RESOLUCION N° 0256-2012-ANR - Aprueban para su ejecución los planes de estudio de carreras profesionales que imparte la Escuela Superior de Música Pública José María Valle Riestra Piura

Fecha de disposición02 Abril 2012
Fecha de publicación02 Abril 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 2 de abril de 2012
463572
- Escuela Académico Profesional de Ingeniería
Comercial
3. FACULTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS
- Escuela Académico Profesional de Agronomía
- Escuela Académico Profesional de Economía
Agraria
- Escuela Académico Profesional de Medicina
Veterinaria y Zootecnia
- Escuela Académico Profesional de Ingeniería Pesquera
- Escuela Académico Profesional de Ingeniería en
Industrias Alimentarias
4. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD
- Escuela Académico Profesional de Medicina
Humana
- Escuela Académico Profesional de Obstetricia
- Escuela Académico Profesional de Enfermería
- Escuela Académico Profesional de Odontología
- Escuela Académico Profesional de Farmacia y
Bioquímica
5. FACULTAD DE EDUCACIÓN, COMUNICACIÓN Y
HUMANIDADES
(Modif‌i cado por Resolución de Asamblea Universitaria
Nº 152-2011-COG-UN/JBG)
- Escuela Académico Profesional de Educación
- Escuela Académico Profesional de Ciencias de la
Comunicación
6. FACULTAD DE CIENCIAS
- Escuela Académico Profesional de Biología –
Microbiología
- Escuela Académico Profesional de Física
7. FACULTAD DE INGENIERÍA CIVIL,
ARQUITECTURA Y GEOTECNIA
- Escuela Académico Profesional de Ingeniería Civil
- Escuela Académico Profesional de Arquitectura
(modif‌i cado por Resolución de Asamblea Universitaria Nº
151-2011-COG-UN/JBG)
- Escuela Académico Profesional de Artes (modif‌i cado
por Resolución de Asamblea Universitaria Nº 151-2011-
COG-UN/JBG)
- Escuela Académico Profesional de Geología y
Geotecnia
Artículo 2º.- Disponer la transcripción de la presente
Resolución a las Áreas del Registro Nacional de Grados
y Títulos y Carnés Universitarios de la Secretaría General
de la Asamblea Nacional de Rectores, para los f‌i nes que
dispone la Ley.
Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en la página
web de la Institución y en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
771139-1
Aprueban para su ejecución los planes
de estudio de carreras profesionales que
imparte la Escuela Superior de Música
Pública José María Valle Riestra Piura
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0256-2012-ANR
Lima, 7 de marzo de 2012
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:
El of‌i cio Nº 0225-2011/GOB.REG.P/DREP/ESFAP
“JMVR”/D.G, de fecha 25 de noviembre de 2011; el
informe Nº 039-2012-DGDAC, de fecha 25 de enero de
2012; el memorando Nº 0110-2012-SE, de fecha 30 de
enero de 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29696, modif‌i ca el artículo 99º de la Ley
Nº 23733, Ley Universitaria, incorporando en sus alcances
a determinados centros superiores de arte y música,
entre ellos, a la Escuela Superior de Música Pública José
María Valle Riestra Piura, con sede en la ciudad de Piura,
estableciéndose que mantiene el régimen académico de
gobierno y de economía establecidos por las leyes que lo
rige y asimismo se establece que tiene los mismos deberes
y derechos que conf‌i ere la Ley Universitaria para otorgar
en nombre de la Nación el grado de bachiller y los títulos
de licenciado respectivos, válidos para el ejercicio de la
docencia universitaria y para la realización de estudios
de maestrías y doctorado; debiendo ser inscritos en el
Registro Nacional de Grados y Títulos de la Asamblea
Nacional de Rectores;
Que, mediante Resolución Nº 0599-2011-ANR, se
aprobó la “Guía para la Adecuación de Instituciones a la
Ley Universitaria Nº 23733” con el objetivo de incorporar
adecuadamente al Sistema Universitario del país a
las instituciones educativas no universitarias que por
mandato de Ley se les otorgue los derechos y deberes
que la Ley Nº 23733, Ley Universitaria, establece para las
universidades del país;
Que, dentro del marco legal precitado, mediante of‌i cios
de vistos, el Director General de la Escuela Superior de
Música Pública José María Valle Riestra Piura, remite a la
Asamblea Nacional de Rectores los planes de estudio de
las carreras profesionales que imparte para su evaluación
y f‌i nes consiguientes;
Que, mediante informe de vistos, la Dirección
General de Desarrollo Académico y Capacitación de la
Asamblea Nacional de Rectores informa que los Planes
de Estudio de las carreras profesionales que imparte la
Escuela Superior de Música Pública José María Valle
Riestra Piura, han sido elaborados en base a los criterios
establecidos en el artículo 23º de la Ley Nº 23733, Ley
Universitaria y lo normado por la “Guía para la Adecuación
de Instituciones a la Ley Universitaria Nº 23733”, por lo
que opina favorablemente a emitir la correspondiente
resolución;
Que, mediante memorando de vistos, el Secretario
Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone
la elaboración de una resolución, conforme al informe Nº
039-2012-DGDAC, por la que se declare que la Escuela
Superior de Música Pública “José María Valle Riestra”
ha organizado los planes de estudio de las carreras que
imparte de acuerdo al artículo 23º de la Ley Nº 23733, Ley
Universitaria;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29696,
la Ley Nº 23733, la Ley Universitaria, y en uso de las
atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea
Nacional de Rectores en virtud del Reglamento General
de la Comisión de Coordinación Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar que la Escuela Superior de
Música Pública José María Valle Riestra Piura, con sede
en la ciudad de Piura, ha organizado los planes de estudio
de las carreras profesionales que imparte de acuerdo a
lo establecido en el artículo 23º de la Ley Nº 23733, Ley
Universitaria y lo normado por la “Guía de Adecuación
de Instituciones Educativas a la Ley Universitaria Nº
23733”; quedando en consecuencia aprobados para su
ejecución:
Carrera Profesional de Música
Carrera Profesional de Educación Musical
Artículo 2º.- Precisar que las carreras antes citadas
conducen al grado académico de bachiller y al título de
licenciado con las menciones respectivas.

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