Dictan disposiciones sobre reserva y señalización de asientos preferenciales cercanos a puertas de acceso de vehículos de transporte público

Fecha de publicación23 Junio 2004
Fecha de disposición23 Junio 2004
Pág. 271207
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 23 de junio de 2004
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE MARISCAL NIETO
Dictan disposiciones sobre reserva y
señalización de asientos preferenciales
cercanos a puertas de acceso de vehícu-
los de transporte público
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 013-2004-MUNIMOQ
Moquegua, 14 de junio de 2004
EL ALCALDE PROVINCIAL
DE "MARISCAL NIETO"
VISTO, en "Sesión Ordinaria" del 11-6-204, el Dicta-
men Nº 002-2004-COTSV-MPMN de Registro Nº 07519-
2004 de fecha 9-6-2004, sobre Reserva de asientos en
los vehículos del Servicio Público de Transporte Urbano
e Interurbano de Pasajeros;
CONSIDERANDO:
Que, al amparo del Artículo 194º de la Constitución
Política del Perú modificada por Ley Nº 27680, se con-
sagra el concepto de Autonomía Municipal y garantía ins-
titucional sobre la base de la cual las Municipalidades
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia;
que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar,
modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto
los Acuerdos;
Que, según la Ley Nº 27050 se considera persona
discapacitada, aquella que tiene una o más deficiencias
con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus
funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen
la disminución o ausencia de la capacidad de realizar
actividades dentro de formas o márgenes considerados
normales, limitándola en el desempeño de un rol, fun-
ción o ejercicio de actividades y oportunidades para par-
ticipar equitativamente dentro de la sociedad;
Que, en cumplimiento de la "Ley General de la Per-
sona con Discapacidad", el CONADIS ha coordinado con
la Municipalidad Provincial de "Mariscal Nieto", a fin de
que los vehículos de Transporte Público reserven y se-
ñalen asientos preferenciales cercanos a la puerta de
acceso, para el uso de personas con discapacidad;
Que, conforme establece el Artículo 124º del "Regla-
mento Nacional de Administración de Transportes", el
transportista autorizado que presta el Servicio de Trans-
porte Provincial Regular de Personas, está obligado a
reservar y señalizar asientos para uso preferente de las
personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres
gestantes y madres con bebés en brazos;
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de "Mariscal Nieto", en uso de
las facultades concedidas por el Artículo 194º de la Cons-
titución Política del Perú promulgada el 29-12-93 y modi-
ficada por Ley Nº 27680 del 6-3-2002, al amparo de la
Ley Orgánica Nº 27972 de fecha 26-5-2003, Ley Nº 8230
del 3-4-36 y Ley Nº 27050 de fecha 31-12-98, ha apro-
bado en "Sesión Ordinaria" del 11-6-2004, la siguiente:
ORDENANZA
1º.- El Transportista autorizado deberá reservar y se-
ñalizar dos asientos preferenciales cercanos a la puerta
de acceso, para el uso de personas con discapacidad,
adultos mayores, mujeres gestantes y madres con be-
bés en brazos, de todas las unidades vehiculares que
presten servicio de transporte público masivo de pasaje-
ros, dicho asiento estará sólidamente fijado a la estruc-
tura y no podrá ser removible ni plegable, con una di-
mensión de asiento mínimo de 40 cm. y una distinta útil
mínima a los asientos de 65 cm.
2º.- El Transportista autorizado, en los asientos a que se
refiere el Artículo Primero de la presente Ordenanza, debe-
rá colocar stickers o pintar un letrero de 40 cm. x 40 cm.
como mínimo, con pintura de color visible y con símbolos
que representen a las personas a que se refiere dicho artí-
culo.
3º.- Ante la eventualidad que los asientos reservados y
señalizados estuvieran ocupados por personas distintas a
los que se refiere el Artículo Primero de la presente Orde-
nanza, el conductor y cobrador deberán cortésmente solici-
tar se desocupe dicho asiento, para ser ocupado por las per-
sonas discapacitadas, adulto mayor, mujeres gestantes y
madres con bebés en brazos, que abordan el vehículo.
4º.- Será sancionado con la infracción contemplada en
el "Reglamento Nacional de Administración de Transportes",
el transportista autorizado cuyas unidades vehiculares no
tengan reservado y señalizado los asientos para discapaci-
tados o que no faciliten a dichas personas el uso preferen-
cial de los asientos.
5º.- Encargar a la "Gerencia de Desarrollo Urbano Am-
biental", para que a través de la Subgerencia de Transportes
y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de "Mariscal
Nieto", haga cumplir la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS
Alcalde de Moquegua
11816
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE SAN MARTÍN
Declaran en situación de urgencia el ser-
vicio de recolección, transporte, dispo-
sición final de residuos sólidos y barri-
do de calles de la ciudad de Tarapoto
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 258-2004-MPSM
Tarapoto, 4 de junio del 2004
VISTO:
En Sesión de Concejo de fecha 4 de junio del 2004,
el Informe Nº 210-GGA-MPSM-2004, de fecha 2 de junio
del 2004, emitido por la Gerencia de Gestión Ambiental
e Informe Nº 105-2004-OAJ/MPSM de fecha 3 de junio
del 2004, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, so-
licitando DECLARAR EN SITUACIÓN DE URGENCIA
EL SERVICIO DE RECOLECCIÓN, TRANSPORTE, DIS-
POSICIÓN FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS Y BA-
RRIDO DE CALLES DE LA CIUDAD DE TARAPOTO;
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, según lo establecido en los artículos
194º y 195º de la Constitución Política, modificado por la
Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680 y en
concordancia con el artículo II de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972;
Que, el artículo 80º, numeral 3 de la Ley Nº 27972,
de las funciones específicas exclusivas de las
Municipalidades Provinciales, proveer del servicio de lim-
pieza pública determinando las áreas de acumulación
de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento
industrial de desperdicios;

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