ORDENANZA Nº 030-2011 - Amplían vigencia de la Ordenanza N° 015-2011, que aprueba el Régimen Excepcional para el reconocimiento de Asentamientos Humanos en las Posesiones Informales del Proyecto Especial Ciudad Pachacútec

Fecha de disposición25 Noviembre 2011
Fecha de publicación25 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 25 de noviembre de 2011 453881
recta de 210.00 ml. Por el Sur Lado I-F, está conformada
por una línea recta de 225.00ml. Por el Este Lado H-I, está
conformado por una línea recta de 192.50ml. Por el Oeste
Lado F-G, está conformado por una línea recta de 101.00
ml.; y que no presenta antecedentes administrativos o
registrales;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, indica además
que el terreno matriz cuenta con dos tipos de zonif‌i cación, la
Zonif‌i cación Residencial de Densidad Media (RDM) y Zona de
Recreación Pública (ZRP) aprobada por Ordenanza N° 1076-
MML, publicada el 08.10.2007 – Ordenanza que Aprueba
Reajuste Integral de la Zonif‌i cación de los Usos del Suelo
de los Distritos de Barranco y Surquillo y de Sectores de los
Distritos de Chorrillos y Santiago de Surco que son Parte de
Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa que se
aprecia que el predio matriz se encuentra delimitado como
espacio territorial inserto en la trama urbana del distrito,
en un área urbana consolidada, se indica además que el
predio objeto de evaluación cuenta con servicios públicos
domiciliarios de agua, desagüe, energía eléctrica, gas y
comunicaciones conectados a los predios existentes, en
cuanto a los servicios públicos complementarios el terreno
a habilitar cuenta con un Área de Recreación Pública, un
parque, dentro de la Urbanización Banco de Semillas
Forestales, siendo el uso predominante de Vivienda y se
enmarca en la tipología de predio matriz con edif‌i caciones
y servicios públicos domiciliarios y complementarios y da
como resultado luego de la habilitación, la inscripción de 183
lotes de vivienda, no comprendiéndose a la denominada Mz.
H con 15 lotes, por lo que se formaliza la propuesta para
habilitar de of‌i cio el indicado terreno matriz, no encontrándose
sujeta a los aportes de Habilitación Urbana, de acuerdo a lo
dispuesto en el Artículo 24° de la Ley N° 29090;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, agrega
que, la declaración de Habilitación Urbana de Of‌i cio,
es un procedimiento excepcional que faculta a las
Municipalidades a declarar de Of‌i cio la Habilitación
Urbana de predios, que previamente la Corporación
ha identif‌i cado dentro de sus zonas urbanas y que se
encuentren inscritos en los Registros Públicos como
rústicos, correspondiendo en el caso materia de autos
aprobarse la propuesta presentada por la Gerencia de
Desarrollo Urbano, correspondiendo se apruebe la misma
vía Resolución de Alcaldía de la Habilitación Urbana de
Of‌i cio de dicho terreno en concordancia con lo dispuesto
en el numeral 6) del Artículo 20° y Artículo 43°de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972;
Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye
emitiendo opinión legal, señalando que la propuesta
de habilitación urbana de of‌i cio e independización del
terreno con un área de 29,158.82 m2 del predio de mayor
extensión de dominio de la Asociación de Vivienda Banco
de Semillas Forestales del Ministerio de Agricultura,
inscrito en el Código de Predio N° P03194570 del Registro
Predial Urbano, de conformidad con el Plano N° 08-2011-
SGPUC-MSS y aprobar para su inscripción en el Código
de Predio N° P03194570 del Registro Predial Urbano, el
Plano N° 09-2011-SGPUC-MSS, que contempla el Área
Remanente con una medida superf‌i cial de 1,141.18
m2, declarándose la Habilitación Urbana de Of‌i cio de la
Urbanización Banco de Semillas Forestales, con un área
total de 29,158.82 m2, de acuerdo a los PP-10-2011-
SGPUC-MSS y PTL 11-2011-SGPUC-MSS;
Estando al Memorándum Nº 927-2011-GDU-MSS de
la Gerencia de Desarrollo Urbano, al Informe Nº 584-2011-
SGPUC-GDU-MSS de la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro, al Informe Nº 946-2011-GAJ-MSS
de la Gerencia de Asesoría Jurídica y al amparo de los
dispositivos legales precedentes y en uso de la facultades
conferidas por los Artículos 20º numeral 6 y 43º de la Ley
Nº 27972;
RESUELVE:
Artículo Primero.- INDEPENDIZAR el área de
29,158.82 m2 del predio de mayor extensión de dominio
de la Asociación de Vivienda Banco de Semillas Forestales
del Ministerio de Agricultura, inscrito en el Código de
Predio Nº P03194570 del Registro Predial Urbano, de
conformidad con el Plano Nº 08-2011-SGPUC-MSS.
