¿Apología?

Por Gonzalo Del Río. Abogado

El delito de apología sanciona a quien, públicamente, hace apología de un delito o de la persona que haya sido condenada como su autor o partícipe. Si la apología se hace respecto de un delito contra los poderes del Estado y el orden constitucional ?entre otros? la sanción aplicable se ubica entre los cuatro y seis años de pena privativa de libertad.

Hay quien ha dicho que ?la norma es clara?. Lo cierto es que es bastante parca. Además, el análisis en ningún caso se limita al artículo 316 del Código Penal. Es necesario establecer el delito que es materia de apología.

La imputación fiscal contra Gregorio Santos se ubica en el delito de apología de la rebelión (delito contra los poderes del Estado y el orden constitucional). El delito de rebelión sanciona al que se alza en armas para variar la forma de gobierno, deponer al gobierno legítimamente constituido o suprimir o modificar el régimen constitucional (art. 346 CP). En este contexto, la imputación fiscal tendría la obligación de establecer que Gregorio Santos realizó una exaltación pública dirigida a deponer al gobierno legítimamente constituido, a través de las armas.

¿Qué dijo Santos? Que había que sacar al presidente porque este no cumple su palabra y no honra sus compromisos. También dijo que en países vecinos (Ecuador y Bolivia) se sacó al presidente y, que dichos estados no desaparecieron. Es decir, Santos quiere deponer al gobierno legalmente constituido. De hecho, desconoce su legitimidad.

¿Existe apología del delito de rebelión? Santos repudia el orden constitucional vigente, pero no llega a plasmar una exaltación del delito de rebelión; no hay un llamado o incitación al alzamiento en armas. Y este dato es fundamental si se entiende que el principio de legalidad, en el derecho penal, no admite la analogía. La...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR