1076 037-2003-A/MDC - Aprueban Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas

Fecha de publicación30 Enero 2004
Fecha de disposición30 Enero 2004
Pág. 260915
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 30 de enero de 2004
Exoneran pago de derechos de licencia
de construcción de obra a realizarse por
congregación religiosa para proyecto de
centro educativo
ORDENANZA Nº 103-2004-MDB
Breña, 20 de enero del 2004
VISTO:
En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido
de la Comisión de Servicios a la Ciudad sobre la Exonera-
ción de Pago de Licencia de Construcción de la obra del
proyecto del Colegio Nuestra Señora del Buen Consejo -
Pabellón Primaria de la Congregación de Religiosas
Franciscanas de Nuestra Señora del Buen Consejo;
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 9º de la Ley Orgánica de Municipa-
lidades Nº 27972, establece que es atribución del Concejo
Municipal exonerar sus contribuyentes, tasas, arbitrios, li-
cencias y derechos, conforme a ley;
Que, la Congregación de Religiosas Franciscanas de
Nuestra Señora del Buen Consejo ha solicitado se le exo-
nere del pago de los derechos de Licencias de Construcción
del proyecto del Colegio Nuestra Señora del Buen Conse-
jo, que constituye un proyecto que va a cumplir una función
social educativa a favor de la niñez del distrito;
su artículo 192º, numeral 3, que los gobiernos locales tie-
nen competencia para crear, modificar y suprimir contribu-
ciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales;
Que, el Decreto Legislativo Nº 816 del Código Tribu-
tario en su Norma IV, precisa que los gobiernos locales
mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus
contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar
de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que
señala la Ley;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de
Unanimidad se aprobó lo siguiente:
ORDENANZA
Artículo Único.- EXONERAR del pago de derechos
de Licencia de Construcción de la obra a realizar por la
Congregación de Religiosas Franciscanas de Nuestra Se-
ñora del Buen Consejo para su proyecto del Colegio de
Nuestra Señora del Buen Consejo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
CARLOS SANDOVAL BLANCAS
Alcalde
01866
Establecen remuneración del alcalde y
dieta de regidores
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 002-MDB
Breña, 14 de enero de 2004
VISTO:
En Sesión Ordinaria de la fecha; el pedido formulado
por el señor Regidor José Luis Vilca Meléndez, sobre
aprobación de la remuneración del señor Alcalde y Dieta
de los señores Regidores;
CONSIDERANDO:
Que, los Artículos , 12º y 21º de la Ley Nº 27972 Ley
Orgánica de Municipalidades que establece el Régimen de
Dietas de los señores Regidores, y la remuneración del
señor Alcalde;
Que, los regidores desempeñan su cargo a tiempo par-
cial y tienen derecho a dietas fijadas por acuerdo de con-
cejo municipal dentro del primer trimestre del primer año
de gestión, el acuerdo que las fija será publicado obligato-
riamente bajo responsabilidad;
Que, el alcalde provincial o distrital, según sea el caso,
desempeña su cargo a tiempo completo, y es rentado me-
diante una remuneración mensual fijada por acuerdo de
concejo municipal dentro del primer trimestre del primer
año de gestión, el acuerdo que la fija será publicado obli-
gatoriamente bajo responsabilidad;
Que, el monto de la dietas, y el monto mensual de la
remuneración del alcalde es fijado discrecionalmente de
acuerdo a la real y tangible capacidad económica del go-
bierno local, previas las constataciones presupuestales del
caso, no pueden otorgarse más de cuatro dietas mensua-
les a cada regidor, las dietas se pagan por asistencia efec-
tiva a las sesiones, asimismo la remuneración del alcalde
podrá ser incrementada anualmente con arreglo a ley , siem-
pre y cuando se observe estrictamente las exigencias pre-
supuestales y económicas propias de su remuneración;
De conformidad con los Artículos 9º,12º y 21º de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972; por Unanimidad y
con dispensa del trámite de aprobación del acta;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- MANTENER para el año 2004, en
S/. 7,000.00 (Siete Mil y 00/100 Nuevos Soles) la remune-
ración mensual correspondiente al cargo del señor Alcal-
de, asimismo el equivalente de S/. 2,550.00 (Dos Mil Qui-
nientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) la dieta que
percibirán los señores Regidores por asistencia efectiva a
cada Sesión Ordinaria, con un máximo de dos Sesiones
por mes, monto que fueran fijados durante el año 2002.
Artículo Segundo.- Mantener la vigencia para el pre-
sente ejercicio del artículo segundo del Acuerdo de Con-
cejo Nº 004-97-MDB, en lo que respecta al descuento por
inasistencia a Sesiones Extraordinarias, ascendente al
importe de S/. 900.00.
Artículo Tercero.- DÉJESE sin efecto cualquier otra
disposición que se oponga al presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese y archívese.
CARLOS SANDOVAL BLANCAS
Alcalde
01860
MUNICIPALIDAD
DE CARABAYLLO
Aprueban Reglamento de Aplicación de
Sanciones Administrativas
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 037-2003-A/MDC
Carabayllo,
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CARABAYLLO
POR CUANTO:
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha el
Proyecto de Ordenanza sobre el Reglamento de Aplica-
ción de Sanciones Administrativas de la Municipalidad de
Carabayllo y el Cuadro de Infracciones y Sanciones Admi-
nistrativas y Escala de Multas;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado y la Ley Orgá-
nica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establecen que las
Municipalidades son Órganos de Gobierno Local con au-
tonomía Política, Económica y Administrativa, en los asun-
tos de su competencia;
Que, en virtud de dicha autoría, las municipalidades
están facultadas para regular aquellas materias que se
encuentran dentro de su competencia, pudiendo esta-
blecer sanciones de multa, decomiso, retención de pro-
ductos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamen-

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