Aprueban la estructura organizacional de la SUNAT*
Fecha de publicación | 04 Noviembre 1997 |
Fecha de disposición | 04 Noviembre 1997 |
Pág. 154167
NORMAS LEGALES
Lima, martes 4 de noviembre de 1997
5 RESOLUCIONES DE INTENDENCIA
5.1. Resoluciones de Intendencia Nacional de
Administración
Serán emitidas por el Intendente Nacional de Admi-
nistración cuando -de conformidad y en uso de facultades
conferidas en el Estatuto de la SUNAT o delegadas
mediante Resolución de Superintendencia o Resolución
de Superintendente Nacional Adjunto- corresponda.
5.2 Resoluciones de la Intendencia Nacional de
Operaciones
Serán emitidas por el Intendente Nacional de Opera-
ciones cuando -de conformidad y en uso de facultades
conferidas en el Estatuto de la SUNAT o delegadas
mediante Resolución de Superintendencia o Resolución
de Superintendente Nacional Adjunto- corresponda.
5.3. Resoluciones de la Intendencia de Princi-
pales Contribuyentes Nacionales
Serán emitidas por el Intendente de Principales Con-
tribuyentes Nacionales para pronunciarse en asuntos
vinculados a aspectos de carácter tributario dentro del
ámbito de su competencia y jurisdicción.
5.4. Resoluciones de las Intendencias Regionales
Serán emitidas por los Intendentes Regionales para
pronunciarse en asuntos vinculados a aspectos de carác-
ter tributario dentro del ámbito de su competencia y
jurisdicción.
6. RESOLUCIONES DE OFICINA ZONAL
Serán emitidas por los Jefes de las Oficinas Zonales
para pronunciarse en asuntos vinculados a aspectos de
carácter tributario dentro del ámbito de su competencia y
jurisdicción.
7. INFORMES
Los Informes se elaborarán en los siguientes casos:
7.1. A fin de dar respuesta a las consultas formuladas
de acuerdo al Artículo 93º del Código Tributario.
Deberán ser puestos en conocimiento del órgano o
entidad consultante, pudiendo ser difundidos cuando el
caso lo amerite.
Serán emitidos, en forma individual o conjunta, por la
Intendencia Nacional Jurídica y la Intendencia Nacional
de Desarrollo Tributario, según corresponda.
7.2. Con el propósito de sustentar un pronunciamiento
respecto a los asuntos que competen al órgano emisor.
Emitirán estos Informes, la Intendencia Nacional de
Operaciones, la Intendencia Nacional de Informática y la
Intendencia Nacional de Administración, respecto a los
asuntos de su competencia.
Los Informes serán aprobados por los Intendentes
responsables de su elaboración.
Artículo 3º.- La Secretaría General se encargará de
registrar, numerar, publicar y archivar las Resoluciones
de Superintendencia, las Resoluciones de Superinten-
dente Adjunto, las Directivas y las Circulares.
Artículo 4º.- Déjese sin efecto la Resolución de Super-
intendencia Nº 092-95-/SUNAT.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE FRANCISCO BACA CAMPODONICO
Superintendente
12482
Aprueban la estructura organizacional
de la SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA
Nº 094-97/SUNAT
Lima, 31 de octubre de 1997
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Legislativo Nº 639 aprobó -en su Artículo
2º- la estructura orgánica básica de la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria, SUNAT;
Que a través del Artículo 1º del Decreto Supremo Nº
032-92-EF se aprobó el Estatuto de esta Superintenden-
cia, facultándose a su titular -en su Artículo 6º- a aprobar
o modificar tanto la estructura orgánica de la SUNAT
como su propio Estatuto;
Que en uso de tales atribuciones, y con la finalidad de
brindar mayor dinámica a la gestión institucional y faci-
litar así el logro de los objetivos de esta Superintendencia,
esa estructura básica fue posteriormente ampliada me-
diante diferentes Resoluciones de Superintendencia;
Que la última de éstas fue la Resolución de Superin-
tendencia Nº 051-97/SUNAT que modificó la estructura
de esta Superintendencia así como algunos de los artícu-
los de su Estatuto;
Que en dicha Resolución, además, se ratificó la estruc-
tura organizacional vigente en ese momento en los órga-
nos descentralizados de la SUNAT;
Que con la finalidad de mejorar el desempeño institucio-
nal de la SUNAT resulta necesario efectuar determinadas
variaciones a la estructura organizacional aprobada por la
referida Resolución y modificar la correspondiente a los
órganos descentralizados de esta Superintendencia;
En uso de las facultades conferidas en los incisos f) y o)
del Artículo 6º del Estatuto de la SUNAT, aprobado por
Decreto Supremo Nº 032-92-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Aprobar la siguiente estructura organiza-
cional de la Superintendencia Nacional de Administración
Tributaria - SUNAT y el organigrama correspondiente que,
como anexo, se integra a la presente Resolución:
ALTA DIRECCION:
-SUPERINTENDENTE NACIONAL DE ADMINIS-
TRACION TRIBUTARIA
-SUPERINTENDENTE NACIONAL ADJUNTO DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
ORGANOS DE APOYO:
-SECRETARIA GENERAL
·Gerencia de Comunicaciones y Relaciones Públicas
·Departamento de Administración Documentaria
-SECRETARIA DE PLANEAMIENTO
·Gerencia de Estudios Económicos
·Departamento de Planeamiento
-INSTITUTO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
ORGANO DE CONTROL:
-OFICINA DE CONTROL INTERNO
ORGANOS DE LINEA:
-INTENDENCIA NACIONAL DE DESARROLLO
TRIBUTARIO
·Gerencia Normativa de Recaudación
·Departamento de Programas y Normas de Re-
caudación
·Departamento de Programas y Normas de Co-
branza
·Gerencia Normativa de Fiscalización
·Departamento de Sistemas de Fiscalización
·Departamento de Procedimientos y Técnicas
de Fiscalización
-INTENDENCIA NACIONAL JURIDICA
·Gerencia de Normas Tributarias
·Gerencia de Procedimientos Tributarios
·Gerencia de Dictámenes Tributarios
·Gerencia Penal Tributaria
·Gerencia Jurídico-Administrativa
-INTENDENCIA NACIONAL DE INFORMATICA
·Gerencia de Aplicaciones
·Departamento de Desarrollo de Aplicaciones
Tributarias
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