Disponen la publicación de anteproyecto del Reglamento Nacional de Cobro por Uso de Infraestructura Vial Pública en la página web del ministerio
Fecha de disposición | 14 Julio 2004 |
Fecha de publicación | 14 Julio 2004 |
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 14 de julio de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 250-97-MTC/
15.19 se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuen-
cias - PNAF, documento técnico normativo que contiene
los cuadros de atribución de frecuencias y la clasificación
de usos de espectro radioeléctrico, así como las normas
técnicas generales para la utilización del espectro radio-
eléctrico;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 518-2002-
MTC/15.03, se designó a los miembros del Comité Con-
sultivo del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias,
encargado de realizar los estudios y propuestas técnicas
relacionados a dicho Plan;
Que, el Artículo 196º del Reglamento General de la
Ley de Telecomunicaciones; aprobado por Decreto Su-
premo Nº 06-94-TCC, faculta al Ministerio de Trans-
portes y Comunicaciones a modificar de oficio una fre-
cuencia asignada, procurando no afectar derechos, para
la solución de problemas de interferencia perjudicial y
la utilización de nuevas tecnologías, entre otros supues-
tos. Asimismo, el citado artículo dispone que el Minis-
terio establecerá los términos y condiciones en los que
se efectuarán los procesos de migración de bandas y
frecuencias;
Que, el numeral 4 del Artículo 25º del acotado texto le-
gal establece que aquellos servicios cuyos equipos, utilizan-
do la banda de 2400-2483,5 MHz transmiten con una po-
tencia no superior a 4 vatios (W) o 36 dBm en antena (po-
tencia efectiva irradiada), en espacio abierto; están excep-
tuados de contar con la asignación del espectro radioeléc-
trico, autorización, permiso o licencia para la prestación de
servicios de telecomunicaciones; estableciéndose que para
la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones,
se debe contar previamente con la concesión respectiva;
Que, la Vigésima Primera Disposición Transitoria y Fi-
nal del Reglamento General de la Ley de Telecomuni-
caciones establece que una vez que culmine la migración
de los operadores que tienen asignaciones para prestar
servicios de telecomunicaciones a título primario en las
provincias de Lima y Callao en las bandas 2400-2483,5
MHz; el numeral 4 del Artículo 25º se aplicará en todo el
país;
Que, a fin de solucionar los problemas de interferencia
perjudicial; de permitir el desarrollo de la utilización de nue-
vas tecnologías; el Comité Consultivo del Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias ha emitido el Informe Nº 001-
2004-CCPNAF recomendando modificar el PNAF y la fre-
cuencia asignada a los concesionarios de servicios públi-
cos de telecomunicaciones en la banda 2300-2483,5 MHz,
en aplicación del Artículo 196º del Reglamento General de
la Ley de Telecomunicaciones;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791,
los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Los concesionarios de servicios públicos
de telecomunicaciones que cuentan con asignaciones en
la banda comprendida de 2300-2483,5 MHz, deberán mi-
grar a la banda comprendida entre 2200-2400 MHz en un
plazo máximo de 1 año, contado a partir de la publicación
de la presente resolución, de acuerdo a la canalización
aprobada por el Ministerio.
Artículo 2º.- Modificar la Nota P85A del Plan Nacional
de Atribución de Frecuencias, aprobado mediante Resolu-
ción Ministerial Nº 250-97-MTC/15.19, con el siguiente texto:
Nota P85A: Las bandas comprendidas entre 2200-2400
MHz, 25,25-27,5 GHz y 42,5-43,5 GHz están atribuidas a
título primario al servicio fijo para servicios públicos de te-
lecomunicaciones. La asignación de espectro y/o el otor-
gamiento de concesión de estas bandas en esta categoría
serán por concurso público de ofertas para la provincia de
Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Este mecanis-
mo de concurso público de ofertas no se aplicará a los
concesionarios que migren a la banda comprendida entre
2200-2400 MHz; de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo
196º del Reglamento General de la Ley de Telecomunica-
ciones.
Artículo 3º.- Agregar la Nota P85A a los cuadros de
atribución de frecuencias de las bandas 2200 -2290 MHz y
2290-2300 MHz.
Artículo 4º.- Eliminar la nota P85A del cuadro de atri-
bución de frecuencias de la banda 2450-2483,5 MHz.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
13023
Disponen la publicación de anteproyec-
to del Reglamento Nacional de Cobro
por Uso de Infraestructura Vial Pública
en la página web del ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 509-2004-MTC/02
Lima, 7 de julio de 2004
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 23º de la Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181, establece que los regla-
mentos nacionales necesarios para la implementación de
esta Ley serán aprobados por Decreto Supremo refrendado
por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Asimismo,
dispone que el Reglamento Nacional de Cobro por Uso de
Infraestructura Pública deberá contener las condiciones téc-
nicas que fundamentan la necesidad de cobro por uso de
infraestructura pública, a los usuarios de las vías, ya sean
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. Inclu-
yendo tanto los peajes de las vías no concesionadas, como
los cobros a quienes alteren la capacidad vial e interfieren el
tránsito; así como, los métodos de cálculo de tales tasas y
los procedimientos de cobro;
Que, la Primera Disposición de la citada Ley, dispone
que los citados reglamentos nacionales se aprobarán me-
diante Decreto Supremo, previa prepublicación;
Que, de conformidad con el artículo 65º del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, la Dirección de Normatividad Vial de la
Dirección General de Caminos y Ferrocarriles ha elabora-
do el anteproyecto del Reglamento Nacional de Cobro por
Uso de Infraestructura Vial Pública;
Que, en tal sentido, es necesario disponer la prepubli-
cación del referido anteproyecto en la página web del Mi-
nisterio de Transportes y Comunicaciones, a efecto de re-
cibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciu-
dadanía en general;
De conformidad con las Leyes Nºs. 28181 y 27791;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la prepublicación del anteproyecto
del Reglamento Nacional de Cobro por Uso de Infraestructura
Vial Pública, en la página web del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a fin de recibir las su-
gerencias y comentarios de entidades públicas y privadas
vinculadas a la materia, y de la ciudadanía en general, den-
tro del plazo de 20 (veinte) días calendario, contados a partir
de la publicación de la presente resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Normatividad
Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, la
recepción, procesamiento y sistematización de los comen-
tarios que se presenten al mencionado anteproyecto, a fin
de elaborar el proyecto correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTÍZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
13066
Autorizan viaje de inspectoras de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 512-2004-MTC/02
Lima, 7 de julio de 2004
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