1083 013-2006-REGISTRADORLIMAESTE-OROP/JNE - Disponen inscripción de la organización política "Armando el Progreso" en el Registro Especial de la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas

Fecha de publicación25 Agosto 2006
Fecha de disposición25 Agosto 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
viernes 25 de agosto de 2006 326861
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ciudadanos César Marcelino Rojas Alfaro y Víctor
Aracayo Valencia, respectivamente.
Regístrese y notifíquese.
FERNANDO RODRÍGUEZ PATRÓN
Jefe de la Oficina de Registro de
Organizaciones Políticas
01397-1
Inscriben a la Organización Política
Local Distrital "Organización Trabajo
Orden y Seguridad" del distrito de Jesús
María en el Registro Especial de la
Oficina de Registro de Organizaciones
Políticas
RESOLUCIÓN
Nº 011-2006-REGISTRADORLIMACENTRO-
OROP/JNE
Lima, 21 de agosto del 2006
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Jesús Hernán
Pastor Cavero, Presidente de la Organización Política
local Distrital: “Organización Trabajo Orden y Seguridad”,
del distrito de Jesús María, provincia y departamento de
Lima;
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud presentada el 18 de julio del
2006, el señor Jesús Hernán Pastor Cavero, Presidente
de la Organización Política local Distrital: “Organización
Trabajo Orden y Seguridad”, del distrito de Jesús María,
provincia y departamento de Lima, solicitó a la Oficina de
Registro de Organizaciones Políticas, la inscripción de
dicha organización política en el Registro Especial que
conduce;
Que, revisada la solicitud presentada, se advierte
que la misma cumple con todos los requisitos
contenidos en el artículo 17º de la Ley de Partidos
Políticos Nº 28094, esto es, I) Relación de adherentes
en número no menor del 1% de los ciudadanos que
sufragaron en las últimas elecciones de carácter
nacional dentro de la circunscripción en la que la
organización política local desarrolla sus actividades,
advirtiéndose en tal sentido que con Oficio Nº 1746-
2006-GAE/RENIEC de fecha 24 de julio del 2006
respectivamente, la Gerencia de Actividades
Electorales del Registro Nacional de Identificación y
Estado Civil, RENIEC, informó que de un total de 1247
firmas presentadas se declararon válidas 734 firmas,
cantidad que supera las 692 necesarias para tal efecto;
II) Acta de Constitución de un comité en el distrito de
Jesús María, provincia y departamento de Lima, suscrita
por más de 50 adherentes debidamente identificados,
adicionalmente, han presentado acta de fundación, la
que contiene el Ideario, y que a su vez contiene
principios, objetivos y visión del distrito de Jesús María,
denominación, domicilio legal, la designación de la Junta
Directiva y lo miembros que lo conforman, la designación
de los personeros legales, técnicos, asimismo han
presentado un Estatuto;
Que, con fecha 13 de agosto del 2006, se publicó en
el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de
inscripción a efectos de que cualquier persona natural o
jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la
inscripción de la organización política solicitante, habiendo
quedado en esta Oficina de Registro toda la
documentación correspondiente a la misma;
Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo
10º de la Ley Nº 28094 sin que se haya presentado
tacha alguna contra la solicitud de inscripción.
Que, las organizaciones políticas se constituyen por
iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de
cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se
inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas;
Estando a las consideraciones expuestas y de
conformidad con las funciones conferidas por Ley a la
Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del
Jurado Nacional de Elecciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial
que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones
Políticas a la Organización Política Local Distrital:
“Organización Trabajo Orden y Seguridad”, del distrito
de Jesús María, provincia y departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Abrir la partida registral
correspondiente en el libro especial de Organizaciones
Políticas Locales, Tomo Cinco, Partida Número Treinta y
Dos y regístrese la inscripción en el Asiento Número
Uno.
Artículo Tercero.- Téngase acreditados como
personero legal titular y personero legal alterno a los
señores Guillermo Quiroz Ciesa y Paulo Luciano Anaya
Serna, respectivamente.
Regístrese y notifíquese.
DENISE SARAVIA CAMPANA
Registradora de la Oficina de Registro
de Organizaciones Políticas
01344-1
Disponen inscripción de la organización
política "Armando el Progreso" en el
Registro Especial de la Oficina de
Registro de Organizaciones Políticas
OFICINA DE REGISTRO DE
ORGANIZACIONES POLÍTICAS
RESOLUCIÓN Nº 013-2006-REGISTRADOR
LIMAESTE-OROP/JNE
Lima, 23 de agosto de 2006
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Andrés Abraham
Lobatón Palomarez, Personero Legal Alterno de la
Organización Política Local Distrital "Armando el
Progreso" del distrito de Lurigancho, provincia de Lima,
departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud presentada el 17 de julio de
2006, el señor Andrés Abraham Lobatón Palomarez,
solicitó a la Oficina de Registro de Organizaciones
Políticas del Jurado Electoral Especial de Lima Este, la
inscripción de la Organización Política Local Distrital:
"Armando el Progreso" del distrito de Lurigancho,
provincia de Lima, departamento de Lima, en el Registro
Especial que conduce el Registro de Organizaciones
Políticas del Jurado Nacional de Elecciones;
Que, revisada la solicitud presentada, se advierte
que la misma cumple con todos los requisitos contenidos
en el artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094,
esto es, I) Relación de adherentes en número no menor
del 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas
elecciones de carácter nacional dentro de la
circunscripción en la que la organización política local
desarrolle sus actividades, advirtiéndose en tal sentido
que con Oficio Nº 1906-2006-GAE/RENIEC de fecha 2
de agosto de 2006, la Gerencia de Actividades Electorales
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,
RENIEC, informó que de un total de 2 002 firmas
presentadas se declararon válidas 1 286 firmas, cantidad
que supera las 677 necesarias para tal efecto, II) Acta
de Constitución de un comité en el distrito de Lurigancho,
provincia de Lima, departamento de Lima, suscrita por
más de 50 adherentes debidamente identificados,
adicionalmente, han presentado acta de fundación, la
que contiene la designación de su órgano directivo,
designación de los personeros legales, técnicos,

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