77 434-2000-ORLC/TR - Disponen anotación preventiva de contrato de compraventa de inmueble ubicado en la provincia de Huamanga, departamento de Ayacucho

Fecha de disposición12 Enero 2001
Fecha de publicación12 Enero 2001
Pág. 197189
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 12 de enero de 2001
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 118-2000-INDECOPI/DIR
Lima, 29 de diciembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 042-2000-INDECOPI/DIR se desig-
nó al señor Gustavo Montero Flores en el cargo de miembro de
la Comisión Delegada de Reestructuración Patrimonial del
Indecopi que opera en la Cámara de Comercio y Producción de
La Libertad;
Que el señor Gustavo Montero Flores ha presentado su
renuncia al citado cargo;
Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión de Direc-
torio del Indecopi de fecha 28 de diciembre de 2000;
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto
Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el
señor Gustavo Montero Flores al cargo de miembro de la Comi-
sión Delegada de Reestructuración Patrimonial del Indecopi
que opera en la Cámara de Comercio y Producción de La
Libertad, con efectividad al 31 de diciembre de 2000, dándole las
gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS SEMINARIO PIZZORNI
Presidente del Directorio
16073
Designan Secretario Técnico de la
Comisión Delegada de Reestructura-
ción Patrimonial que opera en la Cáma-
ra de Comercio y Producción de La
Libertad
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 117-2000-INDECOPI/DIR
Lima, 29 de diciembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que conforme al Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 788,
el Indecopi se encuentra facultado a delegar funciones por medio
de la suscripción de Convenios con organismos, instituciones o
entidades públicas o privadas, colegios profesionales o entida-
des gremiales de reconocido prestigio;
Que en ese contexto, el Indecopi ha suscrito un Convenio de
Delegación de Funciones con la Cámara de Comercio y Produc-
ción de La Libertad, a través del cual se han delegado funciones
relativas al ámbito de la Comisión de Reestructuración Patri-
monial;
Que resulta necesario designar al funcionario que ejercerá
las funciones de Secretario Técnico de la Comisión Delegada de
Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la
Cámara de Comercio y Producción de La Libertad;
Estando al acuerdo adoptado en sesión del Directorio del
Indecopi de fecha 28 de diciembre de 2000;
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto
Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar al señor Abilio Quispe Medina
en el cargo de Secretario Técnico de la Comisión Delegada de
Reestructuración Patrimonial del Indecopi que opera en la
Cámara de Comercio y Producción de La Libertad, a partir del
1 de enero del 2001.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS SEMINARIO PIZZORNI
Presidente del Directorio
16072
Aceptan renuncia de miembro de la
Comisión Ad Hoc adscrita a la Comi-
sión Delegada de Reestructuración
Patrimonial que opera en la Universi-
dad de Lima
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA
DEL DIRECTORIO DE INDECOPI
Nº 119-2000-INDECOPI/DIR
Lima, 29 de diciembre de 2000
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 104-99-INDECOPI/DIR se designó al
señor Eduardo Devoto Acha en el cargo de miembro de la
Comisión Ad Hoc adscrita a la Comisión Delegada de Reestruc-
turación Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad
de Lima, encargada de resolver las incidencias que se presentan
en la tramitación de los procedimientos transitorios a que se
refiere el Decreto de Urgencia Nº 064-99;
Que el señor Eduardo Devoto Acha ha presentado su renun-
cia al citado cargo;
Que la citada renuncia ha sido aceptada en sesión de Direc-
torio del Indecopi de fecha 28 de diciembre de 2000;
De conformidad con el inciso e) del Artículo 5º del Decreto
Ley Nº 25868;
RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar la renuncia formulada por el
señor Eduardo Devoto Acha al cargo de miembro de la Comisión
Ad Hoc adscrita a la Comisión Delegada de Reestructuración
Patrimonial del Indecopi que opera en la Universidad de Lima,
con efectividad al 31 de diciembre de 2000, dándole las gracias
por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS SEMINARIO PIZZORNI
Presidente del Directorio
16074
OFICINA REGISTRAL
DE LIMA Y CALLAO
Disponen anotación preventiva de con-
trato de compraventa de inmueble
ubicado en la provincia de Huamanga,
departamento de Ayacucho
RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL REGISTRAL
Nº 434-2000-ORLC/TR
Lima, 12 de diciembre de 2000
VISTA, el recurso de apelación interpuesto por Fredy Ccen-
hua Bustamante en representación de la COOPERATIVA DE
VIVIENDA AYACUCHO, ingresado a este Tribunal el 2 de
junio de 2000 mediante Hoja de Trámite Nº 21963, contra la
observación formulada por la Registradora del Registro de
Propiedad Inmueble de Ayacucho, Dra. Catherine Matos Muna-
rriz, a la solicitud de INSCRIPCIÓN DE ANOTACIÓN PRE-
VENTIVA DE PROMESA DE VENTA. El título se presentó el
15 de diciembre de 1999, con el Nº 24991. La Registradora
denegó la solicitud de inscripción por cuanto: "1.- Teniendo en
cuenta que la escritura pública del 06-06-1973, otorgada ante
Notario de Ayacucho, don Basilio Machaca Conde, constituye un
contrato de promesa de venta, por haberlo denominado así las
partes contratantes. Dicho acto no constituye título de dominio
por tanto no es pasible de anotación preventiva. En todo caso,
previamente debe celebrarse el contrato definitivo de compra-
venta y determinarse los linderos y medidas perimétricas del
inmueble, posteriormente es necesario se presente una resolu-
ción de subdivisión expedida por la municipalidad, adjuntando
los planos y memoria descriptiva suscritos por ingeniero colegia-
do y visado por la municipalidad. 2.- Se deja constancia que don
JOSÉ ABEL ALFARO PACHECO, ha fallecido, encontrándose
registrada la sucesión intestada en la ficha Nº 293 del Registro

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