07 015-2004-GG-OSITRAN 016-2004-GG-OSITRAN - Aprueban propuestas de Compromisos de Cese de ENAPU S.A., por prácticas anticompetitivas en Terminales Portuarios de San Martín y Salaverry

Fecha de publicación03 Abril 2004
Fecha de disposición03 Abril 2004
Pág. 266017
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 3 de abril de 2004
OSITRAN, 2) Ley Nº 27332 Ley Marco de Organismos Re-
guladores de la Inversión Privada en Servicios Públicos, 3)
Ley Nº 27631 Ley que precisa la Ley Marco Nº 27332, 4)
Decreto Supremo Nº 010-2001 PCM Reglamento General de
OSITRAN y, 5) Decreto Supremo Nº 032-001-PCM Regla-
mento de la ley Marco de Organismos Reguladores;
Que, el 17 de marzo de 2004 la Gerencia de Supervi-
sión ha emitido el Informe Nº 087-04-GS-A2-OSITRAN, el
cual concluye que ENAPU S.A., ha incumplido reiterada-
mente con decisiones de OSITRAN, que lo obligaban a
continuar con el proceso de subasta para brindar el servi-
cio de estiba de concentrados de mineral, la cual se en-
cuentra tipificada en los artículos 21º "Infracciones relati-
vas a la obligación de brindar acceso" y 42º "Incumplimiento
de la orden de cese de la situación infractora" del Regla-
mento de Infracciones y Sanciones aprobado por Resolu-
ción del Consejo Directivo Nº 023-2003-CD7OSITRAN, el
cual es de aplicación por el principio de retroactividad be-
nigna prevista en su primera disposición transitoria;
Que, el citado informe recomienda imponer como san-
ción a ENAPU S.A., una multa de 528 UIT calculada con el
valor de la UIT vigente al momento que se efectúe el pago;
Que en aplicación del principio de retroactividad benig-
na prevista en la Primera Disposición Transitoria del nuevo
Reglamento de Infracciones y Sanciones que se encuen-
tra vigente, se debe imponer una multa de 528 UIT's;
Que, luego de la revisión del Informe y la Nota de vis-
tos, esta Gerencia los hace suyos y en consecuencia los
incorpora íntegramente a la parte considerativa de la pre-
sente resolución;
Por lo antes expuesto;
SE RESUELVE:
Primero.- Declarar que ENAPU S.A., ha incumplido
reiteradamente con decisiones de OSITRAN indicadas en
el Informe Nº 087-04-GS-A2-OSITRAN, al negarse a con-
tinuar con el proceso de subasta para brindar el servicio
de estiba de concentrados de mineral. Estando dicha in-
conducta tipificada en los artículos 21º y 42º del Regla-
mento de Infracciones y Sanciones aprobado por Resolu-
ción de Consejo Directivo Nº 023-2003-CD/OSITRAN.
Segundo.- Disponer como sanción a la Empresa Na-
cional de Puertos S.A., una multa equivalente a 528 UIT's
calculada con el valor de la UIT vigente al momento en que
se efectúe el pago.
Tercero.- Notificar la presente Resolución a la Empre-
sa Nacional de Puertos S.A., y al Ministerio de Transportes
y Comunicaciones;
Cuarto.- Publicar la presente Resolución en el Diario
Oficial El Peruano y en la página web de OSITRAN.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ALFARO MARTIJENA
Gerente General
06600
Aprueban propuestas de Compromisos
de Cese de ENAPU S.A., por prácticas
anticompetitivas en Terminales Portua-
rios de San Martín y Salaverry
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE
DE USO PÚBLICO
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
Nº 015-2004-GG-OSITRAN
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
SANCIONADOR
EXPEDIENTE : Nº 002-2004-GG/OSI-
TRAN
PROCEDENCIA : Gerencia de Supervisión
ENTIDAD PRESTADORA : Empresa Nacional de
Puertos - ENAPU S.A.
