Asegurar el derecho a la alimentación: Más allá de las leyes y las declaraciones

AutorLaureano del Castillo
CargoAbogado. Director ejecutivo del Centro Peruano de Estudios Sociales (Cepes)
Páginas12-13
12 LA REVISTA AGRARIA / 178
EDICIÓN ESPECIAL
Derechos Humanos reconoce a toda
persona el derecho a un nivel de vida
adecuado «que le asegure, así como
a su familia, la salud y el bienestar, y
en especial la alimentación». De los
instrumentos internacionales que se
han ocupado de este tema, el de mayor
trascendencia es el Pacto Internacional
Culturales (Pidesc), que impone una
serie de obligaciones a los Estados.
Precisamente, en su artículo 11
reconoce el derecho de «toda persona
a un nivel de vida adecuado para sí
y su familia, incluso alimentación,
vestido y vivienda adecuados, y a una
mejora continua de las condiciones de
existencia». De igual manera, agrega,
como obligación de los Estados,
el tomar medidas apropiadas para
asegurar la efectividad de este derecho.
Internacionalmente, es un
derecho indispensable y de
justicia social
En 1996, la primera Cumbre Mundial
sobre la Alimentación encargó al Alto
Comisionado de las Naciones Unidas
para los Derechos Humanos denir
de manera más precisa los derechos
relacionados con la alimentación,
mencionados en el Pidesc.
Esta iniciativa concluyó con la
aprobación de la Observación General
N.o 12, «El derecho a una alimentación
adecuada». Según este documento, el
derecho a la alimentación adecuada
«es indispensable para el disfrute de
otros derechos humanos consagrados
en la Carta Internacional de Derechos
Humanos. Es también inseparable
de la justicia social, pues requiere la
adopción de políticas económicas,
ambientales y sociales adecuadas, en
los planos nacional e internacional,
orientadas a la erradicación de la
pobreza y al disfrute de todos los
derechos humanos por todos».
La Observación General N.o 15
también se rerió al derecho humano
al agua, al armar que «el agua es
necesaria para producir alimentos (el
derecho a una alimentación adecuada)
y para asegurar la higiene ambiental
(el derecho a la salud). El agua es
fundamental para procurarse medios
de subsistencia (el derecho a ganarse
la vida mediante un trabajo) y para
disfrutar de determinadas prácticas
culturales (el derecho a participar en
la vida cultural)». De manera más
precisa, el documento señaló «la
importancia de garantizar un acceso
sostenible a los recursos hídricos con
nes agrícolas para el ejercicio del
derecho a una alimentación adecuada».
Hace pocos años, en 2004, la FAO
aprobó las Directrices voluntarias en
apoyo de la realización progresiva
del derecho a una alimentación
adecuada en el contexto de la
seguridad alimentaria, más conocidas
como las Directrices del derecho
a la alimentación. El objetivo del
documento es proporcionar orientación
práctica a los Estados en sus esfuerzos
por lograr la realización progresiva
del derecho a una alimentación
adecuada. Recientemente, en 2012, la
FAO aprobó las llamadas Directrices
voluntarias sobre la gobernanza
responsable de la tenencia de la tierra,
la pesca y los bosques en el contexto
de la seguridad alimentaria nacional,
que fueron raticadas por el Comité de
Seguridad Alimentaria Mundial.
Los instrumentos internacionales
mencionados, y otros más, fueron
suscritos por nuestro país. Algunos de
ellos son vinculantes y otros no, pero
todos establecen obligaciones que el
Estado debe respetar.
Nuestra normativa interna
En el Perú no hay una ley que se
ocupe directamente del derecho a
la alimentación y de la seguridad
alimentaria. En 2014, el Pleno del
Congreso de la República aprobó
la Ley de Seguridad Alimentaria y
Nutricional, pero esta no se promulgó2,
debido a lo cual se está tramitando un
nuevo proyecto de ley sobre el tema.
Por otro lado, también existe la Ley
de Inocuidad de los Alimentos (Decreto
Legislativo 1062, de junio de 2008),
cuyo objetivo es garantizar la higiene
de los alimentos destinados al consumo
humano, a n de proteger la vida y la
salud de las personas, a lo largo de toda
la cadena alimentaria. El Código de
En el Perú no hay una ley que se ocupe directamente de este derecho.
Asegurar el derecho a la alimentación:
Más allá de las leyes y las declaraciones
Laureano del Castillo1
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... El Estado peruano
tiene una serie de
obligaciones para
garantizar el derecho
a la alimentación
adecuada a todos los
peruanos. Entre ellas,
se requiere asegurar
a los productores
agropecuarios, en
especial a los pequeños,
el acceso y uso de los
principales recursos
para su producción...

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