DECRETO SUPREMO N° 013-2009-SA - Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Salud y sus Órganos Desconcentrados

Fecha de publicación11 Julio 2009
Fecha de disposición11 Julio 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 11 de julio de 2009
398940
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA
TRANSITORIA
ÚNICA.- El presente Reglamento entrará en vigencia
a los seis (06) meses siguientes de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
371323-5
Aprobación del Texto Único de
Procedimientos Administrativos del
Ministerio de Salud y sus Órganos
Desconcentrados
DECRETO SUPREMO
Nº 013-2009-SA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 37° de la Ley N° 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, dispone que
el Texto Único de Procedimientos Administrativos
comprende, todos los procedimientos de iniciativa de
parte requeridos por los administrados para satisfacer sus
intereses o derechos, además de la descripción clara y
taxativa de todos los requisitos exigidos, su calif‌i cación, así
como la evaluación que corresponda y el pago de derecho
de trámite en caso proceda, para cada procedimiento
administrativo;
Que, los numerales 38.1 y 38.5 del artículo
38° de la Ley precitada, disponen que en caso la
modificatoria del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA, implique la creación de
nuevos procedimientos e incremento de derechos
de tramitación, corresponde que sea aprobado por
Decreto Supremo del Sector;
Que, mediante Decreto Supremo N° 017-2005-SA
se aprobaron los Textos Únicos de Procedimientos
Administrativos correspondientes al Ministerio de
Salud y a sus órganos desconcentrados y organismos
públicos descentralizados, los cuales deben
modificarse y adecuarse conforme al proceso de
descentralización;
Que, en tal virtud, resulta pertinente aprobar los Textos
Únicos de Procedimientos Administrativos del Ministerio
de Salud y sus órganos desconcentrados;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 38.1
del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General;
DECRETA:
Artículo 1º.- De la aprobación de los
procedimientos
Apruébense los requisitos y derechos de trámite de
los procedimientos administrativos del Ministerio de Salud
que forman parte del Anexo N° 01 del presente Decreto
Supremo.
Artículo 2º.- De la aprobación del Texto Único de
Procedimientos Administrativos
Apruébense los Textos Únicos de Procedimientos
Administrativos – TUPA que forman parte del presente
Decreto Supremo, correspondientes al Ministerio de Salud
y de sus Órganos Desconcentrados, que a continuación
se señalan:
í Ministerio de Salud
í Direcciones de Salud de Lima
í Institutos Especializados
í Hospitales de Lima
Artículo 3º.- De la Publicación
El presente Decreto Supremo será publicado en
el Diario Of‌i cial El Peruano, y los Textos Únicos de
Procedimientos Administrativos aprobados, en el Portal
de Servicios al Ciudadano y Empresas- PSCE (www.
serviciosalciudadano.gob.pe), y en el Portal Institucional
del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe).
Artículo 4º.- Derogación
Deróguese el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Salud y de sus órganos
desconcentrados aprobado por Decreto Supremo Nº 017-
2005-SA.
Artículo 5º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Salud.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los diez días
del mes de julio del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
OSCAR UGARTE UBILLUZ
Ministro de Salud
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Aprueban la NTS Nº 080-MINSA/DGSP-
V.01 “Norma Técnica de Salud que
establece el Esquema Nacional de
Vacunación” y designan voceros para
su difusión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 457-2009/MINSA
Lima, 9 de julio del 2009
Visto el Expediente Nº 08-066466-009, que contiene
el Informe Técnico Nº 028-2009-ESNI-DGSP/MINSA
y la Nota Informativa Nº 764-2009-DGSP/MINSA de la
Dirección General de Salud de las Personas y el Informe
Nº 411-2009-OGAJ/MINSA y la Nota Informativa Nº 522-
2009-OGAJ/MINSA;
CONSIDERANDO:
Que, el literal a) del artículo 24º de la Ley Nº 27657, Ley
del Ministerio de Salud, señala que la Dirección General
de Salud de las Personas es el órgano técnico-normativo
en los procesos relacionados a la atención integral de la
salud de la persona, categorización y acreditación de los
servicios de salud y la gestión sanitaria;
Que, el literal a) del artículo 41º del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,
aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, dispone
que la Dirección General de Salud de las Personas es el
órgano técnico normativo encargado entre otras funciones
la de proponer las políticas de salud, prioridades sanitarias
y estrategias de atención de salud de las personas y
el modelo de atención integral de salud, con alcance
sectorial e institucional;
Que, por Resolución Ministerial Nº 610-2007/MINSA,
del 31 de julio de 2007, se aprobó la Directiva Sanitaria Nº
014-MINSA/DGSP-V.01: “Esquema y Calendario Nacional
de Vacunación”, cuyo objetivo es establecer un esquema
y calendario ordenado de vacunación a nivel nacional,
para facilitar las intervenciones de inmunizaciones y
como f‌i nalidad contribuir a mejorar el nivel de salud
de la población mediante el control de enfermedades
inmunoprevenibles;
Que, mediante los documentos del visto, la Dirección
General de Salud de las Personas, remite para su
aprobación el proyecto de Norma Técnica de Salud que
establece el “Esquema Nacional de Vacunación”;
Con el visado del Director General de la Dirección
General de Salud de las Personas, de la Directora
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica y del
Viceministro de Salud;
De conformidad con lo establecido en el literal l) del
artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de
Salud;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la NTS Nº 080 -MINSA/DGSP-
V.01: “Norma Técnica de Salud que establece el Esquema
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