Se modifica la Directiva aplicable a los Directores de las Empresas en las que FONAFE participa como Accionista

Fecha de disposición04 Octubre 2006
Fecha de publicación04 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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329562 El Peruano
miércoles 4 de octubre de 2006
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
FONAFE
Se modifica la Directiva aplicable a los
Directores de las Empresas en las que
FONAFE participa como Accionista
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 004-2006/025-FONAFE
Se comunica que mediante Acuerdo Nº 004-2006/
025-FONAFE, correspondiente a la Sesión del Directorio
de FONAFE instalada con fecha 27 de setiembre de
2006, se aprobó lo siguiente:
1. Modificar, en el marco del Código del Buen
Gobierno Corporativo de Empresas del Estado, el artículo
10º de la Directiva aplicable a los Directores de las
empresas en las que FONAFE participa como accionista,
aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 002-2004/
008-FONAFE, conforme al siguiente texto:
"Artículo 10º.- Los presidentes de directorio
sujetos al régimen de retribución mensual aprobado
por el Directorio de FONAFE, no pueden mantener
vínculo laboral con la empresa en que ejercen sus
funciones. Las personas designadas para dicho
cargo, deberán suscribir un contrato de locación de
servicios con la respectiva empresa. En dicho
contrato no se podrá establecer beneficios
adicionales a los establecidos en los acuerdos,
directivas o disposiciones de FONAFE, debiéndose
señalar en dicho contrato todos los bienes, servicios,
recursos, personal y demás facilidades que resulten
necesarios para el ejercicio de su función y que serán
puestos a su disposición.
Las funciones que corresponden a los presidentes
de directorio sujetos al régimen de retribución mensual
son las que se detallan a continuación, las mismas
que deberán ser incorporadas sus respectivos
contratos:
1. Participar, conjuntamente con la gerencia, en el
seguimiento de los objetivos y metas del Plan Estratégico
aprobado por el Directorio de la empresa, buscando dar
cumplimiento a la misión de la misma.
2. Coordinar directamente con los miembros del
Directorio de la empresa, informándolos acerca de las
decisiones de FONAFE y acerca de los temas relevantes
para el desarrollo de la empresa.
3. Cooperar con la gerencia en la elaboración del
Presupuesto Anual de la empresa, así como presentarlo
y sustentarlo ante FONAFE, de tal manera que el
Presupuesto refleje un manejo prudente de los recursos
de la empresa de acuerdo a las normas vigentes.
4. Ser el portavoz de la empresa ante los medios,
autoridades, grupos de interés y la comunidad en general,
brindando información acerca de la empresa, en
coordinación con su Directorio. Participar en el diseño
de la imagen institucional de la empresa.
5. Coordinar con la gerencia las acciones de
fortalecimiento y supervisión del sistema de control
interno.
6. Brindar, como Director, anualmente y cuando sea
requerido por FONAFE, un informe de gestión
relacionado con los temas relevantes de la marcha de la
empresa, en base a los formatos que emita la Dirección
Ejecutiva de FONAFE. Este informe se presentará
también al cese de la función.
7. Aprobar la agenda del Directorio.
8. Las demás funciones establecidas por la Ley
General de Sociedades y las que por ley especial le
correspondan como Presidente y miembro del Directorio.
Estas funciones deben ser ejercidas en coordinación
con el Directorio de la empresa."
2. Encargar a la Dirección Ejecutiva la realización de
las acciones necesarias para la implementación del
presente Acuerdo.
3. Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura
y aprobación previa del Acta.
HILDA SANDOVAL CORNEJO
Directora Ejecutiva
02712-1
I P E N
Precisan que no se incluirá el factor P
en fórmula a que se refiere la Res.
110-06-IPEN/PRES, cuando el
servicio sea realizado en la Zona 6
INSTITUTO PERUANO DE ENERGÍA NUCLEAR
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
Nº 125-06-IPEN/PRES
Lima, 29 de setiembre de 2006
VISTO: El Proveído Nº 2164-06-EJEC, de fecha 14
de setiembre, del Director Ejecutivo y el Memorándum
Nº 332-06-SERV, de fecha 12 de agosto de 2006, del
Director General de Seguridad Radiológica, sobre Tarifas
de Bienes y Servicios;
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM
establece que las tarifas de bienes y servicios que
comercializan las entidades del sector público deberán
ser aprobadas por el Titular del Pliego, debiendo ser
publicadas en el Diario Oficial;
Que, mediante Resolución de Presidencia Nº 110-
06-IPEN/PRES, publicada en el Diario Oficial El Peruano
el día 13 de agosto de 2006, se aprobó la versión
actualizada de la Tarifa de los Servicios que presta la
Dirección General de Seguridad Radiológica;
Que, la nota c) del Artículo Primero de la citada
Resolución de Presidencia estableció como fórmula para
el cálculo del monto total a pagarse: (PB+P+Z) + IGV. En
donde;
PB = Precio Base
P = Permanencia
Z = Zona de ejecución del Servicio (por transporte)
Que, con el memorándum de visto, el Director General
de Seguridad Radiológica informa que cuando el servicio
se realiza dentro de la zona de Lima Metropolitana y la
Provincia Constitucional del Callao, es innecesario cobrar
el concepto de permanencia (P), razón por la cual es
menester precisar dicho extremo de la Resolución de
Presidencia Nº 110-06-IPEN/PRES;
De conformidad con el artículo 9º del Reglamento de
Organización y Funciones del IPEN, aprobado por
Decreto Supremo Nº 062-2005-EM;
Con el visto del Director Ejecutivo, del Director
General de Administración (e) y de la Directora General
de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Precisar que no se incluirá el
factor P (Permanencia), en la fórmula descrita en la nota
c) del Artículo Primero de la Resolución de Presidencia
Nº 110-06-IPEN/PRES, cuando el servicio sea realizado
en la zona 6 (Lima Metropolitana y Provincia Constitucional
del Callao).
Artículo Segundo.- Encargar al Secretario General
la publicación de la presente Resolución en el Diario
Oficial El Peruano, así como en la página web de la
Institución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MODESTO MONTOYA ZAVALETA
Presidente
02646-1

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