Disponen la publicación de anteproyecto del Reglamento Nacional de Cobro por Uso de Infraestructura Vial Pública en la página web del ministerio

Fecha de disposición14 Julio 2004
Fecha de publicación14 Julio 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 14 de julio de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 250-97-MTC/
15.19 se aprobó el Plan Nacional de Atribución de Frecuen-
cias - PNAF, documento técnico normativo que contiene
los cuadros de atribución de frecuencias y la clasificación
de usos de espectro radioeléctrico, así como las normas
técnicas generales para la utilización del espectro radio-
eléctrico;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 518-2002-
MTC/15.03, se designó a los miembros del Comité Con-
sultivo del Plan Nacional de Atribución de Frecuencias,
encargado de realizar los estudios y propuestas técnicas
relacionados a dicho Plan;
Que, el Artículo 196º del Reglamento General de la
Ley de Telecomunicaciones; aprobado por Decreto Su-
premo Nº 06-94-TCC, faculta al Ministerio de Trans-
portes y Comunicaciones a modificar de oficio una fre-
cuencia asignada, procurando no afectar derechos, para
la solución de problemas de interferencia perjudicial y
la utilización de nuevas tecnologías, entre otros supues-
tos. Asimismo, el citado artículo dispone que el Minis-
terio establecerá los términos y condiciones en los que
se efectuarán los procesos de migración de bandas y
frecuencias;
Que, el numeral 4 del Artículo 25º del acotado texto le-
gal establece que aquellos servicios cuyos equipos, utilizan-
do la banda de 2400-2483,5 MHz transmiten con una po-
tencia no superior a 4 vatios (W) o 36 dBm en antena (po-
tencia efectiva irradiada), en espacio abierto; están excep-
tuados de contar con la asignación del espectro radioeléc-
trico, autorización, permiso o licencia para la prestación de
servicios de telecomunicaciones; estableciéndose que para
la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones,
se debe contar previamente con la concesión respectiva;
Que, la Vigésima Primera Disposición Transitoria y Fi-
nal del Reglamento General de la Ley de Telecomuni-
caciones establece que una vez que culmine la migración
de los operadores que tienen asignaciones para prestar
servicios de telecomunicaciones a título primario en las
provincias de Lima y Callao en las bandas 2400-2483,5
MHz; el numeral 4 del Artículo 25º se aplicará en todo el
país;
Que, a fin de solucionar los problemas de interferencia
perjudicial; de permitir el desarrollo de la utilización de nue-
vas tecnologías; el Comité Consultivo del Plan Nacional de
Atribución de Frecuencias ha emitido el Informe Nº 001-
2004-CCPNAF recomendando modificar el PNAF y la fre-
cuencia asignada a los concesionarios de servicios públi-
cos de telecomunicaciones en la banda 2300-2483,5 MHz,
en aplicación del Artículo 196º del Reglamento General de
la Ley de Telecomunicaciones;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27791,
los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus
modificatorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Los concesionarios de servicios públicos
de telecomunicaciones que cuentan con asignaciones en
la banda comprendida de 2300-2483,5 MHz, deberán mi-
grar a la banda comprendida entre 2200-2400 MHz en un
plazo máximo de 1 año, contado a partir de la publicación
de la presente resolución, de acuerdo a la canalización
aprobada por el Ministerio.
Artículo 2º.- Modificar la Nota P85A del Plan Nacional
de Atribución de Frecuencias, aprobado mediante Resolu-
ción Ministerial Nº 250-97-MTC/15.19, con el siguiente texto:
Nota P85A: Las bandas comprendidas entre 2200-2400
MHz, 25,25-27,5 GHz y 42,5-43,5 GHz están atribuidas a
título primario al servicio fijo para servicios públicos de te-
lecomunicaciones. La asignación de espectro y/o el otor-
gamiento de concesión de estas bandas en esta categoría
serán por concurso público de ofertas para la provincia de
Lima y la Provincia Constitucional del Callao. Este mecanis-
mo de concurso público de ofertas no se aplicará a los
concesionarios que migren a la banda comprendida entre
2200-2400 MHz; de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo
196º del Reglamento General de la Ley de Telecomunica-
ciones.
Artículo 3º.- Agregar la Nota P85A a los cuadros de
atribución de frecuencias de las bandas 2200 -2290 MHz y
2290-2300 MHz.
Artículo 4º.- Eliminar la nota P85A del cuadro de atri-
bución de frecuencias de la banda 2450-2483,5 MHz.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
13023
Disponen la publicación de anteproyec-
to del Reglamento Nacional de Cobro
por Uso de Infraestructura Vial Pública
en la página web del ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 509-2004-MTC/02
Lima, 7 de julio de 2004
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 23º de la Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre, Ley Nº 27181, establece que los regla-
mentos nacionales necesarios para la implementación de
esta Ley serán aprobados por Decreto Supremo refrendado
por el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Asimismo,
dispone que el Reglamento Nacional de Cobro por Uso de
Infraestructura Pública deberá contener las condiciones téc-
nicas que fundamentan la necesidad de cobro por uso de
infraestructura pública, a los usuarios de las vías, ya sean
personas naturales o jurídicas, públicas o privadas. Inclu-
yendo tanto los peajes de las vías no concesionadas, como
los cobros a quienes alteren la capacidad vial e interfieren el
tránsito; así como, los métodos de cálculo de tales tasas y
los procedimientos de cobro;
Que, la Primera Disposición de la citada Ley, dispone
que los citados reglamentos nacionales se aprobarán me-
diante Decreto Supremo, previa prepublicación;
Que, de conformidad con el artículo 65º del Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, la Dirección de Normatividad Vial de la
Dirección General de Caminos y Ferrocarriles ha elabora-
do el anteproyecto del Reglamento Nacional de Cobro por
Uso de Infraestructura Vial Pública;
Que, en tal sentido, es necesario disponer la prepubli-
cación del referido anteproyecto en la página web del Mi-
nisterio de Transportes y Comunicaciones, a efecto de re-
cibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciu-
dadanía en general;
De conformidad con las Leyes Nºs. 28181 y 27791;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la prepublicación del anteproyecto
del Reglamento Nacional de Cobro por Uso de Infraestructura
Vial Pública, en la página web del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, www.mtc.gob.pe, a fin de recibir las su-
gerencias y comentarios de entidades públicas y privadas
vinculadas a la materia, y de la ciudadanía en general, den-
tro del plazo de 20 (veinte) días calendario, contados a partir
de la publicación de la presente resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Normatividad
Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, la
recepción, procesamiento y sistematización de los comen-
tarios que se presenten al mencionado anteproyecto, a fin
de elaborar el proyecto correspondiente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTÍZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
13066
Autorizan viaje de inspectoras de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 512-2004-MTC/02
Lima, 7 de julio de 2004

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