DECRETO SUPREMO N° 002-2010-DE/SG - Modifican el Reglamento de la Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas aprobado por D.S. N° 011-2008-DE

Fecha de publicación12 Enero 2010
Fecha de disposición12 Enero 2010
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, martes 12 de enero de 2010
410999
Año XXVII - Nº 10857
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
ECONÓMICA Y
SOCIAL DEL PERÚ
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
D.S. N° 004-2010-PCM.- Decreto Supremo que aprueba
el “Plan Nacional de Desarrollo de Capacidades para
la Gestión Pública y Buen Gobierno de los Gobiernos
Regionales y Locales” 411001
R.S. N° 008-2010-PCM.- Autorizan viaje de la Ministra de
Economía y Finanzas a EE.UU. y encargan su Cartera al
Ministro de Educación 411016
R.S. N° 009-2010-PCM.- Aceptan renuncia de miembro
del Consejo Directivo del CEPLAN en representación de
los Gobiernos Regionales 411016
AGRICULTURA
R.J. Nº 0001-2010-INIA.- Designan funcionario responsable
de brindar información en el marco de Ley N° 27806, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública 411017
DEFENSA
D.S. N° 002-2010-DE/SG.- Modif‌i can el Reglamento de
la Ley de Ascensos de Of‌i ciales de las Fuerzas Armadas
aprobado por D.S. N° 011-2008-DE 411017
ECONOMIA Y FINANZAS
R.S. N° 006-2010-EF.- Autorizan viaje de Viceministro de
Hacienda a EE.UU., en comisión de servicio 411018
R.S. N° 007-2010-EF.- Ratif‌i can diversos acuerdos
adoptados por el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN
411019
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 003-2010-MEM/DM.- Delegan en el Secretario
General del Ministerio la facultad de aprobar los
calendarios de compromisos institucionales y
sus ampliaciones, y de formalizar las Notas para
Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional
Programático 411020
R.M. Nº 005-2010-MEM/DM.- Aprueban modif‌i cación de
autorización para desarrollar la actividad de generación de
energía eléctrica en la Central Térmica de Independencia
de la que es titular la Empresa de Generación Eléctrica de
Arequipa S.A. 411021
R.M. Nº 012-2010-MEM/DM.- Designan Asesor II de la
Alta Dirección del Ministerio 411022
Fe de Erratas R.M. Nº 562-2009-MEM/DM 411022
JUSTICIA
R.S. N° 007-2010-JUS.- Conceden la gracia de
conmutación de la pena a internos sentenciados de
diversos Establecimientos Penitenciarios de la República
411022
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
R.M. Nº 014-2010-MIMDES.- Aprueban el “Plan Operativo
Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social”
411024
PRODUCE
R.M. Nº 003-2010-PRODUCE.- Designan Director
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica del
Ministerio 411024
R.D. Nº 1007-2009-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban
cambio de titularidad de permiso de pesca a favor de la
Empresa Pesquera Puerto Rico S.A.C. 411025
R.D. Nº 1008-2009-PRODUCE/DGEPP.- Declaran
inadmisible solicitud presentada por Pesquera Rosario
S.A. relacionada a la ampliación de permiso de pesca
411026
RR.DD. Nºs. 1009, 1010 y 1011-2009-PRODUCE/
DGEPP.- Declaran improcedentes cambios de titulares
de permisos de pesca 411027
R.D. Nº 1012-2009-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan a
Austral Group S.A.A. autorización de incremento de f‌l ota
411029
R.D. Nº 1013-2009-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban
cambio de titularidad de permiso de pesca a favor de
Austral Group S.A.A. 411030
R.D. Nº 1016-2009-PRODUCE/DGEPP.- Rectif‌i can plazo
de permiso de pesca otorgado mediante R.D. N° 899-
2009-PRODUCE/DGEPP 411032
SALUD
R.M. Nº 015-2010/MINSA.- Disponen publicación de
contratos derivados del procedimiento excepcional
regulados en la Ley N° 29405, Ley que dicta
medidas para reconstruir la infraestructura pública
del Sector Salud dañada por los sismos ocurridos el 15
de agosto de 2007 y autoriza a las entidades del sector
público la ejecución de procedimiento excepcional de
contrataciones. 411032
Sumario
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 12 de enero de 2010
411000
R.M. Nº 016-2010/MINSA.- Dan por concluida designación
de Director del Hospital de Huaycán de la Dirección de
Salud IV Lima Este 411033
R.M. Nº 017-2010/MINSA.- Designan Director de la
Dirección de Atención Integral y Calidad en Salud de
la Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas de la
Dirección de Salud IV Lima Este 411034
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
RR.VMs.. Nºs. 656, 658, 671, 672 y 675-2009-MTC/03.-
Otorgan autorización a personas naturales para prestar
servicios de radiodifusión comercial y educativa en
diversas localidades del país 411034
R.VM. Nº 674-2009-MTC/03.- Otorgan autorización a
la asociación Ministerio La Luz para prestar servicio de
radiodifusión sonora educativa en Onda Media en la
localidad de Ica - Pisco - Chincha 411043
VIVIENDA
R.M. Nº 001-2010-VIVIENDA.- Delegan diversas
facultades en el Secretario General y en el Director
General de la Of‌i cina General de Administración del
Ministerio 411044
R.M. Nº 008-2010-VIVIENDA.- Designan representante
del Ministerio ante las comisiones a que se ref‌i eren
los DD.SS. N°s. 080-2008-PCM y 007-2008-MIMDES
411046
R.J. Nº 006-2010-ANA.- Establecen disposiciones para
implementar la prórroga de la Reserva de Agua a favor del
Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno
Regional de Moquegua 411047
ORGANISMOS EJECUTORES
AGENCIA DE PROMOCION DE
LA INVERSION PRIVADA
