RESOLUCION MINISTERIAL N° 116-2012-VIVIENDA - Aprueban los parámetros para las actividades que según la Clasificación Industrial Internacional (CIIU) serán de cumplimiento obligatorio por parte de los Usuarios No Domésticos, en aplicación del D.S. N° 021-2009-VIVIENDA, referido a los valores máximos admisibles de las descargas de aguas residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado sanitario

Fecha de disposición19 Junio 2012
Fecha de publicación19 Junio 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 19 de junio de 2012 468649
Director General de la Dirección General de Promoción
de la Salud del Ministerio de Salud, Nivel F-5, en adición
a sus funciones;
Que, por convenir al servicio resulta necesario designar
a la profesional propuesta en el cargo de Director General
de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, Nivel
F-5;
Con el visado del Director General de la Of‌i cina
General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y del
Viceministro de Salud; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de
Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el
Decreto Legislativo Nº 276; en el Reglamento de la
Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-90-PCM y en el literal I) del artículo 8º de la Ley Nº
27657, Ley del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dar término al encargo de las funciones
de Director General de la Dirección General de Promoción
de Salud del Ministerio de Salud efectuado mediante
Resolución Ministerial Nº 349-2012/MINSA, en adición a
sus funciones, al Médico Cirujano Carlos Renato Moreno
Chacón, Asesor de la Alta Dirección del Despacho
Ministerial, Nivel F-5, dándosele las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la Médico Cirujano Raquel
Cecilia Cancino Bazán en el cargo de Directora General
de Promoción de la Salud del Ministerio de Salud, Nivel
F-5.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA
Ministro de Salud
803081-2
VIVIENDA
Aprueban los parámetros para las
actividades que según la Clasificación
Industrial Internacional (CIIU) serán
de cumplimiento obligatorio por
parte de los Usuarios No Domésticos,
en aplicación del D.S. Nº 021-2009-
VIVIENDA, referido a los valores
máximos admisibles de las descargas
de aguas residuales no domésticas en
el sistema de alcantarillado sanitario
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 116-2012-VIVIENDA
Lima, 14 de junio de 2012
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 2 de la Ley Nº 27792, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento, establece que es
competencia del Ministerio, formular, aprobar, ejecutar
y supervisar las políticas de alcance nacional aplicables
en materia de vivienda, urbanismo, construcción y
saneamiento; correspondiéndole por tanto dictar normas
de alcance nacional y supervisar su cumplimiento;
Que, conforme al literal a) del artículo 11 del Texto
Único Ordenado del Reglamento de la Ley General de
Servicios de Saneamiento, aprobado con Decreto Supremo
Nº 023-2005-VIVIENDA, corresponde al Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, formular, normar,
dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar la política nacional
y acciones del Sector en materia de saneamiento y
evaluar permanentemente sus resultados, adoptando las
correcciones y demás medidas que correspondan;
se aprobaron los Valores Máximos Admisibles de las
descargas de aguas residuales no domésticas en el
sistema de alcantarillado sanitario, a f‌i n de evitar el
deterioro de las instalaciones, infraestructura sanitaria,
maquinarias, equipos y asegurar su adecuado
funcionamiento, garantizando la sostenibilidad de los
sistemas de alcantarillado y tratamiento de las aguas
residuales;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 003-2011-
VIVIENDA, modif‌i cado por Decreto Supremo Nº 010-2012-
VIVIENDA, se aprobó el Reglamento del Decreto Supremo
Nº 021-2009-VIVIENDA, con la f‌i nalidad de establecer los
procedimientos para controlar las descargas de aguas
residuales no domésticas en el sistema de alcantarillado
sanitario;
Que, el literal i) del Reglamento citado en el
considerando anterior, establece que los Usuarios No
Domésticos cuyas actividades estén clasif‌i cadas según
la Clasif‌i cación Industrial Internacional Uniforme (CIIU),
deberán declarar, reportar y cumplir con las obligaciones
que se establecen en el referido Reglamento, en función
de los parámetros que para dichas actividades establezca
el Ente Rector;
Que, en este contexto, es necesario que el Ministerio
de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establezca
los parámetros para determinadas actividades que están
incluidas en la Clasif‌i cación Industrial Internacional
Uniforme (CIIU), a f‌i n de que los Usuarios No Domésticos
declaren, reporten y cumplan con las obligaciones que
se establecen en el Reglamento del Decreto Supremo Nº
021-2009-VIVIENDA;
De conformidad con la Ley Nº 27792, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo Nº
002-2002-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo
Nº 023-2005-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único
Ordenado del Reglamento de la Ley General de Servicios
de Saneamiento;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los parámetros para las
actividades que según la Clasif‌i cación Industrial
Internacional Uniforme (CIIU) serán de cumplimiento
obligatorio por parte de los Usuarios No Domésticos, en
su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 003-
2011-VIVIENDA; el cual en Anexo forma parte integrante
de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente
Resolución Ministerial y el Anexo que forma parte
integrante de la misma, en el Portal Electrónico del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
(http://www.vivienda.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
803088-1
Aceptan renuncia de Director Ejecutivo
del Programa Nacional de Saneamiento
Urbano
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 119-2012-VIVIENDA
Lima, 18 de junio de 2012

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