Disponen que el Ministerio de Educación asuma cuota anual por APAFA en centros educativos públicos cuyo pago corresponde a afectados por fenómenos naturales

Fecha de publicación14 Marzo 1998
Fecha de disposición14 Marzo 1998
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Director: Enrique Sánchez Hernani
Lima, sábado 14 de marzo de 1998 AÑO XVI - Nº 6471 Pág. 158117
P C M
Ratifican Acuerdo que autoriza viaje
de Presidente y Director Ejecutivo de
la COPRI para participar en eventos a
realizarse en Colombia
RESOLUCION SUPREMA
Nº 137-98-PCM
Lima, 11 de marzo de 1998
CONSIDERANDO:
Que del 16 al 18 de marzo de 1998 se llevará a cabo en
la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, la Trigésima
Novena Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores
del Banco Interamericano de Desarrollo y la Decimotercera
Reunión Anual de la Asamblea de Gobernadores de la
Corporación Interamericana de Inversiones;
Que, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de fecha
3 de marzo de 1998, la Comisión de Promoción de la
Inversión Privada - COPRI, autorizó el viaje del doctor
Jorge González Izquierdo, Ministro de Trabajo y Promoción
Social y Presidente de la COPRI y del señor Ernesto Mitsu-
masu Fujimoto, Director Ejecutivo de la COPRI, a los
eventos referidos en el considerando anterior;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo
Nº 163-81-EF, Decreto Supremo Nº 031-89-EF y Decreto
Supremo Nº 135-90-PCM y el Acuerdo de la Comisión de
Promoción de la Inversión Privada - COPRI referido en el
considerando anterior;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por la Comi-
sión de Promoción de la Inversión Privada - COPRI confor-
me al cual se autoriza el viaje del doctor Jorge González
Izquierdo, Ministro de Trabajo y Promoción Social y Presi-
dente de la COPRI del 14 al 17 de marzo de 1998 y del señor
Ernesto Mitsumasu Fujimoto, Director Ejecutivo de la
COPRI del 14 al 18 de marzo de 1998, a la ciudad de
Cartagena de Indias, Colombia, a fin de que asistan al
evento al que se refiere el primer considerando de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el viaje de las
personas antes mencionadas, se efectuarán con cargo al
Presupuesto de la Unidad Ejecutora 002, Dirección Ejecu-
tiva FOPRI-COPRI, del Pliego 012 del Ministerio de Traba-
jo y Promoción Social, de acuerdo con el siguiente detalle:
Jorge González Izquierdo
- Pasaje :US$ 1,154.26
- Viáticos :US$ 1,000.00
- Tarifa CORPAC :US$ 25.00
Ernesto Mitsumasu Fujimoto
- Pasaje :US$ 1,070.26
- Viáticos :US$ 1,200.00
- Tarifa CORPAC :US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución no otorga derecho
a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cua-
lesquiera fuese su denominación o clase.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por
el Ministro de Trabajo y Promoción Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
JORGE GONZALEZ IZQUIERDO
Ministro de Trabajo y Promoción Social
2849
Encargan la Cartera de Trabajo y
Promoción Social a la Ministra de Pro-
moción de la Mujer y del Desarrollo
Humano RESOLUCION SUPREMA
Nº 140-98-PCM
Lima, 11 de marzo de 1998
CONSIDERANDO:
Que, el doctor Jorge González Izquierdo, Ministro de
Trabajo y Promoción Social, se ausentará del país del 14 al
17 de marzo del presente año, para atender asuntos de
carácter oficial;
Que, en consecuencia, es necesario encargar la Cartera
de Trabajo y Promoción Social;
De conformidad con el Artículo 127º de la Constitución
Política; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Encargar la Cartera de Trabajo y
Promoción Social a la Dra. Miriam Schenone Ordinola,
Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Huma-
no, a partir del 14 de marzo del presente año y en tanto dure
la ausencia del titular.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
2850
EDUCACION
Disponen que el Ministerio de Educa-
ción asuma pago de cuota anual por
APAFA en centros educativos públi-
cos cuyo pago corresponde a afecta-
dos por fenómenos naturales
DECRETO SUPREMO
Nº 008-98-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Pág. 158118
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 14 de marzo de 1998
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política
del Perú, la educación tiene por finalidad el desarrollo
integral de la persona humana, siendo deber del Estado
asegurar que nadie se vea impedido de recibir la educación
adecuada por razones de su situación económica u otro tipo
de limitación;
Que, la norma constitucional establece que la educación
inicial, primaria y secundaria son obligatorias y que deben
brindarse en forma gratuita en los centros educativos
públicos, para lo cual el Poder Ejecutivo por intermedio del
Ministerio de Educación ha dictado las medidas pertinentes
a fin de garantizar la matrícula en el presente año escolar,
sin estar condicionada a pago previo alguno;
Que, en el caso de las zonas afectadas por los recientes
fenómenos naturales, resulta necesario dictar las medidas
especiales para dar el apoyo que requieren las familias
damnificadas a fin de que puedan ser liberadas del pago de
la contribución anual de 1998, por Asociación de Padres de
Familia - APAFA al correspondiente Centro Educativo
Público;
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 13º, 16º
y 17º de la Constitución Política del Perú, el Decreto Ley Nº
25762, su modificatoria Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo
Nº 002-95-ED;
DECRETA:
Artículo 1º.- En los Centros Educativos Públicos de
educación inicial, primaria, secundaria y en la modalidad
de educación especial, el Ministerio de Educación, asumirá
la contribución de la cuota anual de 1998 por Asociación de
Padres de Familia - APAFA, que corresponda a las familias
damnificadas de las zonas afectadas por los fenómenos
naturales.
