ORDENANZA Nº 021-2009-CR/GOB.REG.TACNA - Disponen la creación del Centro Integral de Asesoramiento, Formalización y Desarrollo Empresarial en la Región Tacna (CIAFOD)

Fecha de publicación10 Julio 2009
Fecha de disposición10 Julio 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 10 de julio de 2009
398898
informe detallado describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos durante el viaje.
Artículo 5º.- Disponer que la Of‌i cina Central de
Logística publique la presente resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano de conformidad a lo establecido por el
artículo 3º de la Ley Nº 27619, con cargo a los recursos
directamente recaudados de la Administración Central.
Regístrese, comuníquese y archívese.
AURELIO PADILLA RÍOS
Rector
369813-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE TACNA
Disponen la creación del Centro Integral
de Asesoramiento, Formalización y
Desarrollo Empresarial en la Región
Tacna (CIAFOD)
ORDENANZA REGIONAL
N° 021-2009-CR/GOB.REG.TACNA
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO
REGIONAL DE TACNA
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Tacna,
con fecha veintidós de junio del año dos mil nueve,
en sesión Ordinaria, aprobó la siguiente Ordenanza
Regional;
CONSIDERANDO:
Estado, señala que: “Los Gobiernos Regionales tienen
autonomía política, y administrativa en los asuntos de su
competencia”;
Que, el artículo 4 de la Ley 27867 - Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales establece: “Los Gobiernos
Regionales tienen por f‌i nalidad esencial fomentar el
desarrollo regional integral sostenible, promoviendo la
inversión pública y privada y el empleo (…) de acuerdo
con los planes y programas nacionales, regionales y
locales de desarrollo”;
Que, el artículo 48 de la Ley 27867 – Ley Orgánica
de Gobiernos Regionales, señala como funciones de los
Gobiernos Regionales en materia de trabajo, promoción
del empleo y la pequeña y microempresa: “a) Formular,
aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar las
políticas en materia de trabajo, promoción del empleo y
fomento de la pequeña y micro empresa, con la política
general del gobierno y los planes sectoriales; c) Formular
y ejecutar los planes de promoción de la pequeña y
micro empresa, y apoyo a las iniciativas empresariales
que incidan en la mejora de la calidad del empleo de
estas unidades económicas; g) Promover e incentivar el
desarrollo y formalización de pequeñas y microempresas
con criterios de f‌l exibilidad y simplif‌i cación, la instalación
de empresas en la Región y la iniciativa privada en
actividades y servicios regionales”;
Que, el artículo 11 del Decreto Supremo Nº 007-2008-
TR Texto Único Ordenado de la Ley de Promoción de la
Competitividad, Formalización y Desarrollo de la Micro y
Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo Decente – Ley
MYPE, señala: “Los instrumentos de promoción para
el desarrollo y la competitividad de las MYPE y de los
nuevos emprendimientos con capacidad innovadora son:
a) Los mecanismos de acceso a los servicios de desarrollo
empresarial y aquellos que promueven el desarrollo de
los mercados de servicios. b) Los mecanismos de acceso
a los servicios f‌i nancieros y aquellos que promueven el
desarrollo de dichos servicios. c) Los mecanismos que
faciliten y promueven el acceso a los mercados, y a la
información y estadísticas referidas a la MYPE. d) Los
mecanismos que faciliten y promueven la inversión en
investigación, desarrollo e innovación tecnológica, así
como la creación de la MYPE innovadora”;
Que, es necesario facilitar el acceso a la información,
impulsen la creación y desarrollo de empresas mediante
los instrumentos de fomento productivo, fuentes de
f‌i nanciamiento, de formalización, de organización,
articulación, nuevos emprendimientos, desarrollo
empresarial, articulación comercial y otros aspectos
que promuevan, fortalezcan y dinamicen la economía
regional;
Que, el Informe Nº 930-2008-ORAJ/G.R.TACNA
de la Of‌i cina Regional de Asesoría Jurídica, el Of‌i cio
Nº 2723-2008-SGPI/GRDE/GOB.REG.TACNA de la
Gerencia Regional de Desarrollo Económico y el Informe
Nº 385-2009-SGPLAT-GRPPAT/GOB.REG.TACNA de
la Gerencia Regional de Planeamiento Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial, todos los documentos
mencionados señalan que resulta viable la aprobación de
la propuesta normativa;
Que, mediante el Dictamen Nº 001-2009-CR-
CODE emitido por la Comisión Ordinaria de Desarrollo
Económico, se aprueba la propuesta normativa;
Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a
sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas,
debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36 y
37 literal a) y 38 de la Ley 27867 - Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del
Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria
del 28 de mayo y en Sesión Ordinaria del 22 de
junio del presente año, se debatieron y se realizaron
reconsideraciones a la iniciativa normativa original,
por lo que modif‌i cándose la misma, se aprobó el texto
sustitutorio, aprobándose la siguiente;
ORDENANZA REGIONAL:
Artículo Primero.- DISPONER LA CREACION
DEL CENTRO INTEGRAL DE ASESORAMIENTO,
FORMALIZACION Y DESARROLLO EMPRESARIAL EN
LA REGION TACNA (CIAFOD).
Artículo Segundo.- DISPONER que la Gerencia
General Regional y la Gerencia Regional de Desarrollo
Económico y demás entes regionales implementen la
presente Ordenanza Regional.
Artículo Tercero.- DISPONER que las Direcciones
Regionales Sectoriales designen a un funcionario, para
que integre el CIAFOD.
Artículo Cuarto.- DISPONER que el COREMYPE
integre el CIAFOD, a f‌i n de que promueva principios de
buena gobernabilidad y estándares adecuados de calidad
empresarial.
Artículo Quinto.- PUBLICAR y DIFUNDIR la presente
Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial El Peruano y en
el portal electrónico de la Institución, en cumplimiento
de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Tacna, para su promulgación.
En la ciudad de Tacna, al día veintidós de junio del año
dos mil nueve.
ROBERT JULIO PERALTA REYNOSO
Consejero Delegado
Consejo Regional de Tacna
POR TANTO:
Mando se registre, notif‌i que, difunda y cumpla.
Dado en la sede del Gobierno Regional de Tacna, al
día veinticinco de junio del año dos mil nueve.
HUGO ORDOÑEZ SALAZAR
Presidente del Gobierno Regional de Tacna
370455-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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