Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas

Fecha de disposición03 Octubre 1999
Fecha de publicación03 Octubre 1999
Pág. 179017
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 3 de octubre de 1999
Los bienes que he descrito son de mi propiedad, lo que
sustento con la documentación respectiva, libres de carga
hipotecaria o similares.
Acredito la insolvencia de la empresa con copia notariada
del último balance presentado a la SUNAT y debidamente
auditado, visado por Contador Público Colegiado;
_____________________________________________________________________.
Declaración Jurada de incapacidad de pago y propiedad
de los bienes y/o servicios que propongo a la Municipali-
dad de Santiago de Surco para el canje con mi deuda
tributaria.
Declaro que los datos consignados son ciertos, en caso
contrario estaré sujeto a las sanciones que las normas
legales disponen.
Santiago de Surco,
...........................................................
FIRMA DEL REPRESENTANTE
12632
MUNICIPALIDAD DE
VILLA MARIA DEL
TRIUNFO
Aprueban Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas
ORDENANZA Nº 018-99/MVMT
Villa María del Triunfo, 13 de setiembre de 1999
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA
MARIA DEL TRIUNFO
POR CUANTO:
En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 13
de setiembre de 1999, bajo la Presidencia del señor
Alcalde Distrital Dr. Washington Ipenza Pacheco; y
asistencia de los señores Regidores Wilfredo Enríquez
Palomino, Aurora Heredia C., Ana Sinche Rosales,
Emiliano Yrribarren Chamorro, Raquel Barriga Ve-
lazco, Francisca Zea Arancibia, Carlos Palomino Mal-
donado, Gina Casafranca Delgado, Sra. Cecilia Tait,
Sr. Carlos Mejía Escajadillo, María Lora Figueroa,
Javier Salas Zamalloa y Sr. David Romero Ríos ; se
trató sobre la Aprobación del Reglamento de Aplica-
ción de Sanciones (RAS); y,
CONSIDERANDO:
Art. 2º de la Ley Nº 23853 señala que las Municipalidades
son los órganos de Gobierno Local que tienen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, conforme al Artículo 115º de la Ley Nº 23853 -
Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas Munici-
pales pueden establecer las sanciones de multa, deco-
miso y clausura por infracción de sus disposiciones, sin
perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar
conforme a Ley;
Que, en la jurisdicción del distrito de Villa María del
Triunfo es necesario establecer un Régimen de Aplicación
de Sanciones (RAS) administrativas como un instrumen-
to jurídico actualizado y moderno, inmerso en el marco de
los principios de simplicidad, celeridad y eficacia que
consagra la Ley Nº 25035 - de Simplificación Administra-
tiva y el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas
Generales Procedimientos Administrativos aprobado por
D.S. Nº 02-94-JUS;
De conformidad con los Artículos 36º, Inc. 3) y 109º de
la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipalidades ; y con el
voto mayoritario de los señores Regidores, se aprueba la
siguiente:
ORDENANZA
REGLAMENTO DE APLICACION DE
SANCIONES ADMINISTRATIVAS (RAS)
CAPITULO I
GENERALIDADES
Artículo 1º.- El presente Reglamento de Aplicación
de Sanciones Administrativas en adelante RAS, norma el
procedimiento para la imposición y ejecución de sancio-
nes administrativas, por incumplimiento de las normas y
disposiciones Municipales precisadas en el Cuadro Unico
de Infracciones y Sanciones (CUIS) que se adjunta a la
presente. El RAS goza de carácter imperativo para todas
sus Unidades Orgánicas, las que se adecuarán a estas
disposiciones bajo responsabilidad de los funcionarios
competentes.
Artículo 2º.- El ámbito de aplicación del Reglamento
de Aplicación de Sanciones (RAS), se circunscribe a la
jurisdicción del distrito de Villa María del Triunfo.
Artículo 3º.- La Infracción es toda acción u omisión
que signifique incumplimiento e infrinja las disposiciones
municipales, las mismas que se encuentran detalladas en
el CUIS.
Artículo 4º.- Las sanciones administrativas que po-
drá imponer la Municipalidad, son económicas, demoli-
ción, decomiso y clausuras de locales, las mismas que
puede aplicarse en forma alternativa o simultáneamente.
Artículo 5º.- Los vecinos podrán formular denuncias
en forma individual o colectiva ante la Unidad de Fiscali-
zación Tributaria, por infracciones administrativas en las
que se sientan directamente afectados.
Las denuncias sobre las posibles infracciones se for-
mularán verbalmente o por escrito ante la Unidad de
Fiscalización, teniendo el denunciante el derecho de soli-
citar las reservas sobre la denuncia presentada. Las
denuncias verbales se registrarán en una Acta la cual será
suscrita por el denunciante.
El plazo para pronunciarse por la procedencia o no de
la denuncia es de treinta (30) días útiles. Si la denuncia
fuese maliciosa y/o carente de fundamento, se impondrá
a los denunciantes una sanción de acuerdo a lo establecido
en el CUIS.
Artículo 6º.- Para el efectivo cumplimiento de las
Sanciones Administrativas, la Municipalidad recurrirá a
sus Organismos dependientes, así como el apoyo de la
Policía Nacional en caso necesario.
Artículo 7º.- El procedimiento de la aplicación, ejecu-
ción e impugnación de sanción Administrativa se rige,
además; por lo dispuesto en la Ley Nº 23853 - Orgánica de
Municipalidades; Ley Nº 25035 de Simplificación Admi-
nistrativas y su Reglamento; Ley Nº 26979 de Procedi-
miento Coactivo; Decreto Supremo Nº 135-99-EF, que
aprueba el Texto Unico Ordenado del Código Tributario
y D.S. Nº 02-94-JUS, que aprueba el Texto Unico Ordena-
do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos
Administrativos.
CAPITULO II
ORGANOS COMPETENTES
Artículo 8º.- Las Notificaciones de multa serán im-
puestas por la Policía Municipal y por el personal de la
Unidad de Fiscalización Tributaria de la Oficina de Ren-
tas, en coordinación con las Direcciones y áreas involucra-
das, teniendo como sustento legal el presente Reglamen-
to. Artículo 9º.- La Oficina de Rentas se encargará de
distribuir las notificaciones de multa; asimismo se encar-
gará de llevar un registro de notificaciones y sanciones
emitidas, y de su cobranza ordinaria, así como el trámite
de cobranza coactiva, decomiso, demolición, clausura y
otros.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR