Aprueban donación a favor de Provías Nacional
Fecha de disposición | 03 Julio 2006 |
Fecha de publicación | 03 Julio 2006 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
lunes 3 de julio de 2006 322909
R
E
P
U
B
L
I
C
A
D
E
L
P
E
R
U
de concesión no es suscrito por el solicitante en el plazo
máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partir
de la publicación de la presente resolución. Para la
suscripción deberá cumplir previamente con el pago por
derecho de concesión.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
11480
Aprueban donación a favor de Provías
Nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 510-2006-MTC/09
Lima, 27 de junio de 2006
Visto el Memorándum Nº 718-2006-MTC/20 del
Director Ejecutivo de Provías Nacional, mediante el cual
solicita la aprobación de la donación dineraria proveniente
de la Minera Yanacocha S.R.L.;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 26 de abril de 2006 se suscribió el
Convenio Nº 011-2006-MTC/20, Convenio de
Cooperación Interinstitucional celebrado entre Provías
Nacional y Minera Yanacocha S.R.L., para financiar las
obras de conservación vial consistente en la ejecución
de trabajos de protección de 10 puntos críticos de la
carretera Ciudad de Dios - Cajamarca, realización de
trabajos de mantenimiento rutinario de la carpeta asfáltica
existente y la señalización horizontal de 20 Km., desde
el Km. 145+000 al Km. 165+000 (El Gavilán);
Que, de acuerdo a la Cláusula Tercera del mencionado
Convenio de Cooperación Interinstitucional, el monto que
Minera Yanacocha S.R.L. se compromete a aportar es
de Novecientos Ochenta y Nueve Mil Seiscientos
Ochenta y 66/100 Nuevos Soles (S/. 989 680,66), de los
cuales Trescientos Treinta y Dos Mil Cuatrocientos Treinta
y Nueve y 61/100 Nuevos Soles (S/. 332 439,61)
corresponde a aporte dinerario y Seiscientos cincuenta
y Siete Mil Doscientos Cuarenta y Uno y 05/100 Nuevos
Soles (S/. 657 241,05) a aportes de materiales y
combustible;
Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General
del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las
donaciones dinerarias provenientes de instituciones
nacionales o internacionales, públicas o privadas,
diferentes a las provenientes de los convenios de
cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas
por Resolución del Titular de la Entidad y publicadas en
el Diario Oficial El Peruano cuando el monto de la donación
supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias;
Estando a lo informado por la Oficina General de
Planificación y Presupuesto y de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la donación dineraria de Minera
Yanacocha S.R.L., con Registro Único de Contribuyente
Nº 20137291313, por la suma de TRESCIENTOS
TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos
y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus
dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales,
respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a
viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m.
2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de
diez (10) páginas.
3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicación
correspondiente deberán estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD.
4.- Si la entidad no remitiese la norma o sentencia en disquete, deberá enviar el documento al correo
electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe
5.- Si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán estar trabajadas en EXCEL, con una
línea por celda sin justificar y, si se agregasen gráficos, su presentación será en formato EPS o
TIF a 300 DPI y en escala de grises.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba