ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES RESOLUCION Nº 0118-2013-ANR - Aprueban la creaciOn y funcionamiento de programas acadEmicos de pre grado en la sede Lima y filiales de la AsociaciOn Universidad Privada de San Juan Bautista RESOLUCION Nº 0118-2013-ANR

Fecha de disposición18 Febrero 2013
Fecha de publicación18 Febrero 2013
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 18 de febrero de 2013
488180
Aprueban la creación y funcionamiento
de programas académicos de pre
grado en la sede Lima y filiales de la
Asociación Universidad Privada de San
Juan Bautista
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0118-2013-ANR
Lima, 25 de enero de 2013
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:
Los ocios Nº 126, 127, 128, 129 y 130-2012-R-
AUPSJB, de fecha 27 de noviembre de 2012; Nº 001, 002,
003 y 004-2013-R-AUPSJB, de fechas 10 y 17 de enero
de 2013; informe Nº 284-2012-DGDAC, de fecha 12 de
diciembre de 2012; Nº 010-2013-DGDAC, de fecha 25 de
enero de 2013; memorando Nº 0104-2013-SE, de fecha
23 de enero de 2013, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el artículo 92º de la Ley Universitaria Nº
23733, se establecen las atribuciones especícas e
indelegables de la Asamblea Nacional de Rectores,
entre otras las de coordinar proporcionando información
previa e indispensable, la creación de carreras, títulos
profesionales y de segunda especialidad acordados por
una Universidad y de las Facultades en que se hacen los
estudios respectivos, instituido en el inciso e);
Que, el Consejo Nacional para la Autorización de
Funcionamiento de Universidades (CONAFU) emitió la
Resolución Nº 224-97-CONAFU, de fecha 19 de marzo
de 1997, en la cual resuelve autorizar el funcionamiento
provisional de la Universidad Privada San Juan
Bautista, con sede en la ciudad de Lima, con las
carreras profesionales de Administración de Negocios,
Ciencias de la Comunicación, Derecho, Ingeniería
de Computación y Sistemas, Enfermería y Medicina
Humana, por Resolución Nº 252-2002-CONAFU, de
fecha 04 de octubre de 2002, declaró concluido el
proceso de adecuación de la citada casa superior
de estudios a la Ley de Promoción de la Inversión
en la Educación aprobada por Decreto Legislativo
Nº 882, solicitado por la Asociación Promotora San
Juan Bautista, adquiriendo la denominación de
Asociación Universidad Privada San Juan Bautista;
y con Resolución Nº 125-2004-CONAFU, de fecha
14 de junio de 2004, otorgó autorización definitiva
de funcionamiento a la Asociación Universidad
Privada San Juan Bautista, con sede en la ciudad
y departamento de Lima, para que brinde servicios
educativos de nivel universitario;
Que, por Resolución Nº 702-2004-ANR, de fecha 23
de diciembre de 2004, la Asamblea Nacional de Rectores
autorizó el funcionamiento de la Filial Universitaria en la
ciudad de Ica a la Asociación Universidad Privada San
Juna Bautista; y el Consejo Nacional para la Autorización
de Funcionamiento de Universidades (CONAFU)
expidió la Resolución Nº 271-2006-CONAFU, de fecha
21 de agosto de 2006, que ratica la autorización de
funcionamiento de la Filial de Ica, otorgada a la citada
casa superior de estudios por la Asamblea Nacional de
Rectores, con las carreras profesionales de: Enfermería,
Derecho, Ciencias de la Comunicación, Administración de
Negocios, y Contabilidad; y por Resolución Nº 030-2006-
CONAFU, de fecha 13 de febrero de 2006, se autoriza
el funcionamiento de la Filial Universitaria en la ciudad
de Chincha, con las carreras profesional de: Derecho,
Enfermería, y Administración de Negocios, a la invocada
universidad;
Que la Asamblea Nacional de Rectores expidió las
Resoluciones Nº 0561 y 0629-2012-ANR, de fechas 17
y 30 de mayo de 2012, por las cuales se declara que la
Asociación Universidad Privada San Juan Bautista, con
sede en la ciudad de Lima, ha cumplido con los requisitos
mínimos establecidos por los artículos 23º, 24º y los incisos
e) y f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733,
para el funcionamiento de las Escuelas Profesionales de
Ingeniería de Computación y Sistemas en las liales de
Ica y Chincha, y Estomatología adscrita a la Facultad de
Ciencias de las Salud, en la sede de Lima, y en las liales
citadas precedentemente;
Que, mediante los ocios de vistos, el Rector de la
Asociación Privada San Juan Bautista, con sede en la
ciudad de Lima, solicita a la Presidencia de la Asamblea
Nacional de Rectores el reconocimiento y ocialización
de los programas académicos de pregrado que se han
creado en la citada casa superior de estudios, así como
en sus liales universitarias de las ciudades de Ica y
Chincha;
1. Carrera Profesional de Medicina Veterinaria y
Zootecnía, de la Facultad de Ciencias de la Salud, aprobada
por Resolución Nº 195-2006-R-AUPSJB de fecha 28 de
diciembre de 2006, con sede de funcionamiento en la lial
de la ciudad de Ica.
