Aplicación del Derecho

AutorMarcial Rubio Correa
Páginas217-218
Hasta aquí, hemos trabajado algunos insumos fundamentales para el conocimiento de lo
que es el Derecho: su relación con el Estado, la norma jurídica como uno de los compo-
nentes esenciales, y las fuentes del Derecho, que son los procedimientos reconocidos para
crear normas válidamente y estatuir principios generales.
Sin embargo, el sistema jurídico se aplica a las conductas sociales. En buena cuenta, para
ello existe. Nos toca en esta parte desarrollar los aspectos fundamentales de esta proble-
mática con el objetivo de suministrar los conocimientos principales de la utilización del
Derecho.
Tres capítulos están dedicados a ello: el de interpretación jurídica, el de integración jurídica
y el de aplicación del Derecho en el tiempo y el espacio.
En principio, la aplicación del Derecho debiera suponer la identicación de las normas y su
cumplimiento en la realidad. Sin embargo, el asunto es más complejo. Hasta aquí hemos
visto qué es y qué no es norma jurídica (fuentes del Derecho) y qué dice la norma jurídica
misma desde su estructura interna lógico-jurídica.
No obstante, a menudo se presentan diversos problemas encadenados sucesivamente. El
primero consiste, como hemos visto, en que la norma puede querer decir algo distinto
o complementario a lo que realmente dice. Estudiada en abstracto, o en aplicación a un
caso concreto, la norma puede efectivamente presentar problemas de comprensión sobre
el sentido de lo que prescribe como conducta a seguir. Este es el campo propio de la teoría
de la interpretación jurídica.
Un segundo problema consiste en que, a veces, el conjunto de las normas existentes no
aporta solución alguna a una situación social determinada que, se considera, debe merecer
una respuesta jurídica. Más exactamente, un suceso de la realidad debería ser normado
por el Derecho en sus consecuencias, pero no está exactamente previsto en el supuesto
de ninguna norma. Nos encontramos ante lo que se denomina una laguna del Derecho y,
en tal situación, el instrumental metodológico de solución es aportado por la teoría de la
integración jurídica.
Un tercer problema consiste en que puede ocurrir que un mismo hecho o sus consecuen-
cias reciban dos respuestas jurídicas distintas en virtud de una norma antigua derogada y
otra que la sustituye. Es un problema de aplicación de las normas en el tiempo y da origen

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