, lugar Cerro Cruz
Chupa y Cerros Uquisilla y Wiracochani, donde se ubica
la demarcación que baja a la carretera Puno-Capachica en

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