ACUERDO Nº 314-2008-CM-MPDAC - Declaran en situación de desabastecimiento inminente la adquisición del suministro de arroz corriente para el Programa de Complementación Alimentaria

Fecha de publicación20 Agosto 2008
Fecha de disposición20 Agosto 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 20 de agosto de 2008
378392
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DE LA PUNTA;
VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, el proyecto
de Ordenanza que aprueba el Reglamento del Directorio
Punteño, de la Municipalidad Distrital de La Punta; remitido
mediante Informe Nº 012-2008-MDLP/OCSII;
CONSIDERANDO
Estado, establece que las municipalidades promueven,
apoyan y reglamentan la participación vecinal en el
desarrollo local;
Que, en este mismo sentido se pronuncia la Ley
Orgánica de Municipalidades, Nº 27972 en el artículo
112º y 113º, agregando que el vecino puede ejercer su
derecho de participación en la Municipalidad del Distrito
entre otros, a través de las Juntas Vecinales, Comités,
Asociaciones u otros de naturaleza similar;
Que, de acuerdo al Artículo 20º del Reglamento de
Organización y Funciones ROF, aprobado por Ordenanza
Municipal Nº 015-2007-MDLP/ALC, entre los órganos
de coordinación se encuentra el Directorio Punteño que,
según el Artículo 24º, es un órgano de coordinación de
esta Municipalidad, y que cumple las funciones de la
Junta de Delegados Vecinales establecida por Ley. Éste
se relaciona con las agrupaciones urbanas del distrito y
está integrado por cuarenta (40) representantes de los
vecinos del distrito de La Punta y por el Alcalde, quien lo
preside. El Directorio Punteño se rige por Ley y su propio
Reglamento;
Que, el Artículo 110º de la Ley Orgánica citada
señala que la constitución y delimitación, el número de
integrantes, la forma de elección y convocatoria serán
establecidas mediante Ordenanza, por lo que, mediante
Informe de Visto, el Director de La Of‌i cina de Calidad de
Servicio e Imagen Institucional, propone al Concejo el
Cronograma, Convocatoria, Reglamento de elecciones y
funcionamiento de dicho Directorio;
Que, asimismo para efectos del normal funcionamiento
del Directorio Punteño, es necesario aprobar un
Reglamento, acorde con las normas legales vigentes;
Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo
establecido en los Artículos 9º numeral 8) y 40º de la
Ley Orgánica de Municipalidades, Nº 27972. El Concejo
Municipal con el voto UNANIME de sus miembros, con
dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta,
aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA EL CRONOGRAMA,
CONVOCATORIA, REGLAMENTO DE ELECCIONES
Y REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL
DIRECTORIO PUNTEÑO
Artículo Primero.- Aprobar el Cronograma,
Convocatoria, Reglamento de Elecciones y revocatoria de
los integrantes del Directorio Punteño, anexo a la presente
y que forma parte integrante de la misma.
Artículo Segundo.- Aprobar el Reglamento de
Funcionamiento del Directorio Punteño de la Municipalidad
Distrital de La Punta, que forma pare integrante de la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario Of‌i cial
El Peruano, y ambos Reglamentos en el Portal del Estado
Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional
(www.munilapunta.gob.pe).
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal,
a la Secretaria General y a la Of‌i cina de Calidad de
Servicios e Imagen Institucional, el f‌i el cumplimiento de
lo aquí dispuesto.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
WILFREDO DUHARTE GADEA
Alcalde
239893-1
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE DANIEL
ALCIDES CARRION
Declaran en situación de
desabastecimiento inminente la
adquisición del suministro de arroz
corriente para el Programa de
Complementación Alimentaria
ACUERDO DE SESIÓN DE CONCEJO
Nº 314-2008-CM-MPDAC
Yanahuanca, 7 de agosto del 2008
VISTO:
En sesión de Concejo Municipal Ordinario Nº 21-
2008 de fecha 6 de agosto del 2008, se analizó y
debatió el Informe Nº 0104-SGL-MPDAC-2008, emitido
por la Sub Gerencia de Logística y el Informe Legal Nº
018-2008-GAL-MPDAC/YHCA, de fecha 04-08-2008,
sobre la declaración en situación de Desabastecimiento
Inminente de suministro de arroz para el Programa de
Complementación Alimentaria.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 1º de
acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal,
referidas a asuntos específ‌i cos de interés público, vecinal
e institucional, que expresen la voluntad del órgano de
gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a
una conducta o norma institucional;
Que, en Sesión Ordinaria llevada a cabo el día 6
de agosto del 2008, se trató el Informe Nº 0104-SGL-
MPDAC-2008, de fecha 04-08-2008, procedente de
la Sub Gerencia de Logística, en cuyos Informes da a
conocer al Magno Concejo Municipal de la Resolución
del Contrato de acuerdo a las cláusulas Décimo Segundo
y Décimo Tercero previsto en el Contrato de Suministro
Nº 0018-MPDAC-YHCA, por incumplimiento con el
abastecimiento del suministro de arroz, afectando a
los benef‌i ciarios del Programa de Complementación
Alimentaria, por parte del ganador de la Bueno Pro en el
Ítem III del Proceso de Adjudicación Directa Pública por
Subasta Inversa Presencial Nº 03-2008-MPDAC-YHCA,
de fecha 02-07-2008, el señor Clemente MARQUEZ
SOTO, Gerente de la Empresa Molinera del Centro S.R.L.,
habiéndose cumplido con todo el proceso de notif‌i cación
al representante de la Empresa mediante Carta Notarial
Nº 02-2008-GAL-MPDAC-YHCA, de fecha 12-07-2008
para el cumplimiento con la entrega del suministro de
arroz dentro de los cinco días bajo resolución de contrato
e informe a CONSUCODE, no habiéndose obtenido
ninguna respuesta de parte de la Empresa, se le cursó otra
Carta Notarial Nº 004-2008-ALC-MPDAC-YHCA, de fecha
21-07-2008. Por lo que se procedió a la Resolución del
Contrato en mérito al Art. 41º Inc. c) del TUO de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los Artículos
224º, 225º y 226º del D.S. Nº 084-2004-PCM, por lo que
hasta la fecha no han sido atendidos los benef‌i ciarios
del Programa de Complementación Alimentaria con la
distribución de los alimentos, quedando afectados y en
desabastecimiento los diferentes Comités de la provincia
Daniel Alcides Carrión;
Dado que, la Empresa Ganadora de la Buena Pro
ha ido en perjuicio de los benef‌i ciarios del Programa de
Complementación Alimentaria con su incumplimiento a
las cláusulas estipuladas en el Contrato de Suministro Nº
0018-2008-MPDAC-YHCA, la Sub Gerencia de Logística
solicita al Magno Concejo Municipal aprobar la adquisición
del suministro de arroz corriente en un 30% de la cantidad
total por situación de desabastecimiento inminente de
acuerdo al Art. 21º del D.S Nº 083-2004-PCM y el Art.
141º del D.S. Nº 084-2004-PCM - Reglamento de la Ley
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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