06 0166-2006-ED - Autorizan contratación directa de servicios artísticos y profesionales para evento de inauguración de la Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú

Fecha de publicación03 Abril 2006
Fecha de disposición03 Abril 2006
Pág. 316085
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 3 de abril de 2006
gastronómicas, así como innovando y perfilando con
éxito su calidad;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762,
modificado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo
Nº 006-2006-ED;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Instituir el Premio denominado
“MANKA”, a través del cual el Ministerio de Educación
reconoce a los cultores de la gastronomía peruana; el
mismo que se otorgará anualmente, y contará con dos
categorías:
- Premio “MANKA” a Investigadores y Promotores,
destinado a aquellas personalidades que estudian y
promueven la cultura gastronómica peruana.
- Premio “MANKA” a Maestros del Arte Culinario,
destinado a los maestros de cocina de reconocida
trayectoria que con su técnica y talento preservan y
enriquecen las tradiciones de la gastronomía peruana.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educación
06010
Autorizan contratación directa de
servicios artísticos y profesionales para
evento de inauguración de la Nueva
Sede de la Biblioteca Nacional del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0166-2006-ED
Lima, 24 de marzo de 2006
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Secretaría General
Nº 0001-2006-ED, se aprobó el Plan Anual de
Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de
Educación para el Ejercicio Presupuestal 2006,
correspondiente a las Unidades Ejecutoras 024: Sede
Central, 026: Programa de Educación Básica Para Todos,
027: Mejoramiento de la Calidad de la Educación Primaria
y 029: Programa Huascarán;
Que, mediante Memorándum Nº 190-2006-SG-OPYC-
ME, la Oficina de Prensa y Comunicaciones, manifiesta
la necesidad de contratar los servicios artísticos y
profesionales de producción general y realización del
evento de inauguración de la Nueva Sede de la Biblioteca
Nacional del Perú, para lo cual propone al señor Eduardo
San Román Orams, considerando que de acuerdo a la
experiencia, habilidad y destreza debidamente acreditada
por dicha persona, la prestación de sus servicios puede
calificarse como personalísimos, de acuerdo a lo
señalado en el inciso f) del artículo 19º del Texto Único
Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-
PCM, y el artículo 145º de su Reglamento, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;
Que, en consecuencia, es necesario incluir el proceso
de selección que se debe ejecutar para concretar la
contratación del citado servicio artístico y profesional en
el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la
Unidad Ejecutora 024: Sede Central, para el ejercicio
fiscal 2006 del Ministerio de Educación;
Que, en mérito al artículo 11º de la Ley Nº 28652 -
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2006; y el artículo 77º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, el proceso
de selección que corresponde llevar a cabo es una
Adjudicación Directa Selectiva;
Que, el artículo 27º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, estipula que
el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podrá
ser modificado de conformidad con la asignación
presupuestal o en caso de reprogramación de metas
propuestas y en el caso en que se tenga que incluir o
excluir procesos de selección. Asimismo, el artículo
mencionado indica que la aprobación y difusión de las
modificaciones se hará de la forma prevista en los
artículos 25º y 26º del Reglamento, respectivamente;
Que, el artículo 25º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que
el Plan Anual será aprobado por el Titular del Pliego o la
máxima autoridad administrativa de la Entidad y, por su
parte, el artículo 26º de dicho cuerpo normativo estipula
que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y el
documento que lo apruebe deberán ser publicados por
cada Entidad en el SEACE en un plazo no mayor de
cinco (5) días hábiles de ser aprobado;
Que, el inciso f) del artículo 19º del Texto Único Ordenado
de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,
establece que están exoneradas de los procesos de
Licitación Pública, Concurso Público, Adjudicación Directa
o Adjudicación de Menor Cuantía, según sea el caso, las
adquisiciones y contrataciones que se realicen para
servicios personalísimos, de acuerdo a lo que establezca
el Reglamento de la citada Ley;
Que, el artículo 145º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, señala que
cuando exista la necesidad de proveerse de servicios
especializados profesionales —entre otros—, procede
la exoneración por servicios personalísimos para
contratar con personas naturales o jurídicas notoriamente
especializadas, siempre que su destreza, habilidad,
experiencia particular y/o conocimientos evidenciados,
apreciados de manera objetiva por la Entidad, permitan
sustentar su adecuación para asumir la complejidad del
objeto contractual;
Que, a través del Informe Técnico Nº 002-2006-SG-
OPYC-ME, Oficina de Prensa y Comunicaciones del
Ministerio de Educación sustenta la contratación directa
de los servicios artísticos y profesionales de producción
general y realización del evento de inauguración de la
Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú al señor
Eduardo San Román Orams, al haberse configurado el
supuesto de exoneración por servicios personalísimos
al que se refiere el literal f) del artículo 19º del Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado;
Que, con relación a lo anterior, el citado Informe
concluye que se evidencia la notoria especialización
artística y profesional del señor Eduardo San Román
Orams, puesto que su experiencia, habilidad y destreza
para el diseño, puesta en escena, la producción y dirección
general y artística de eventos de reconocida calidad en el
Perú y en el extranjero, permiten sustentar de forma
razonable que está en aptitud de asumir satisfactoriamente
la complejidad de las exigencias de producción general y
realización del evento de inauguración de la Nueva Sede
de la Biblioteca Nacional del Perú;
Que, la Oficina de Asesoría Jurídica ha emitido opinión
legal a través del Informe Nº 0410-2006-ME/SG-OAJ,
conforme a lo dispuesto en el artículo 146º del
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado;
Que, de conformidad con el literal a) del artículo 20º
del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, las exoneraciones a que se
refiere el artículo 19º, entre ellas, los servicios
personalísimos, se aprobarán mediante Resolución del
Titular del Pliego de la Entidad, siendo esta facultad
indelegable;
Que, según la norma antes mencionada, una copia
de la Resolución aprobatoria con el Informe que lo
sustenta deben remitirse a la Contraloría General de la
República y al Consejo Superior de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, bajo responsabilidad del Titular
del Pliego, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes
a la fecha de su aprobación;
Que, en consecuencia resulta necesaria la emisión
de la Resolución Ministerial mediante la cual se apruebe
la exoneración del proceso de selección
correspondiente, para contratar de forma directa
mediante acciones inmediatas el citado servicio de
asesoría legal especializada, en aplicación del artículo
148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado;
Que, mediante Hoja de Coordinación Interna Nº 242-
2006-ME/SPE-UP, el Jefe de la Unidad de Presupuesto
opina favorablemente con respecto a la disponibilidad
presupuestal que se requiere para el cumplimiento de la
presente Resolución; y,

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