ORDENANZA Nº 170-MVES - Aprueba nuevo Reglamento de Organización y Funciones y Estructura Orgánica de la Municipalidad de Villa El Salvador

Fecha de publicación20 Julio 2008
Fecha de disposición20 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 20 de julio de 2008
376530
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Aprueba nuevo Reglamento de
Organización y Funciones y Estructura
Orgánica de la Municipalidad de Villa
El Salvador
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 170-MVES
Villa El Salvador, 14 de julio del 2008
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR,
EN SESIÓN DE CONCEJO DE LA FECHA;
Visto: El Memorando Nº 180-2008-GM/MVES, de
fecha 27.06.2008, suscrito por el Gerente Municipal de
esta corporación edil.
CONSIDERANDO:
Que, los Gobiernos Locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia y que dicha autonomía consagrada en la
Constitución Política del Perú, la cual radica en la facultad
de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM
se aprueban los lineamientos para la elaboración y
aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF), que se aplicará en las distintas entidades de la
administración pública, en concordancia con la Ley Marco
de Modernización de la Gestión del Estado Nº 27658;
Que, la actual estructura orgánica de esta Municipalidad
debe ser adecuada a las necesidades operativas y de
servicio, para alcanzar los objetivos perseguidos por la
actual administración municipal, en base a los criterios de
simplicidad y f‌l exibilidad, y el uso racional de sus recursos;
Que, la organización de la Municipalidad debe
responder a una cultura institucional sustentada en valores y
decidida a la búsqueda de la excelencia, para lograr que el
Gobierno Local sea ef‌i caz en la satisfacción continua de las
necesidades de los vecinos para lograr su bienestar;
Que, siendo esta una normatividad que deberá ser
materia de evaluación en el proceso de implementación,
podrá ser objeto de modif‌i cación previo pronunciamiento del
Concejo Municipal, de conformidad con lo dispuesto por los
Artículos y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades
27972;
Estando a lo expuesto, contando con la opinión favorable
de la Of‌i cina de Asesoría Jurídica, expresada mediante
Informe Nº 793-2008-OAJ/MVES del 27.06.2008, y en
uso de las atribuciones conferidas por el incisos 3 y 8 del
Art. 9º, así como los Arts. 39º y 40º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972, contando con el Voto Mayoritario
del Concejo Municipal, se expide la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo 1º.- Aprobar el nuevo REGLAMENTO DE
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) y ESTRUCTURA
ORGÁNICA (ORGANIGRAMA) de esta Municipalidad que
comprende tres (03) Títulos, siete (07) Capítulos, un (01)
Sub Capítulo, Ciento Dieciocho (118) Artículos, ocho (08)
Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales.
Artículo 2º.- La Ordenanza Municipal materia de la
presente aprobación entra en vigencia a partir de los
sesenta (60) días de su aprobación.
Artículo3º.- Dispóngase la publicación del Reglamento
antes citado en el portal institucional: www.munives.gob.
pe, en aplicación del Art. 5º inciso 1 del Texto Único
Ordenando de la Ley Nº 27806 “Ley de Transparencia y
Acceso a la Información Pública” en concordancia con los
Arts. y de su Reglamento D. S. Nº 072-2003-PCM.
Artículo 4º.- Déjese sin efecto la Ordenanza Municipal
Nº 087-MVES y toda disposición que se oponga a lo
dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo 5º.- Encargar a la Gerencia Municipal en
coordinación con los demás Órganos y Gerencias de esta
Municipalidad el cumplimiento de la presente Ordenanza
Municipal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
JAIME ZEA USCA
Alcalde
228581-1
Modifican la Ordenanza Marco del
Presupuesto Participativo - Ordenanza
Nº 157-MVES
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 171-MVES
Villa El Salvador, 14 de julio del 2008
Visto: El Informe Nº 063 -2008-OPP/MVES, de fecha
09.07.2008, suscrito por el Gerente de la Of‌i cina de
Planeamiento y Presupuesto.
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 en
su Artículo 53º señala que las municipalidades se rigen por
presupuestos participativos anuales como instrumentos
de administración y gestión, en tanto que la Decimosexta
Disposición Complementaria de la citada Ley, dispone
que las municipalidades regularán mediante Ordenanza
los mecanismos de aprobación de sus presupuestos
participativos;
Que, mediante Ley Nº 28056-Ley Marco del Presupuesto
Participativo y Decreto Supremo Nº 171-2003-EF, que
aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, se establecen
disposiciones para asignar la efectiva participación de la
sociedad civil en el proceso de programación participativa
del Presupuesto;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 157-MVES, de
fecha 27.08.2007, se aprueba la Ordenanza que regula el
proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad de
Villa El Salvador;
Que, mediante el documento señalado en la parte
expositiva, se hace de conocimiento del Concejo Municipal
la propuesta de modif‌i cación de los artículos 5º inciso
b), 6º incisos d) y e), 7º, 11º incisos h) e i), 12º, 13º, 19º
inciso a), 20º incisos a) y e), 21º, 23º, 27º incisos b1) y
b2), 34º y Segunda Disposición Final, Complementaria y
Transitoria de la Ordenanza del Presupuesto Participativo,
los mismos que constituyen propuesta del Equipo Técnico
del Plan Integral de Desarrollo de Villa El Salvador, los
cuales cuentan con la opinión favorable de la Sesión del
Consejo de Coordinación Local del 07.07.2008;
Estando a lo informado, de conformidad con lo
establecido en los Artículos 9º, numerales 8 y 14, así como
Nº 27972; contando con el Voto Unánime del Concejo
Municipal, se expide la siguiente:
ORDENANZA:
Artículo 1º.- MODIFICAR los artículos 5º inciso b), 6º
incisos d) y e), 7º, 11º incisos h) e i), 12º, 13º, 19º inciso
a), 20º incisos a) y e), 21º, 23º, 27º incisos b1) y b2), 34º y
Segunda Disposición Final, Complementaria y Transitoria
de la Ordenanza Marco del Presupuesto Participativo,
aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 157-MVES,
del 27.08.2007, conforme se detalla a continuación:
“Artículo 5º.- DEL FINANCIAMIENTO Y LOS
APORTES COMUNITARIOS AL PROYECTO DE
INVERSIÓN PÚBLICA MENOR”
(...)
b.- “La participación efectiva de la población, en Proyectos
de Inversión Pública Menor (proyectos comunales) cuyo
importe superen las 30 UIT, se materializará a través de
un cof‌i nanciamiento no menor del 10% del valor total del
proyecto. Dicho aporte se concretará previamente a la
ejecución del proyecto, mediante el depósito en efectivo del
30% del monto resultante; y, el saldo a través de aportes en
materiales, mano de obra o servicios durante la ejecución
del proyecto, consignados en actas de compromiso suscritas
entre la Municipalidad y los representantes de la comunidad
a través del Comité de Gestión Territorial correspondiente.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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