1068 076-2005-RE - Aprueban Reglamento Consular del Perú

Fecha de disposición05 Octubre 2005
Fecha de publicación05 Octubre 2005
Pág. 301674
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 5 de octubre de 2005
Aprueban Reglamento Consular del
Perú
DECRETO SUPREMO
Nº 076-2005-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento Consular del Perú fue aprobado por el
Decreto Supremo Nº 0002-79-RE de fecha 17 de enero de
1979 y modificado por el Decreto Supremo Nº 004-85-RE de
fecha 12 de marzo de 1985, por el Decreto Supremo Nº 0014-
91-RE de fecha 8 de octubre de 1991, Decreto Supremo
Nº 045-2002-RE de fecha 26 de abril de 2002 y Decreto
Supremo Nº 071-2003-RE de fecha 4 de junio del 2003;
Que, mediante las Resoluciones Ministeriales Nº 0765-
94-RE y Nº 460-98-RE del 30 de diciembre de 1994 y 17
de julio de 1998, respectivamente, se constituyeron
comisiones encargadas de estructurar, revisar y aprobar
la actualización del Reglamento Consular del Perú;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0024-2003-RE
de fecha 15 de enero del 2003, se nombró a la Comisión
Técnica encargada de revisar y aprobar el Proyecto de
Reglamento Consular, el mismo que debía responder a los
requerimientos de los peruanos en el exterior y estar
actualizado en base al marco legal vigente en el país;
Que, por Resolución Ministerial Nº 0115-2004-RE de fecha
18 de febrero del 2004, se procedió a nombrar una Comisión
encargada de revisar e incorporar los comentarios y sugerencias
vertidos sobre el Proyecto de Reglamento Consular;
Que, las normas del Reglamento Consular deben estar
actualizadas con la legislación vigente en el país, y responder
al desarrollo moderno de la función consular, concebida como
un servicio de naturaleza pública que presta el Estado peruano,
sobre la base de los principios de legalidad, celeridad, eficacia,
simplicidad y no discriminación;
Que, es necesario aprobar el Reglamento Consular,
para su aplicación por las oficinas consulares del Perú en
el exterior;
De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la
Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores;
DECRETA:
Artículo 1º.- Apruébase el Reglamento Consular del
Perú, que forma parte del presente Decreto Supremo, y
que consta del Título Preliminar, Trece (13) Títulos,
quinientos treinticuatro (534) Artículos.
Artículo 2º.- Créase la Comisión Especial Permanente,
encargada de la revisión y actualización periódica del
Reglamento Consular. Dicha Comisión estará integrada por
los siguientes funcionarios:
- El Secretario de Comunidades Peruanas en el
Exterior, quien la presidirá.
- El Director General de Política Consular.
- El Director General de Derechos de los Peruanos en
el Exterior.
- El Director General de Administración.
- El Director General de Asuntos Legales.
Artículo 3º.- Deróganse y déjanse sin efecto los
Decretos Supremos Nºs. 0002-79-RE, 0004-85-RE y
demás normas legales y disposiciones administrativas que
se opongan a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el
Diario Oficial El Peruano.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro
días del mes de octubre del año dos mil cinco.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores
16974
Remiten al Congreso de la República el
"Acuerdo para el Establecimiento de la
Sede de la Oficina de Representación
de la Corporación Financiera Interna-
cional del Grupo del Banco Mundial y
el Gobierno del Perú"
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 230-2005-RE
Lima, 4 de octubre de 2005
Remítase al Congreso de la República, el "Acuerdo
para el Establecimiento de la Sede de la Oficina de
Representación de la Corporación Financiera
Internacional del Grupo del Banco Mundial y el
Gobierno del Perú", suscrito el 9 de agosto de 2005, en la
ciudad de Lima, República del Perú, para los efectos a que
se contraen el artículo 56º inciso 2 y el artículo 102º inciso
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores
16982
Nombran Embajador Extraordinario y
Plenipotenciario del Perú en el Reino
de España
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 231-2005-RE
Lima, 4 de octubre de 2005
De conformidad con el inciso 12 del artículo 118º de la
Constitución Política del Perú, que establece la facultad del
señor Presidente de la República de nombrar Embajadores
y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo
de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la
República;
Estando a lo dispuesto en los artículos 26º y 27º de la
Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República;
y los artículos 62º, 63º numeral b) y 64º numeral a) del
Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la
República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-
2003-RE;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Nombrar Embajador Extraordinario
y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España, al
Embajador en el Servicio Diplomático de la República Luis
Armando José Lecaros de Cossío.
Artículo Segundo.- Extenderle las Cartas Credenciales
y Plenos Poderes correspondientes.
Artículo Tercero.- La fecha en que el Embajador Luis
Armando José Lecaros de Cossío asuma sus funciones
será fijada mediante Resolución Ministerial.
Artículo Cuarto.- Aplicar el egreso que origine la
presente resolución a las partidas correspondientes del
Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones
Exteriores.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA
Ministro de Relaciones Exteriores
16983

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