Res. Nº 001-2010.- Aceptan renuncia de Jefe de la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica de PROINVERSION 411048
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. Nº 004-2010/SUNAT.- Dejan sin efecto y designan
Superintendente Nacional Adjunto de Tributos Internos de
la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
411048
Res. Nº 005-2010/SUNAT.- Designan a trabajadoras
en diversos cargos de la Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria 411049
ORGANISMOS REGULADORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE
SERVICIOS DE SANEAMIENTO
Res. Nº 001-2010-SUNASS-GRT.- Admiten a trámite
solicitud presentada por SEDAPAL S.A. para la
determinación de la Fórmula Tarifaria, Estructuras
Tarifarias y Metas de Gestión para el próximo quinquenio
regulatorio, así como de determinación de Precios de
Servicios Colaterales 411049
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 404-2009-CE-PJ.- Convierten diversos órganos
jurisdiccionales en lo Contencioso Administrativo Transitorios
de la Corte Superior de Justicia de Lima 411050
Res. Adm. Nº 420-2009-CE-PJ.- Prorrogan el funcionamiento
de órganos jurisdiccionales de diversos Distritos Judiciales
411052
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
RR. Adms. Nºs. 29 y 30-2010-P-CSJLI/PJ.- Designan
magistrados en la Corte Superior de Justicia de Lima
411055
ORGANOS AUTONOMOS
CONTRALORIA GENERAL
Res. Nº 012-2010-CG.- Delegan diversas facultades
en el Gerente General de la Contraloría General de la
República 411056
MINISTERIO PUBLICO
Res. Nº 040-2010-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento
de f‌i scal del Distrito Judicial de Tumbes 411057
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
R.D. Nº 001-2010/GOBIERNO REGIONAL PIURA-420030-
DR.- Otorgan autorizaciones a Maple Etanol S.R.L. para
desarrollar actividades de generación de energía eléctrica
411057
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Acuerdo Nº 001-2010-C/MC.- Declaran en situación
de emergencia diversas zonas del distrito afectadas por
huaycos y otros 411059
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Ordenanza Nº 00043/MDSA.- Aprueban modif‌i cación del
TUPA de la Municipalidad 411060
Ordenanza Nº 00048/MDSA.- Modif‌i can la Ordenanza N° 012-
2008/MDSA que aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de
Deudas Tributarias y No Tributarias 411060
SEPARATA ESPECIAL
ECONOMIA Y FINANZAS
DD.SS. Nºs. 002 y 003-2010-EF.- Aprueban los
procedimientos para el cumplimiento de metas y la
asignación de los recursos del Programa de Modernización
Municipal y aprueban los procedimientos para el
cumplimiento de metas y la asignación de los recursos
del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal
410873
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 12 de enero de 2010 411001
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba el “Plan
Nacional de Desarrollo de Capacidades
para la Gestión Pública y Buen
Gobierno de los Gobiernos Regionales
y Locales”
DECRETO SUPREMO
Nº 004-2010-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, conforme a los artículos 43°, 188° y 189° de
la Constitución Política del Perú la descentralización es
una política pública permanente del Estado Peruano,
de carácter obligatorio, que se realiza por etapas, en
forma progresiva y ordenada, conforme a criterios que
permitan una adecuada transferencia de atribuciones y
recursos desde el Gobierno Nacional hacia los Gobiernos
Regionales y Locales, así como desde los Gobiernos
Regionales hacia los Gobiernos Locales;
Que, la descentralización política, económica y
administrativa para propiciar el desarrollo integral,
armónico y sostenido del Perú, constituye la Octava
Política de Estado del Acuerdo Nacional;
Que, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de
la Gestión del Estado, señala en el literal c) de su artículo
5°, que el proceso de modernización de la gestión del
Estado se sustenta en la descentralización, a través del
fortalecimiento de los Gobiernos Locales y Regionales,
así como la gradual transferencia de funciones;
Que, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, establece los principios del proceso
de descentralización en el país, indicando en el literal b)
de su artículo 4°, que la descentralización es dinámica,
en tanto proceso constante y continuo, siendo necesaria
una constante sistematización, seguimiento y evaluación
de los f‌i nes y objetivos, así como de los medios e
instrumentos para su consolidación; así mismo el artículo
24, numeral 24.1, inciso b) establece que la Secretaría
de Descentralización tiene como una de sus funciones,
capacitar y preparar en gestión y gerencia pública a
nivel regional y municipal, a efectos de contribuir en el
aseguramiento de la capacidad de gestión efectiva de los
gobiernos regionales y locales;
Que, entre las medidas de impulso al proceso de
descentralización, se considera la Formulación del Plan
Nacional de Desarrollo de Capacidades;
Que, el artículo 2º del Decreto Supremo N° 027-
2007-PCM numerales 1.3. y 1.4., precisa que constituyen
Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento en
materia de Descentralización para todos y cada uno de los
Ministerios, el capacitar sectorialmente a los Gobiernos
Regionales y Locales, a f‌i n de generar y consolidar
una conveniente capacidad de gestión, así como, el
desarrollo de plataformas regionales de competitividad,
que permitan el desarrollo, crecimiento y fortalecimiento
de las economías regionales y locales.
