1067 292 - Aprueban ordenanza que establece aportes reglamentarios para habilitaciones urbanas en la provincia de Lima

Fecha de publicación29 Octubre 2000
Fecha de disposición29 Octubre 2000
Pág. 194496
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 29 de octubre de 2000
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE
LIMA
Aprueban ordenanza que establece
aportes reglamentarios para habili-
taciones urbanas en la provincia de
Lima ORDENANZA Nº 292
Lima, 17 de octubre de 2000
EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO DE
LIMA, ENCARGADO DE LA ALCALDIA
POR CUANTO:
EL CONCEJO METROPOLITANO, en Sesión de fecha 17 de
octubre de 2000, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
QUE ESTABLECE LOS APORTES REGLAMENTARIOS
PARA HABILITACIONES URBANAS EN LA PROVINCIA
DE LIMA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- OBLIGACION URBANISTICA.- Los propie-
tarios o titulares de predios o áreas rústicas sujetas a procesos de
habilitación urbana en la Provincia de Lima, sin distinción algu-
na, están sujetos a la obligación urbanística de efectuar o ceder los
aportes reglamentarios establecidos en la presente Ordenanza.
Artículo 2º.- TITULARIDAD MUNICIPAL.- Los aportes
reglamentarios provenientes de Habilitaciones Urbanas, de con-
formidad con lo dispuesto por los Artículos 85º y 86º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 23853, constituyen bienes de uso
público de titularidad y administración municipal.
Los aportes reglamentarios adquieren la condición de bienes
de uso público al momento de la aprobación del Plano de Lotiza-
ción de la respectiva habilitación urbana, mediante la correspon-
diente Resolución Administrativa.
Artículo 3º.- CONTROL ADMINISTRATIVO.- En cual-
quiera de los tipos de Habilitación Urbana previstos en el Título
II del Reglamento Nacional de Construcciones, sea con fines de
vivienda, industriales, comerciales y de otros usos, inclusive las
que se realicen por etapas, se deberá garantizar por las autorida-
des competentes el estricto cumplimiento de la obligación de los
titulares de ceder los aportes reglamentarios correspondientes,
bajo la responsabilidad legal que corresponda.
CAPITULO II
APORTES POR TIPOS DE HABILITACIONES
Artículo 4º.- APORTES DE HABILITACIONES CON FI-
NES DE VIVIENDA.- Las habilitaciones urbanas con fines de
RUC RAZON SOCIAL DIRECCION DISTRITO PROV. DEPART.
50 10697590 MATSUBARA MATSUMOTO JORGE AV. BELAUNDE OESTE 455 COMAS LIMA LIMA
51 10011736 MITSUI DEL PERU S.A. AV. CAMINO REAL 456 TORRE REAL PISO 10 SAN ISIDRO LIMA LIMA
52 10974089 MPS MAYORISTA DEL PERU S.A. AV. ESPAÑA 758 BREÑA LIMA LIMA
53 10200067 NETO SPORTS S.A. AV. DEL EJERCITO 514 MIRAFLORES LIMA LIMA
54 10059836 PERCY S.A. JR. PACHITEA Nº 377 - 381 LIMA LIMA LIMA
55 10010080 PERUANA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA S.A. CALLE CLEMENTE MARKLAND 610 MAGDALENA DEL MAR LIMA LIMA
56 10881137 PERUANA DE TRANSPORTES LIQUIDOS A GRANEL S.A.-TRA AV. ALCANFORES 393 102 MIRAFLORES LIMA LIMA
57 10012767 PFIZER S.A. AV. PASEO DE LA REPUBLICA 3074 Int:802 SAN ISIDRO LIMA LIMA
58 15144084 QUIJANO DE LA CRUZ MAXIMO MCD. MRISCAL R. CASTILLA PUESTO 517 CALLAO CALLAO CALLAO
59 38113909 S.C.C. IMPORTACIONES S.A.C. AV. NICOLAS ARRIOLA 314 Int:805 LA VICTORIA LIMA LIMA
60 32593445 SANTA ELENA EIRL. JR. JUAN JOSE CALLE 251 Int:A MIRAFLORES LIMA LIMA
61 25824636 SERVICIOS TECNICOS CORPORATIVOS SRL PROL.LOS AJENJOS 242 ATE LIMA LIMA
