192 057-2005-EF/94.45 - Aprueban trámite anticipado, inscriben el "Tercer Programa de Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero - América Leasing S.A." y disponen registro del Prospecto Marco

Fecha de publicación22 Septiembre 2005
Fecha de disposición22 Septiembre 2005
Pág. 300789
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 22 de setiembre de 2005
Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el
Diario Oficial El Peruano y en la página de CONASEV en
internet.
Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución a Unión
de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A., a la
Bolsa de Valores de Lima S.A. y a Cavali ICLV S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HÉCTOR VALENTÍN HURTADO
Gerente de Mercados y Emisores
Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores
14194
Aprueban trámite anticipado, inscriben
el "Tercer Programa de Emisión de
Bonos de Arrendamiento Financiero -
América Leasing S.A." y disponen
registro del Prospecto Marco
RESOLUCIÓN GERENCIAL
Nº 057-2005-EF/94.45
Lima, 14 de septiembre de 2005
VISTOS:
El Expediente Nº 2005021923 de América Leasing
S.A., y el Informe Interno Nº 132-2005-EF/94.45.2 del 14
de septiembre de 2005;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 221º, numeral 14,
de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca
y Seguros las empresas del sistema financiero pueden
emitir y colocar bonos, en moneda nacional o extranjera,
incluidos los de arrendamiento financiero, siempre que
sean de su propia emisión;
Que, mediante acuerdos de Junta General de Accionistas
de América Leasing S.A., del 9 de junio de 2005, se
definieron los términos y condiciones del “Tercer Programa
de Emisión de Bonos de Arrendamiento Financiero América
Leasing S.A.” hasta por US$ 60 000 000,00 (sesenta
millones y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de
América) o su equivalente en nuevos soles, delegándose
en el Presidente del Directorio, en el Gerente General, y
en el representante legal para que dos cualesquiera de
ellos en representación de la sociedad, suscriban la
versión final del contrato marco de emisión, aprueben el
prospecto marco, y para que en general aprueben y/o
suscriban según sea el caso, todos los documentos
necesarios para tal fin;
Que, mediante Resolución SBS Nº 1099-2005 del 25
de julio de 2005, la Superintendencia de Banca, Seguros
y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
opinó favorablemente respecto de la emisión de bonos
de arrendamiento financiero de América Leasing S.A.
denominado “Tercer Programa de Emisión de Bonos de
Arrendamiento Financiero América Leasing”;
Que, el 11 de agosto de 2005 América Leasing S.A.,
solicitó la aprobación del trámite anticipado, la inscripción
del “Tercer Programa de Emisión de Bonos de
Arrendamiento Financiero – América Leasing S.A.” y el
registro del Prospecto Marco correspondiente,
acompañando a su solicitud la documentación
sustentatoria del caso;
Que, América Leasing S.A. ha cumplido con presentar
la información requerida por el Reglamento de Oferta
Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios así
como las disposiciones aprobadas mediante Resolución
Gerencia General Nº 211-98-EF/94.11; y,
Que, el artículo 2º numerales 2) y 3) de las Normas
Relativas a la Publicación y Difusión de las Resoluciones
Emitidas por los Órganos Decisorios de CONASEV,
establece que las resoluciones administrativas referidas
al registro de prospectos informativos correspondientes
a programas de emisión y a aprobaciones de trámites
anticipados relativos a la inscripción de valores mobiliarios
en el Registro Público del Mercado de Valores, deben ser
difundidas a través del Boletín de Normas Legales del
Diario Oficial El Peruano y de la página de CONASEV en
Internet; y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y
siguientes de la Ley del Mercado de Valores, el artículo
14º del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de
Venta de Valores Mobiliarios, así como lo establecido
en sesión del Directorio de CONASEV del 18 de
diciembre de 2000, en la que se faculta al Gerente de
Mercados y Emisores para aprobar el trámite anticipado
de inscripción de valores y/o registro de prospectos de
bonos de arrendamiento financiero, bonos
subordinados y otros que se emitan por oferta pública
y tengan opinión favorable de la Superintendencia de
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, inscribir el
“Tercer Programa de Emisión de Bonos de Arrendamiento
Financiero – América Leasing S.A.”, hasta por la suma
de US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dólares
de los Estados Unidos de América), o su equivalente en
moneda nacional y disponer el registro del Prospecto
Marco correspondiente.
Artículo 2º.- En tanto América Leasing S.A. mantenga
su condición de Entidad Calificada y en tanto los valores
a emitirse sean valores típicos, la inscripción de los
instrumentos representativos de deuda y el registro de
los prospectos a utilizar en las ofertas públicas
correspondientes se entenderán efectuados en la fecha
de entrada en vigencia de la presente resolución. En su
defecto, la inscripción de los instrumentos representativos
de deuda y el registro de dichos prospectos se sujetarán
a lo dispuesto en el artículo 14º, inciso b), numeral 2, del
Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de
Valores Mobiliarios.
Artículo 3º.- La oferta pública de los bonos a que
se refiere el artículo 1º de la presente Resolución
deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en el
artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del
Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de
Valores Mobiliarios.
La colocación de los bonos a que se refiere el artículo
1º de la presente Resolución deberá efectuarse en un
plazo que no excederá de nueve (9) meses contados a
partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público
del Mercado de Valores, prorrogables hasta por un período
igual a petición de parte. Para tales efectos, la solicitud
de prórroga, en ningún caso, podrá ser presentada
después de vencido el referido plazo de colocación.
Asimismo, se deberá cumplir con presentar a
CONASEV la documentación e información a que se
refieren los artículos 23º y 24º del Reglamento de Oferta
Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.
Artículo 4º.- La aprobación, la inscripción y el registro
a que se refieren el artículo 1º de la presente resolución
no implican que CONASEV recomiende la inversión en
los valores u opine favorablemente sobre las perspectivas
del negocio. Los documentos e información para una
evaluación complementaria están a disposición de los
interesados en el Registro Público del Mercado de Valores.
Artículo 5º.- La presente resolución debe ser
publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la página
de CONASEV en Internet.
Artículo 6º.- Transcribir la presente resolución a
América Leasing S.A., en su calidad de emisor; al Banco
Sudamericano, en su calidad de Representante de los
Obligacionistas; a Cavali ICLV S.A. y a la Bolsa de Valores
de Lima S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HÉCTOR VALENTÍN HURTADO
Gerente de Mercados y Emisores
Comisión Nacional Supervisora de Empresas
y Valores
15961

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR