172 Nº 235-2007-SUNARP/SN - Autorizan creación, apertura y funcionamiento de Oficina Receptora en la provincia de Ayabaca, departamento de Piura y de Oficina Registral en la provincia de Espinar, departamento de Cusco
Fecha de disposición | 08 Septiembre 2007 |
Fecha de publicación | 08 Septiembre 2007 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 8 de setiembre de 2007
352880
Artículo 2º.- VIGENCIA
La presente resolución entrará en vigencia a partir del
día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LAURA CALDERÓN REGJO
Superintendente Nacional
Superintendencia Nacional de
Administración Tributaria
105701-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Designan funcionario responsable de
brindar información en el marco de
la Ley N° 27806, en la Zona Registral
N° VI - Sede Pucallpa
RESOLUCIÓN DEL GERENTE GENERAL
DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
N° 078-2007-SUNARP/GG
Lima, 29 de agosto de 2007
VISTO, el Ofi cio N° 405-2007/ZR.N°VI-SP-JEF de
fecha 20 de agosto de 2007, mediante el cual la Jefatura
de la Zona Registral N° VI – Sede Pucallpa, solicita
la designación del funcionario responsable de brindar
información dentro del marco de la Ley N° 27806, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública y el Texto
Unico Ordenado de la misma, en adelante TUO, Decreto
Supremo N° 043-2003-PCM, en dicha Zona Registral;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, tiene por fi nalidad promover la
transparencia de los actos del Estado y regular el derecho
fundamental del acceso a la información establecido en
Perú;
Que, en virtud del Reglamento de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información, aprobado por
Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, se estableció en
su artículo 4°, la obligatoriedad de la designación de los
funcionarios responsables de entregar la información y de
elaborar el Portal de Transparencia para las Entidades que
cuenten con ofi cinas desconcentradas, a fi n de tramitarse
la solicitud de información con mayor celeridad;
Que, con documento de Visto, la Jefatura de la
Zona Registral propone los nombres de los funcionarios
encargados de brindar información en el marco de la Ley
N° 27806 y el TUO de la misma, aprobado por Decreto
Supremo N° 043-2003-PCM, en las distintas Ofi cinas
Registrales de dicha Zona Registral;
Que, mediante Resolución N° 201-2007-SUNARP/SN
de 06 julio de 2007, se delegó a la Gerencia General, entre
otras funciones, la facultad de designar a los funcionarios
responsables de brindar información requerida de
conformidad a lo dispuesto con la Ley N° 27806 y el TUO
de la misma.
De conformidad a la Ley N° 27806, Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, al TUO
de la misma, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-
PCM; así como a su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo N° 072-2003-PCM; a la facultad delegada por
Resolución N° 201-2007-SUNARP/SN y al literal m) del
artículo 14° del Estatuto de la SUNARP, aprobado por
Resolución Suprema N° 135-2002-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al siguiente funcionario
de la Zona Registral N° VI – Sede Pucallpa, como
responsable de brindar información que se solicite en el
marco de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, al TUO de la misma, aprobado
por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM; así como a su
Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-
2003-PCM.
Ofi cina Registral Nombre del responsable
Ofi cina Registral de Pucallpa CPC Máximo Román Guizado Estrada
Regístrese, comuníquese y publíquese,
LUIS ROBLES RECAVARREN
Gerente General
104997-1
Autorizan creación, apertura y funcio-
namiento de Oficina Receptora en la
provincia de Ayabaca, departamento
de Piura y de Oficina Registral en la
provincia de Espinar, departamento de
Cusco
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Nº 235-2007-SUNARP/SN
Lima, 6 de septiembre de 2007
VISTO, el Acuerdo de la Sesión de Directorio Nº 222
del 5 de setiembre de 2007;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26366 se creó la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
SUNARP, Organismo Público Descentralizado Autónomo
del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de
los Registros Públicos, cuyo objetivo principal es dictar
las políticas y normas técnico - administrativas de los
Registros Públicos;
Que, de acuerdo con la política de descentralización
impulsada por el Gobierno Central, esta Superintendencia
considera prioritario facilitar el acceso a los servicios
registrales de la población de menores recursos y
sectores más alejados de las ciudades, de tal manera
que se ha previsto la implementación y funcionamiento
de una Ofi cina Receptora en la provincia de Ayabaca,
departamento de Piura;
Que, la Zona Registral Nº I - Sede Piura, Organo
Desconcentrado de la Superintendencia Nacional de los
Registros Públicos, tiene ámbito geográfi co y competencia
registral en los departamentos de Piura y Tumbes; por lo
cual, corresponde que la Ofi cina Receptora de Ayabaca,
se ubique dentro de la jurisdicción de la mencionada Zona
Registral;
Que, la Ofi cina Receptora contará con las condiciones
materiales y personales necesaria para que los usuarios
de la provincia de Ayabaca y provincias aledañas, puedan
solicitar los servicios registrales que correspondan y
recibirlos en forma oportuna y adecuada;
Que, conforme al Acuerdo adoptado en Sesión del
Directorio Nº 222 del 5 de setiembre de 2007, en uso
de la facultad conferida por el literal c) del artículo 12º
del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolución
Suprema Nº 135-2002-JUS, y del v) del artículo 7º del
mismo texto normativo;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- AUTORIZAR, la creación, apertura
y funcionamiento de la Ofi cina Receptora ubicada en la
provincia de Ayabaca, departamento de Piura, bajo la
jurisdicción de la Zona Registral Nº I - Sede Piura, la misma
que podrá brindar orientación de los servicios registrales,
así como realizar la recepción de todas las solicitudes
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