2. Carrera Profesional de Turismo, Hotelería y Gestión
Cultural, de la Facultad de Comunicación y Ciencias
Administrativas, aprobada inicialmente por Resolución Nº
004-2004-R-AUPSJB, de fecha 19 de junio de 2004, con
la denominación de Hotelería y Turismo y Gestión Cultural,
con sede de funcionamiento la ciudad de Lima; y por
Resolución Rectoral Nº 190-2006-R-AUPSJB, de fecha
28 de diciembre de 2006, se modica la denominación de
la carrera profesional a la actual.
3. Carrera Profesional de Contabilidad, de la Facultad
de Comunicaciones y Ciencias Administrativas, aprobada
por Resolución Nº 004-2004-R-AUPSJB de fecha 19
de junio de 2004, con sede en la ciudad de Lima; y por
Resolución Rectoral Nº 328-2012-R-AUPSJB, de fecha
23 de noviembre de 2012, se aprueba su funcionamiento
en la lial de Ica.
4. Carrera Profesional de Enología, de la Facultad de
Ingenierías, aprobada por Resolución Rectoral Nº 195-
2012-R-AUPSJB de fecha 10 de agosto de 2012, con
sede de funcionamiento en la lial de la ciudad de Ica.
5. Carrera Profesional de Tecnología Médica,
con las especialidades de: Laboratorio Clínico y
Anatomía Patológica, Radiología, Terapia Física y
Rehabilitación, Terapia del Lenguaje, Optometría, y
Terapia Ocupacional, de la Facultad de Ciencias de
la Salud, aprobada por Resolución Rectoral Nº 326-
2012-R-AUPSJB de fecha 23 de noviembre de 2012,
con sede de funcionamiento en la ciudad de Lima; y por
Resolución Rectoral Nº 004-2013-R-AUPSJB de fecha
16 de enero de 2013, se apertura su funcionamiento en
las liales de Ica y Chincha.
Que, la Dirección General de Desarrollo Académico
y Capacitación emite el informe de vistos, en el cual
expresa que la documentación remitida por la Asociación
Universidad Privada San Juan Bautista, con sede en
la ciudad y departamento de Lima, ha sido elaborada
respetando las disposiciones establecidas en los artículos
23º y 92º, inciso e) de la Ley Universitaria Nº 23733, por
lo que, es de opinión favorable para que la Asamblea
Nacional de Rectores, en vía de regularización, emita el
acto resolutivo correspondiente, que declare autorizado
lo descrito en el considerando precedente, con las
recomendaciones descritas en el informe de vistos; con
excepción de la carrera profesional de Contabilidad en
la lial universitaria de la ciudad de Ica, puesto que el
Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento
de Universidades (CONAFU) emitió la Resolución Nº 271-
2006-CONAFU, que autorizó su funcionamiento en la
citada lial universitaria;
Que, mediante el memorando de vistos, la Secretaría
Ejecutiva dispone emitir una resolución por la cual se
declare que la Asociación Universidad Privada San Juan
Bautista, con sede en la ciudad y departamento de Lima,
ha cumplido con la normativa descrita en el considerando
precedente, respecto a la creación y funcionamiento de
sus programas académicos de pre grado en la sede de la

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