Ratifican resolución de la Municipalidad de Ate que aprueba la regularización de habilitación urbana ejecutada parcial del Programa de Vivienda 'Los Jazmines de San Juan'

Fecha de publicación16 Octubre 2006
Fecha de disposición16 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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330634 El Peruano
lunes 16 de octubre de 2006
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican resolución de la Municipalidad
de Ate que aprueba la regularización de
habilitación urbana ejecutada parcial
del Programa de Vivienda "Los Jazmines
de San Juan"
RESOLUCIÓN Nº 139-2006-MML-GDU-SPHU
Lima, 20 de setiembre de 2006
LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y
HABILITACIONES URBANAS
VISTO, el Codificado Nº 80508-2006 mediante el cual la
Municipalidad Distrital de Ate, solicita la Ratificación de la
Resolución de la Gerencia Nº 00054 emitida con fecha 10
de agosto de 2006 promovida por la empresa COMPAÑÍA
INMOBILIARIA CONSTRUCTORA Y DE TRANSPORTE
ESTRELLA ANDINA S.A. - CICONTESA; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Gerencia Nº 00054
emitida con fecha 10 de agosto de 2006 por la Municipalidad
Distrital de Ate (fs. 23 y 24), se resuelve aprobar de
conformidad con el Plano signado con el Nº 034-2006-
SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación
Urbana Ejecutada Parcial del Programa de Vivienda “Los
Jazmines de San Juan”, para Uso Residencial de
Densidad Media R4 del terreno de 9,700.00 m² constituido
por las Parcelas Nºs. 10697 y 10699, correspondiente al
Lote 003 de la Manzana Catastral Nº 31999, Fundo San
Juan de Pariachi, Sector La Viña, ubicado en el distrito de
Ate, provincia y departamento de Lima;
Que, el terreno se encuentra inscrito en la Partida
Registral Nº 11810074 del Registro de Predios de la
Zona Registral Nº IX. Sede Lima (fs.02);
Que, con Informe Nº 126-2006-MML-GDU-SPHU-
DRD de fecha 5 de setiembre de 2006 (fs. 35), de la
División de Revisión de Diseño, se manifiesta que la
presente Habilitación cumple con los planes urbanos en
lo referente a zonificación, vías y aportes reglamentarios;
Que, mediante Informe Nº 344-2006-MML-GDU-
SPHU-AL de fecha 8 de setiembre (fs. 38 y 39), la Asesoría
Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones
Urbanas opinó que corresponde a esta Corporación en
arreglo a las facultades que goza y de acuerdo al Informe
Técnico, Ratificar la Resolución de Gerencia Nº 00054
(fs. 23 al 24), de fecha 10 de agosto de 2006, al haberse
verificado el cumplimiento de los Planes Urbanos respecto
a la Zonificación, Vías y a los Aportes Reglamentarios a
los que se encuentra afecto el terreno;
Con el visto bueno de la División de Revisión de
Diseño y de la Asesoría Legal de la Subgerencia de
Planeamiento y Habilitaciones Urbanas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, Ordenanzas
Metropolitanas Nº 292, Nº 341, Nº 371, Nº 776-MML,
Decreto de Alcaldía Nº 079, Resolución de Alcaldía
Nº 2546 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- RATIFICAR, la Resolución de Gerencia
Nº 00054 emitida con fecha 10 de agosto del 2006 por la
Municipalidad Distrital de Ate, que resuelve aprobar de
conformidad con el Plano signado con el Nº 034-2006-
SGPUC-GDU/MDA, la Regularización de Habilitación
Urbana Ejecutada Parcial del Programa de Vivienda “Los
Jazmines de San Juan” para Uso Residencial de Densidad
Media R4 del terreno de 9,700.00 m² constituido por las
Parcelas Nºs. 10697 y 10699, correspondiente al Lote
003 de la Manzana Catastral Nº 31999, Fundo San Juan
de Pariachi, Sector La Viña, ubicado en el distrito de Ate,
provincia y departamento de Lima, conforme a lo expuesto
en los considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2°.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la
COMPAÑÍA INMOBILIARIA CONSTRUCTORA Y DE
TRANSPORTES ESTRELLA ANDINA S.A - CICONTESA y
a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE, conforme a Ley.
Artículo 3°.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución
a la Oficina Registral de Lima y Callao, para su conocimiento
y fines pertinentes.
Artículo 4°.- PUBLICAR, la presente Resolución en
el Diario Oficial El Peruano a cargo de la administrada,
dentro de los 30 días siguientes de notificada la misma.
Comuníquese, regístrese y cúmplase.
MARIELLA BUENO OTINIANO
Subgerente
Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones
Urbanas
Gerencia de Desarrollo Urbano
03021-1
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
Prorrogan plazo para el cumplimiento
de obligaciones tributarias sustanciales
y/o formales a que se refiere la
Ordenanza Nº 166-MSI
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 017-2006-ALC/MSI
San Isidro, 13 de octubre de 2006
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE SAN ISIDRO
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza Nº 166-MSI, publicada el 16 de
setiembre de 2006, establece facilidades para la
regularización de obligaciones sustanciales y/o formales,
aplicable a los contribuyentes que tengan pendiente de
pago deudas tributarias (tributos y multas);
Que, la Segunda Disposición Final y Transitoria de la
Ordenanza 166-MSI, faculta al Alcalde de la Municipalidad
Distrital de San Isidro para que, mediante Decreto de
Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para su
cumplimiento y prorrogar su vigencia;
Que mediante Decreto de Alcaldía Nº 015-2006-MSI
del 29 de setiembre de 2006 se prorrogó la vigencia de la
Ordenanza Nº 166-MSI hasta el 16 de octubre de 2006;
Que, es necesario prorrogar por un plazo adicional,
la vigencia de la Ordenanza Nº 166-MSI a fin de brindar
a los contribuyentes las mayores facilidades para el
cumplimiento de sus obligaciones sustanciales y formales
de naturaleza tributaria;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 20º
Segunda Disposición Final y Transitoria de la Ordenanza
Nº 166-MSI publicada el 16 de setiembre de 2006;
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de
vigencia de la Ordenanza Nº 166-MSI hasta el 31 de
octubre de 2006, para el cumplimiento de las obligaciones
tributarias sustanciales y/o formales generadas a la fecha
de publicación del presente Decreto.
Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del
presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de
Sistemas y Gerencia de Finanzas.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
JORGE SALMÓN JORDÁN
Alcalde
03089-1

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