MATERIA : Compromiso de Cese por el
incumplimiento notificado con
Oficio Nº 078-04-GS-A2-
OSITRAN por prácticas anti-
competitivas en el Terminal
Portuario de San Martín
Lima, 29 de marzo de 2004
La Gerencia General del Organismo Supervisor de la Inver-
sión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN;
VISTOS:
El Informe Nº 052-04-GS-A2-OSITRAN remitido por la
Gerencia de Supervisión con Nota Nº 030-04-GS-A2-OSI-
TRAN, mediante el cual se evalúa la procedencia del Com-
promiso de Cese propuesto por ENAPU S.A. y el Oficio
Nº 256-2004-ENAPU S.A./GG con el que se remite la ver-
sión suscrita del compromiso de cese.
CONSIDERANDO:
Que OSITRAN mediante Oficio 078-04-GS-OSITRAN,
el 28 de enero de 2004, notificó a ENAPU el Procedimiento
Administrativo Sancionador por prácticas anticompetitivas
en el Terminal Portuario General San Martín;
Que ENAPU, a través del Oficio Nº 147-2004 ENAPU
S.A./GG, propone el Compromiso de Cese por el incum-
plimiento notificado al amparo de los artículos 65º y 69º del
Reglamento de Infracciones y Sanciones, en adelante RIS,
aprobado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 023-
2003-CD/OSITRAN;
Que la Gerencia de Supervisión de OSITRAN, emite el
Informe Nº 052-04-GS-A2-OSITRAN, señalando que en-
cuentra adecuado el mismo, no obstante lo cual, formula
algunas modificaciones a efectos de enriquecer el conte-
nido del compromiso formulado por ENAPU S.A.;
Que, la Gerencia General, con Oficio Nº 098-2004-GG-
OSITRAN de fecha 5 de marzo de 2004, remite a ENAPU
S.A. su propuesta de modificación al compromiso de cese
presentado por ENAPU S.A. a efectos de que ésta proce-
da a su suscripción;
Que, por el Oficio Nº 256-2004-ENAPU S.A./GG de fe-
cha 25 de marzo de 2004, ENAPU S.A. remitió la versión
final del documento conteniendo el Compromiso de Cese
debidamente suscrito;
Por lo expuesto;
SE RESUELVE:
Primero.- Aprobar la propuesta de Compromiso de
Cese de ENAPU S.A. que se adjunta a la presente Reso-
lución, por el incumplimiento notificado mediante el Oficio
Nº 078-04-GS-OSITRAN.
Segundo.- Archivar el Procedimiento Administrativo
Sancionador notificado a ENAPU S.A. con Oficio Nº 078-
04-GS-OSITRAN.
Tercero.- Notificar la presente Resolución a ENAPU
S.A. a efectos de que proceda a cumplir con las obliga-
ciones asumidas en el Compromiso de Cese suscrito, a
partir del día siguiente de notificada la presente resolución.
Cuarto.- Notificar la presente Resolución al Ministerio
de Transportes y Comunicaciones.
Quinto.- Publicar la presente Resolución en el Diario
Oficial El Peruano y en la página web de OSITRAN.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ALFARO MARTIJENA
Gerente General
EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A.
Sector Transportes y Comunicaciones
TERMINAL PORTUARIO DEL CALLAO
COMPROMISO DE CESE
Conste por el presente documento, el Compromiso de
Cese que suscribe la Empresa Nacional de Puertos S.A.,
en adelante ENAPU S.A., con RUC Nº 20100003199, de-
bidamente representada por el señor CARLOS ESPINOZA
ALEGRIA identificado con DNI Nº 08803995 en su calidad
de Gerente General de ENAPU S.A. conforme a las facul-
tades que constan en el Poder Inscrito en la Partida Nº
70200372 del Registro de Personas Jurídicas del Callao,
con domicilio en la Av. Contralmirante Raygada Nº 111,
Callao, Lima, en los siguientes términos y condiciones:
Teniendo en consideración los siguientes hechos:
1. OSITRAN mediante Oficio Nº 078-04-GS-A2-
OSITRAN, el 28 de enero del 2004, notificó a ENAPU
S.A. el Procedimiento Administrativo Sancionador por
prácticas anticompetitivas en el Terminal Portuario Ge-
neral San Martín.

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