Que, por Decreto Supremo N° 002-2008-PCM, se
creó la Comisión Multisectorial para el Desarrollo de
Capacidades en Gestión Pública de los Gobiernos
Regionales y Locales, bajo el marco de la cual se
elaboró la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo de
Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno;
Que, el numeral 8.4. del artículo 8° del Decreto
Supremo N° 047-2009-PCM, modif‌i ca el Decreto
Supremo N° 002-2008-PCM, incorporando a la Autoridad
Nacional de Servicio Civil como miembro de la Comisión
Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en
Gestión Pública, y estableciendo entre las funciones de
esta Comisión, la de concertación y aportes técnicos a
efectos de la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo
de Capacidades para la Gestión Pública y Buen
Gobierno;
Que, asimismo, el numeral mencionado en el
considerando precedente, dispone que en base a los
avances desarrollados en el marco de la Comisión
Multisectorial para el Desarrollo de Capacidades en
Gestión Pública, la Presidencia del Consejo de Ministros,
a través de su Secretaría de Descentralización, en
coordinación con la Autoridad Nacional de Servicio Civil,
actualizará la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo
de Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno
a Nivel Descentralizado, el cual se aprobará por Decreto
Supremo con el voto aprobatorio del Consejo de
Ministros;
En uso de las atribuciones conferidas por el numeral
de conformidad con las disposiciones establecidas en la
Leyes Números 27783, 27867, 27972 y 28273, y en los
Decretos Supremos Números 010-2007-PCM, 027-2007-
PCM, 002-2008-PCM, y 047-2009-PCM; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1°.- De la Aprobación del Plan Nacional
de Desarrollo de Capacidades para la Gestión Pública
y Buen Gobierno de los Gobiernos Regionales y
Locales.
Apruébese el “Plan Nacional de Desarrollo de
Capacidades para la Gestión Pública y Buen Gobierno
de los Gobiernos Regionales y Locales”, en adelante el
Plan, el mismo que, en Anexo, forma parte integrante del
presente Decreto Supremo.
Artículo 2°.- De la Articulación hacia la Política de
Desarrollo de Capacidades
Las Instituciones públicas y privadas que desarrollen
capacidades para los gobiernos regionales y/o locales
deberán articular sus proyectos y programas con los
objetivos del Plan.
Artículo 3°.- De la Sujeción a los Lineamientos de
Entes Rectores
Las actividades orientadas al fortalecimiento de
capacidades en los gobiernos regionales y locales, en
el marco de la gestión pública descentralizada, deberán
desarrollarse en el marco del Plan y sujetarse a los
lineamientos que emita la Secretaría de Descentralización,
sin perjuicio de la aplicación de los lineamientos
generales emitidos por la Autoridad Nacional de Servicio
Civil y los entes rectores de los sistemas administrativos
y funcionales, en cuanto corresponda.
Artículo 4°.- Del Seguimiento y Evaluación del
Plan
La Secretaría de Descentralización de la Presidencia
del Consejo de Ministros efectuará la sistematización,
seguimiento y evaluación de los programas y proyectos
que se ejecuten en el marco del Plan, velando por la
coherencia y pertinencia de los resultados esperados
en capacidades de gestión con los f‌i nes y objetivos
del proceso de descentralización, sin perjuicio de las
atribuciones de evaluación o supervisión que ejercen
los ministerios, gobiernos regionales u otras entidades
competentes; informando permanentemente a la Comisión
Multisectorial de dichos resultados y sometiendo en ella
las propuestas de ajustes o recomendaciones derivadas
de la evaluación.
Artículo 5°.- De las Actividades Complementarias
La Secretaría de Descentralización de la Presidencia
del Consejo de Ministros en coordinación con la Autoridad
Nacional de Servicio Civil, cuando corresponda, podrá
establecer mediante Resolución Secretarial, disposiciones

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