62 17140370 SOCIEDAD JUGUETERA S.A. AV. CAMINOS DEL INCA 166 SANTIAGO DE SURCO LIMA LIMA
63 10078423 STEEL INDUSTRY S.A. AV. MEXICO Nº 1005 LA VICTORIA LIMA LIMA
64 10032890 STIMGRAF S.A. AV. CANAVAL Y MOREYRA 595 URB. CORPAC SAN ISIDRO LIMA LIMA
65 10119529 TECNOLOGIA ELECTRICA PARA LA MINERIA E INDUSTRIA S. JR. BARTOLOME TRUJILLO Nº 143 - SAN ANTONI MIRAFLORES LIMA LIMA
66 37713147 TERAZA S.A. JR. EVARISTO SAN CRISTOBAL # 1421 LA VICTORIA LIMA LIMA
67 29671494 TUCMA S.A. AV. JOSE PARDO # 537 - OF. 1302 MIRAFLORES LIMA LIMA
68 11810276 V.L.S.I. COMPUTER S.A. CALLE IQUITOS 1468 LINCE LIMA LIMA
69 17972880 VAC 2000 S.A. SEBASTIAN TELLERIA 288 SAN ISIDRO LIMA LIMA
70 25866924 VIAS SALUD S.A. CALLE TRIPOLI 175 MIRAFLORES LIMA LIMA
71 26534631 VIDEO INTERNATIONAL PERU S.A. JOSE GALVEZ BARNECHEA 245 LIMA LIMA
72 10031591 VTA.Y TRANSP.DE COMBUST.Y AFINES STA.ROSA DE QUIVE JR. DIEZ CANSECO # 150 - OF. 703 MIRAFLORES LIMA LIMA
12406
vivienda de la Provincia de Lima estarán sujetas a la obligación
urbanística de efectuar o ceder los siguientes aportes reglamentarios:
TIPO DE APORTE APORTE PARA TOTAL
HABILI- PARA PARA SERVICIOS PUBLICOS APORTES
TACION RECREA- PARQUES COMPLEMENTARIOS
CION ZONALES
PUBLICA
En Al Ser- GRATUITO
la propia vicio de Al Ministerio Para
urbanización Parques De Educación otros fines
1 4% 6% 2% 1% 13%
27% 2% 2% 2% 13%
38% 2% 2% 2% 14%
410% 2% 2% -14%
523% 2% 2% 4% 31%
Los aportes para Parques Zonales en las Habilitaciones de
Tipo 4, únicamente serán exigibles por la autoridad competente
en el caso que con anterioridad a la fecha de vigencia de la presente
Ordenanza, no se hubiera otorgado autorización de venta garan-
tizada de los lotes resultantes de la habilitación.
Artículo 5º.- APORTES DE HABILITACIONES CON
FINES INDUSTRIALES, COMERCIALES Y OTROS USOS.-
Las habilitaciones con fines industriales, comerciales y de otros
usos en la Provincia de Lima, con exclusión de los aportes con fines
de Recreación Pública, estarán sujetas a la obligación urbanística
de efectuar o ceder los siguientes Aportes Reglamentarios:
TIPO DE APORTE APORTE APORTE TOTAL
HABILITACION PARA CON FINES DE PARA DE
PARQUES RENOVACION OTROS APORTES
ZONALES URBANA AFINES
Industria – % % % 10%
Tipos A y B
Comercio (con % % % 10%
exclusión del
comercio local o
vecinal)
Otros Usos (con % % % 10%
exclusión de las
habilitaciones
con fines recrea-
cionales)
Artículo 6º.- REDENCION DE APORTES EN DINERO.-
Los aportes para Parques Zonales y para renovación urbana a que
se encuentran obligados los titulares o responsables de las Habi-
litaciones con fines Industriales, Comerciales, de Otros Usos y
Preurbanas, podrán ser redimidos en dinero, de acuerdo a la
valorización comercial de las áreas, antes de la expedición de la
Resolución que apruebe los Proyectos de la Habilitación Urbana.
El monto de la redención en dinero de aportes para Parques
Zonales corresponde al Servicio de Parques de Lima - SERPAR -
LIMA, para su aplicación en el desarrollo de infraestructura de los
Parques Metropolitanos y Zonales de su administración.
Artículo 7º.- DE LAS SUBASTAS PUBLICAS.- Los
aportes para parques zonales que se entreguen en terreno útil
al Servicio de Parques de Lima - SERPAR - LIMA, serán
rematados en subasta pública, debiendo los recursos producto
de la misma, ser distribuidos de acuerdo a lo establecido en la
Ordenanza Nº 128-MML de 21 de octubre de 1997.

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