Artículo 2º.- Los recursos que se requieran para el
cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 1º del presente
Decreto Supremo serán afectados al Pliego 10 Ministerio de
Educación, para lo cual se le autoriza a efectuar las modi-
ficaciones presupuestarias que sean necesarias, según lo
dispuesto en la Ley Nº 26703, su modificatoria la Ley Nº
26884 y la normatividad presupuestal vigente.
Artículo 3º.- El Ministerio de Educación queda autori-
zado a dictar las medidas complementarias correspondien-
tes, para la debida aplicación de lo dispuesto en el presente
Decreto Supremo, así como aquéllas requeridas para iden-
tificar o acreditar la condición de los damnificados benefi-
ciarios.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refren-
dado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro
de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el trece de marzo
de mil novecientos noventa y ocho.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
JORGE CAMET DICKMANN
Ministro de Economía y Finanzas
DOMINGO PALERMO CABREJOS
Ministro de Educación
2858
RELACIONES
EXTERIORES
Oficializan la "XXIII Reunión Consulti-
va del Tratado Antártico (RCTA)", a
realizarse en la ciudad de Lima
RESOLUCION SUPREMA
Nº 106-98-RE
Lima, 12 de marzo de 1998
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a la práctica seguida en las Reuniones
Consultivas del Tratado Antártico (RCTA), corresponde a la
República del Perú, organizar la "XXIII Reunión Consulti-
va del Tratado Antártico (RCTA)", en la ciudad de Lima, del
24 de mayo al 4 de junio de 1999;
Que para tal efecto, deberán realizarse trabajos prepa-
ratorios y consultas con representantes de las Instituciones
que conforman la Comisión Nacional de Asuntos Antárticos
(CONAAN), durante el presente año;
Teniendo en cuenta la Directiva (GAB) Nº 12-98, del
Gabinete del señor Ministro, de 15 de enero de 1998; y la
Hoja de Trámite (GAC) Nº 0722, del Gabinete de Coordi-
nación del señor Viceministro y Secretario General de
Relaciones Exteriores, de 4 de marzo de 1998;
De conformidad con los Artículos 1º y 4º del Decreto
Supremo Nº 0006-76-RE, de 27 de octubre de 1976; y el
inciso m) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley
Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores;
SE RESUELVE:
1º.- Oficializar la "XXIII Reunión Consultiva del Trata-
do Antártico (RCTA)", organizado por el Ministerio de
Relaciones Exteriores, que se llevará a cabo en la ciudad de
Lima, del 24 de mayo al 4 de junio de 1999.
2º.- Los gastos que ocasione la organización del evento
que se oficializa por la presente Resolución, serán cubiertos
con cargo al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relacio-
nes Exteriores.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
EDUARDO FERRERO COSTA
Ministro de Relaciones Exteriores
2851
Nombran representante del Perú ante
la Unión Latina, con sede en París,
República Francesa
RESOLUCION SUPREMA
Nº 108-98-RE
Lima, 13 de marzo de 1998
Visto el Memorándum (DGM-ASE-OTE) Nº 035-98, de
la Dirección General de Política Multilateral, de 23 de
febrero de 1998;
De conformidad con el inciso 12) del Artículo 118º de la
Constitución Política del Perú; y, el Decreto Legislativo Nº
894, Ley del Servicio Diplomático de la República; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
SE RESUELVE:
Nombrar a la Representante Permanente del Perú ante
la Organización de las Naciones Unidas para la Educación,
la Ciencia y la Cultura (UNESCO), doctora María Luisa
Federici Soto, como Representante del Perú ante la Unión
Latina, con sede en París, República Francesa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
EDUARDO FERRERO COSTA
Ministro de Relaciones Exteriores
2852
Nombran Embajador concurrente ante
el Gobierno de la República de Chipre
RESOLUCION SUPREMA
Nº 109-98-RE
Lima, 13 de marzo de 1998

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR