RESOLUCION MINISTERIAL Nº 277-2009-MIMDES - Constituyen Comisión Sectorial encargada de evaluar, analizar y recomendar acciones y medidas de reforma administrativa y de gestión, así como de elaborar el nuevo proyecto de Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA

Fecha de publicación22 Julio 2009
Fecha de disposición22 Julio 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 22 de julio de 2009 399405
JUSTICIA
Designan Director General Adjunto de
la Oficina General de Administración
del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0132-2009-JUS
Lima, 21 de julio de 2009
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante el cargo de Director
General Adjunto de la Of‌i cina General de Administración
del Ministerio de Justicia;
Que, es necesario designar a la persona que
desempeñará dicho cargo público de conf‌i anza;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Ley Nº
25993, Ley Orgánica del Sector Justicia;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar al señor economista
ANDRÉS PEREZ ROMERO en el cargo de Director
General Adjunto de la Of‌i cina General de Administración
del Ministerio de Justicia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
AURELIO PASTOR VALDIVIESO
Ministro de Justicia
375401-1
MUJER Y DESARROLLO SOCIAL
Constituyen Comisión Sectorial
encargada de evaluar, analizar y
recomendar acciones y medidas de
reforma administrativa y de gestión,
así como de elaborar el nuevo proyecto
de Reglamento de Organización y
Funciones del Instituto Nacional
de Desarrollo de Pueblos Andinos,
Amazónicos y Afroperuano - INDEPA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 277-2009-MIMDES
Lima, 21 de julio de 2009
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Ley Nº 27658 - Ley Marco de
Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado
Peruano en proceso de modernización en sus diferentes
instancias, dependencias, entidades, organizaciones
y procedimientos, con la f‌i nalidad de mejorar la gestión
pública y construir un Estado democrático, descentralizado
y al servicio del ciudadano;
Que, el artículo 4 de la precitada Ley señala que el
proceso de modernización de la gestión del Estado tiene
como f‌i nalidad fundamental la obtención de mayores
niveles de ef‌i ciencia del aparato estatal, de manera que
se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y
optimizando el uso de los recursos públicos;
Que, mediante Ley Nº 28495 se creó el Instituto
Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos
y Afroperuano – INDEPA como Organismo Público
Descentralizado multisectorial, adscrito a la Presidencia
del Consejo de Ministros;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2007-
MIMDES se dispuso la fusión por absorción del Instituto
Nacional de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos
y Afroperuano - INDEPA al Ministerio de la Mujer y
Desarrollo Social – MIMDES, siendo dicho dispositivo
dejado sin efecto con la Ley Nº 29146 que aprobó la
fusión del Consejo Nacional para la Integración de la
persona con Discapacidad - CONADIS y del INDEPA con
el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2008-
MIMDES se dispuso la adscripción del Instituto Nacional
de Desarrollo de Pueblos Andinos, Amazónicos y
Afroperuano - INDEPA al Ministerio de la Mujer y Desarrollo
Social – MIMDES, encargándose a este último Ministerio
presentar el proyecto de adecuación de su Reglamento
de Organización y Funciones y el proyecto de nuevo
Reglamento de Organización y Funciones del INDEPA,
así como gestionar la aprobación de los dispositivos
legales que se requieran para el funcionamiento efectivo
del INDEPA;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 034-2008-
PCM se aprobó la calif‌i cación de Organismos Públicos,
estableciendo que el INDEPA, entre otros, tiene la
calidad de Organismo Público Ejecutor y disponiendo
la adecuación de su Reglamento de Organización y
Funciones de acuerdo con lo establecido en el Título IV
Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2009-
MIMDES se declaró en reorganización al INDEPA por
un plazo de sesenta (60) días calendario, facultándose a
la Ministra de la Mujer y Desarrollo Social a desarrollar
las acciones y dictar las disposiciones que considere
necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en
el referido Decreto Supremo;
Que, a mérito de los dispositivos precitados y con
el f‌i n de implementar las acciones señaladas en el
conformar una Comisión Sectorial encargada de evaluar,
analizar y recomendar las acciones y medidas de reforma
administrativa y de gestión, así como de elaborar el nuevo
proyecto de Reglamento de Organización y Funciones
para el INDEPA, y demás dispositivos legales que se
requieran para su funcionamiento efectivo;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158,
la Ley Nº 29146, la Ley Nº 27793, el Decreto Supremo
Nº 034-2008-PCM, el Decreto Supremo Nº 001-2008-
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- De la Comisión Sectorial
Constitúyase una Comisión Sectorial encargada de
evaluar, analizar y recomendar las acciones y medidas de
reforma administrativa y de gestión, así como de elaborar
el nuevo proyecto de Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto Nacional de Desarrollo de
Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano - INDEPA,
y demás dispositivos legales que se requieran para su
funcionamiento, efectivo a f‌i n de dar cumplimiento a lo
dispuesto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 006-
2009-MIMDES, la misma que estará conformada por:
- El (la) Viceministro (a) de Desarrollo Social del
Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES o
quien éste delegue, quien la presidirá.
- El (la) Presidente (a) Ejecutivo (a) del INDEPA o
quien éste delegue.
- El (la) Director (a) General de la Of‌i cina General
Planif‌i cación y Presupuesto del MIMDES o quien éste
delegue.
Artículo 2º.- De las funciones
La Comisión tendrá como funciones evaluar y proponer
los cambios y formular recomendaciones necesarias
para la optimización de la administración y gestión del
INDEPA.
Con este propósito, la Comisión podrá solicitar el
apoyo que requiera a las Unidades Orgánicas del Sector
Mujer y Desarrollo Social para el adecuado cumplimiento
de sus f‌i nes.
La Comisión tendrá la facultad de invitar a especialistas
y representantes de diversas instituciones del Sector
Público y Privado para el cumplimiento de sus f‌i nes y
solicitar de éstos la información adicional que requiera.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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