Artículo Segundo.- APROBAR para su inscripción en el
Código de Predio Nº P03194570 del Registro Predial Urbano,
el Plano Nº 09-2011-SGPUC-MSS, que contempla el Área
Remanente con una medida superf‌i cial de 1,141.18 m2.
Artículo Tercero.- DECLARAR la Habilitación Urbana
de Of‌i cio de la Urbanización Banco de Semillas Forestales,
con un área total de 29,158.82 m2, de acuerdo a los PP-
10-2011-SGPUC-MSS y PTL 11-2011-SGPUC-MSS, que
se aprueban en la presente Resolución, formando parte
integrante de la misma.
Artículo Cuarto.- APROBAR el siguiente Cuadro
General de Distribución de Áreas de la Urbanización
Banco de Semillas Forestales, según el siguiente detalle:
CUADRO DE GENERAL DE DISTRIBUCIÓN DE ÁREAS
URBANIZACIÓN BANCO DE SEMILLAS FORESTALES
USO ÁREA (M2) % PARCIAL %
GENERAL
ÄREA ÚTIL 22,650.10 77.68
•ÁREA DE VIVIENDA 21,346.80 73.27
•ÁREA DE EQUIP. URBANO
RECREACIÓN PÚBLICA
PARQUE
1,285.30 4.41
ÁREA DE CIRCULACIÓN 6,508.72 22.32
ÁREA TOTAL 29,158.82 100.00
Artículo Quinto.- APROBAR como área de
Recreación Pública (Parque) el Lote 1 de la Manzana E’
de la Urbanización Banco de Semillas Forestales.
Artículo Sexto.- DISPÓNGASE la Inscripción Registral
a uso urbano de los lotes que conforman la habilitación
urbana de of‌i cio que se aprueba de acuerdo a los Planos
PP-10-2011-SGPUC-MSS y PTL 11-2011-SGPUC-MSS,
que forman parte de la presente resolución, acto que se
formalizara mediante la gestión individual del propietario
ante el Registro de Predios de la IX Zona Registral-Sede
Lima, para cuyo efecto la Subgerencia de Planeamiento
Urbano y Catastro de la Gerencia de Desarrollo Urbano
expedirá los planos aprobados con la presente resolución.
precisando que los referidos planos serán publicados en
la web institucional de la Municipalidad de Santiago de
Surco: www.munisurco.gob.pe.
El Área de Circulación deberán inscribirse como
tales, dicha inscripción será efectuada por la Gerencia de
Administración y Finanzas.
Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación de la presente Resolución, en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Cúmplase
ROBERTO GOMEZ BACA
Alcalde
720278-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DEL CALLAO
Amplían vigencia de la Ordenanza Nº
015-2011, que aprueba el Régimen
Excepcional para el Reconocimiento
de Asentamientos Humanos en las
Posesiones Informales del Proyecto
Especial Ciudad Pachacútec
CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 030-2011
Callao, 17 de noviembre de 2011

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