Anexo 3: articulos pertinentes de la Constitucion Politica del Peru de 1993.

CargoLe legislaci

Título III DEL RÉGIMEN ECONÓMICO

Capítulo II DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES

Artículo 66. Los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación. El Estado es soberano en su aprovechamiento. Por ley orgánica se fijan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares. La concesión otorga a su titular un derecho real, sujeto a dicha norma legal.

Artículo 67. El Estado determina la política nacional del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos...

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