RESOLUCION N° 0178-2012-ANR - Amplían plazo otorgado a la Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica mediante Res. N° 1365-2011-ANR

Fecha de disposición08 Marzo 2012
Fecha de publicación08 Marzo 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 8 de marzo de 2012
462194
Que, de conformidad con el artículo 2° de la Ley Nº
26439: “son atribuciones del CONAFU:… g) Elaborar la
reglamentación que señale los requisitos, procedimientos
y plazos, para la autorización provisional o def‌i nitiva de
funcionamiento y para la evaluación de las universidades
con autorización provisional”; en concordancia con el artículo
3° del Estatuto del CONAFU, aprobado por Resolución
N° 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio de 2006, que
expresamente señala: “Son atribuciones del CONAFU: k)
Elaborar y aprobar el Reglamento General y los Reglamentos
específ‌i cos que señalen los procedimientos, requisitos y
plazos de todos los procesos administrativos necesarios
para el cumplimiento”; (el subrayado es nuestro)
Que, mediante Resolución Nº 100-2005-CONAFU de
fecha 23 de marzo de 2005, se aprobó el Reglamento de
Funcionamiento, Evaluación y Certif‌i cación Institucional
de Universidades y de Escuelas de Postgrado bajo
competencia del CONAFU, prescribiendo en el segundo
párrafo del artículo 32º lo siguiente: (…). El CONAFU
autorizará ciclos de verano o recuperación académica a
solicitud fundamentada de las universidades. La solicitud
se presentará hasta el 31 de octubre del año anterior;
Que, en Sesión Ordinaria de fecha 26 de enero
de 2012, después de deliberar el Pleno del CONAFU
mediante Acuerdo Nº 058-2012-CONAFU convinieron por
UNANIMIDAD: MODIFICAR el segundo párrafo del artículo
32º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y
Certif‌i cación Institucional de Universidades y de Escuelas
de Postgrado bajo competencia del CONAFU aprobado
por Resolución Nº 100-2005-CONAFU;
En atención a lo expuesto en los considerandos
precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto
del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU
tiene las siguientes atribuciones generales:…d) Cumplir
y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del
CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones” y de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 38º incisos d)
y e) del referido Estatuto del CONAFU;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- MODIFICAR el segundo párrafo del
artículo 32º del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación
y Certif‌i cación Institucional de Universidades y de Escuelas
de Postgrado bajo competencia del CONAFU aprobado
por Resolución Nº 100-2005-CONAFU, en el sentido de
establecer lo siguiente: El CONAFU autorizará ciclos de
verano o recuperación académica a solicitud fundamentada
de las universidades. La solicitud se presentará hasta antes
del 15 de diciembre del año anterior.
Artículo Segundo.- INTEGRESE la presente a la
Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo
de 2005.
Artículo Tercero.- HACER de conocimiento de la
presente Resolución a la Asamblea Nacional de Rectores
para los f‌i nes pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
MARTHA NANCY TAPIA INFANTES
Presidente
JASSON MANUEL MILLAN CAMPOSANO
Secretario General
760174-1
ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
Amplían plazo otorgado a la Comisión
de Orden y Gestión de la Universidad
Nacional San Luis Gonzaga de Ica
mediante Res. Nº 1365-2011-ANR
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 0178-2012-ANR
Lima, 27 de febrero de 2012
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL DE
RECTORES
VISTOS:
El of‌i cio Nº 040-COG/P-UNICA-2012, de fecha 22 de
febrero de 2012; el memorando Nº 0214-2012-SE-ANR,
de fecha 27 de febrero de 2012; y,
CONSIDERANDO:
Que la Asamblea Nacional de Rectores, en mérito
a lo previsto por el artículo 90º de la Ley Universitaria,
Ley Nº 23733, tiene por f‌i nalidad coordinar y orientar
las actividades académicas y administrativas de las
universidades del país, así como velar por la gobernabilidad
institucional y autonomía universitaria;
Que, mediante Resolución Nº 1365-2011-ANR, de
fecha 25 de noviembre de 2011, se declaró en conf‌l icto
de gobernabilidad a la Universidad Nacional San Luis
Gonzaga de Ica y se conformó una Comisión de Orden y
Gestión para la mencionada universidad, otorgándole el
plazo de noventa (90) días para que subsane las indicadas
irregularidades y restituya la gobernabilidad universitaria;
Que, mediante of‌i cio de visto, el Presidente de la
Comisión de Orden y Gestión de la Universidad Nacional San
Luis Gonzaga de Ica informa sobre la situación académica
y de gobierno de la referida universidad y asimismo señala
que a f‌i n de que pueda instaurar los procesos electorales
que garanticen la legalidad y la conformación de la
Asamblea Universitaria y obtener la gobernabilidad plena de
la mencionada casa superior de estudios, es necesaria la
ampliación de funciones de la comisión que preside;
Que, teniendo en consideración el plazo otorgado, los
resultados conseguidos y la complejidad de los objetivos
encomendados, resulta necesario prorrogar por ciento
veinte (120) días el plazo de permanencia de la Comisión
de Orden y Gestión de la Universidad Nacional San Luis
Gonzaga de Ica;
Que, mediante memorando de vistos, el Secretario
Ejecutivo de la Asamblea Nacional de Rectores dispone
la elaboración de una resolución por la que se amplíe por
ciento veinte (120) días el plazo otorgado a la Comisión
de Orden y Gestión de la Universidad Nacional San Luis
Gonzaga de Ica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Universitaria,
Ley Nº 23733, y en uso de las atribuciones conferidas a la
Presidencia de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud
del Reglamento General de la Comisión de Coordinación
Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar por ciento veinte días (120) el
plazo otorgado a la Comisión de Orden y Gestión de la
Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica, designado
mediante Resolución Nº 1365-2011-ANR, con cargo de dar
cuenta a la Comisión de Coordinación Interuniversitaria.
Artículo 2º.- Publicar la presente resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano y en la página web de la institución.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
760172-1
INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje del Decano de la
Facultad de Farmacia y Bioquímica de
la UNMSM para participar en la Misión
Italia - Alemania
UNIVERSIDAD NACIONAL
MAYOR DE SAN MARCOS
RESOLUCIÓN RECTORAL
Nº 00997-R-12
Lima, 28 de febrero del 2012

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