Aprueban donación efectuada en favor del INGEMMET*

Fecha de publicación15 Agosto 1997
Fecha de disposición15 Agosto 1997
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NORMAS LEGALES
Lima, viernes 15 de agosto de 1997
que afecten directamente o infrinjan lo establecido por
dicho Código, debiendo ser resuelto por el Ministro de
Economía y Finanzas, cuando se trate de recurso de queja
contra el Tribunal Fiscal;
Que, el Tribunal Fiscal a través del Oficio Nº 3438-97-
EF/41.01 del 22 de julio de 1997, señala que el citado
expediente ha sido resuelto por la Sala 4 mediante Reso-
lución Nº 705-4-97 de fecha 8 de julio de 1997, revocando
la Resolución de Intendencia Nº 022404549, por lo que el
recurso de queja formulado por AUX S.A. deviene en
Infundado;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del
Artículo 155º del Código Tributario -Decreto Legislativo
Nº 816-;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.-
Declarar Infundado el recurso de
queja interpuesto por AUX S.A. contra el Tribunal Fiscal,
por los fundamentos expuestos en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Regístrese y comuníquese.
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Economía y Finanzas
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ENERGIA Y MINAS
Aprueban donación efectuada en fa-
vor del INGEMMET
RESOLUCION SUPREMA
Nº 093-97-EM
Lima, 14 de agosto de 1997
CONSIDERANDO:
Que, INGEMMET mediante Resolución de Presi-
dencia Nº 042-97-INGEMMET/PCD, de fecha 17 de
julio de 1997, ha aceptado la donación efectuada por
CANADIAN INTERNATIONAL DEVELOPMENT
AGENCY (CIDA) a través del Multinational Andean
Project (MAP), para ser destinado al Proyecto Multi-
nacional Andino, de 6 MONITORES VIEWSONIC,
MODELO 17GS;
Los mismos que llegaron con Guía Aérea Nº
00571925033 vía Continental Airlines vuelo 712 del 1-4-
97 por un valor total de US$ 3,692.00 (Tres Mil Seiscientos
Noventidós y 00/100 Dólares Americanos), con un peso de
125 kilos;
Que, el inciso k) del Artículo 2º del Decreto Legislativo
Nº 821 establece que no estarán gravadas con el Impuesto
General a las Ventas, la importación o transferencia de
bienes que se efectúe a título gratuito, a favor de las
Entidades y Dependencias del Sector Público;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 821 y el Decreto Supremo Nº 099-96-EF; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.-
Aprobar la donación, efectuada por
CANADIAN INTERNATIONAL DEVELOPMENT
AGENCY (CIDA) a través del Multinational Andean
Project (MAP) a favor del Instituto Geológico Minero y
Metalúrgico - INGEMMET, destinado al Proyecto Multi-
nacional Andino, de 6 MONITORES VIEWSONIC, MO-
DELO 17 GS.
Los mismos que llegaron con Guía Aérea Nº
00571925033 vía Continental Airlines vuelo 712 del 1-4-
97 por un valor total de US$ 3,692.00 (Tres Mil Seiscientos
Noventidós y 00/100 Dólares Americanos), con un peso de
125 kilos.
Artículo 2º.-
Compréndase a la donación precitada,
en los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Decreto
Legislativo Nº 821.
Artículo 3º.-
Transcríbase la presente Resolución
Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a
la Contraloría General de la República, dentro de los
plazos establecidos.
Artículo 4º.-
La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Ministro de Energía y Minas y por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Energía y Minas
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Economía y Finanzas
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Aprueban transferencias de servidum-
bres de electroducto de líneas de trans-
misión y de obras hidroeléctricas, en
favor de empresa de generación
eléctrica
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 314-97-EM/VME
Lima, 23 de julio de 1997
Visto, el Expediente Nº 22055097 que incluye los
documentos con Registros Nºs. 01080270 y 1121782 pre-
sentados por la concesionaria EDEGEL S.A., relacionado
a la transferencia de titularidad a su favor de la servidum-
bre de electroducto de las líneas de transmisión de 60 kV
C.H. Callahuanca - S.E. Huachipa y C.H. Callahuanca -
S.E. Huampaní;
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Energía y Minas expidió Resolu-
ción Ministerial Nº 298-95-EM/VME de fecha 8 de no-
viembre de 1995, imponiendo servidumbre de electro-
ducto de las líneas de transmisión de 60 kV C.H. Ca-
llahuanca - S.E. Huachipa y C.H. Callahuanca - S.E.
Huampaní;
Que, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Supremo
Nº 03-95-PCM prorrogado por los Decretos Supremos Nº
002-96-PCM y Nº 002-97-PCM, se autoriza al Ministerio
de Energía y Minas para regularizar las servidumbres
existentes, con que cuentan las empresas del subsector
eléctrico, comprendidas dentro del proceso de promoción
a la inversión privada dispuesto por el Decreto Legislati-
vo Nº 674, necesarias para el funcionamiento de sus
instalaciones eléctricas y que se encuentren expresa-
mente reconocidas por la Ley de Concesiones Eléctricas -
Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 009-93-EM;
Que, la Empresa de Generación Eléctrica de Lima S.A.
- EDEGEL S.A. llevó a cabo una división o escisión en
virtud de la cual se constituyó la empresa EDEGEL S.A.
inscrita el 26 de agosto de 1996 en la Ficha Nº 131538,
Asiento 1-A del Registro de Personas Jurídicas de Lima.-
Libro de Sociedades; por lo cual se expidieron Resolucio-
nes Supremas de Transferencia de las Concesiones con
que cuenta la solicitante y como consecuencia, a través del
documento con Registro Nº 1121782 de fecha de ingreso
18 de abril último, la concesionaria solicitó la transferen-
cia de la servidumbre establecida en la Resolución Minis-
terial Nº 298-95-EM/VME, a favor de la nueva razón social
de la empresa;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo
111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, es atribución del
Ministerio de Energía y Minas imponer con carácter
forzoso el establecimiento de las servidumbres que señala
la Ley y modificar las establecidas;
Que, la Dirección General de Electricidad, ha verifica-
do que la peticionaria ha cumplido con los requisitos
señalados en el Decreto Ley Nº 25844 y su Reglamento,
por lo que resulta procedente la transferencia solicitada;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Viceministro de Energía;

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