Análisis interpretativo sobre la vacancia presidencial por incapacidad moral en el Perú

AutorLionel Bardales-del Aguila
CargoUniversidad Nacional de San Martín
Páginas1-24
Rev. Cient. Ratio. Iure. 2(1): e276; ene-jun, 2022
e-ISSN: 2810-8159
Universidad Nacional de San Martín https://doi.org/10.51252/rcri.v2i1.276
Artículo original / Original article
© Los autores. Este artículo es publicado por la Revista Científica Ratio Iure de la Universidad Nacional de San Martín. Este es un
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Análisis interpretativo sobre la vacancia presidencial por incapacidad
moral en el Perú
Interpretive analysis of the presidential vacancy due to moral
incapacity in Peru
Bardales-del-Aguila, Lionel [ 0000-0002-9110-4475]1
1Universidad Nacional de San Martín, Tarapoto, Perú
lbardales@unsm.edu.pe
Recibido: 14/11/2021; Aceptado: 15/12/2021; Publicado: 20/01/2022
Resumen: El propósito del artículo fue analizar la figura de la vacancia presidencial por permanente
incapacidad moral prescrita en el numeral 2 del art 113° de la Constitución Política del Perú. El tipo de
investigación fue cualitativa, de nivel descriptivo y diseño hermenéutico-interpretativo. Se aplicó las
técnicas de interpretación jurídica y del derecho comparado. El estudio analiza la vacancia del Presidente
de la República Martín Alberto Vizcarra Cornejo. Los resultados expresan que, no existen antecedentes
en las constituciones de los países vecinos sobre esta figura, lo que sí presentan es “la incapacidad física y
mental”. En Estados Unidos, se aplica el “impeachment” o juic io político, es análogo a lo prescrito en los
artículos 99° y 100° de Constitución Peruana sobre el “antejuicio” y “juicio político”; que, a diferencia de
la vacancia por incapacidad moral, el proceso se inicia co n una acusación por infracción constitucional,
con contenido penal que determinan la destitución e inhabilitac ión del funcionario o la acusación ante la
Corte Suprema. En conclusión, la categoría de la vacancia presidencial por permanente incapacidad moral,
se superpone con el “antejuicio” y “juicio político” por carecer de contenido, son susceptibles de quedar
bajo el criterio subjetivo y autoritario del congresista. Siendo necesaria la reforma de los artículos 113°,
99° y 100° de la Constitución Política a través de una Ley de Desarrollo, que aclare y precise el contenido
de la vacancia presidencial por incapacidad moral y lo relacionado con el “antejuicio” y “juicio político”.
Palabras clave: antejuicio político; incapacidad moral y física; incapacidad física y mental; juicio político
Abstract: The purpose of the article was to analyze the figure of the presidential vacancy due to
permanent moral incapacity prescribed in paragraph 2 of article 113° of the Political Constitution of Peru.
The type of research was qualitative, descriptive level and hermeneutical-interpretive design. The
techniques of legal interpretation and comparative law were applied. The study analyzes the vacancy of
the President of the Republic Martín Alberto Vizcarra Cornejo . The results express that, there is no
precedent in the constitutions of neighboring countries on this figure, what they do present is “physical
and mental disability”. In the United States, the "impeachment" or political trial is applied, it is analo gous
to what is prescribed in articles 99° and 100° of the Peruvian Constitution on the " preliminary trial" and
"political trial"; that, unlike the vacancy due to moral incapacity, the process begins with an accusation for
constitutional infraction, with criminal content that determines the dismissal and disqualification of the
official or the accusation before the Supreme Court. In conclusion, the category of the presidential vacancy
due to permanent moral incapacity, overlaps with the “preliminary judgment” and “political judgment”
due to lack of content, they are likely to remain under the subjective and authoritarian criteria of the
congressman. Being necessary the reform o f articles 113°, 99° and 100 ° of the Political Constitution
through a Development Law, which clarifies and specifies the content of the presidential vacancy due to
moral incapacity and what is related to the "preliminary judgment" and "impeachment.
Keywords: political prejudice; moral and physical incapacity; physical and mental disability; impeachment
Cómo c itar / Citation: Bardales-del-Aguila, L. (2022). Análisis interpretativo sobre la vacancia presidencial por
incapacidad moral en el Perú. Revista Científica Ratio Iure, 2(1), e276. https://doi.org/10.51252/rcri.v2i1.276
Análisis interpretativo sobre la vacancia presidencial por incapacidad moral en el Perú 2
Rev. Cient. Ratio. Iure. 2(1): e276; ene-jun, 2022. e-ISSN: 2810-8159
1. Introducción
La crisis política en Perú se ha convertido en una constante y forma parte del historial de vida
republicana. Al realizar un breve recorrido histórico de esta situación; juristas y
constitucionalistas, como García, Landa, Galindo, Praeli y otros, consideran que ello tiene que
ver que ver con la aplicación de modelos políticos que por lo general han oscilado entre un
régimen presidencialista fuerte, un régimen presidencial moderado, en permanente conflicto con
el modelo parlamentario; por lo que consideran que en Perú prima un modelo híbrido
denominado Presidencialismo parlamentario.
Landa Arroyo, citado por Melgar Bendezú (2019); menciona que la vida política
constitucional en Perú ha dependido de los hechos políticos y militares, y que los operadores
políticos no han sabido ponerse de acuerdo y lograr consensos para un pacto social y el logro
de un estado de derecho duradero.
En 1912 García Calderón, explicaba como causa de ello a que en el Perú no contaba con
una clase política con la suficiente formación ni con el hábito de la libertad, dando lugar a la
concentración de poder, la carencia de control, “la evolución política peruana se expresara en
dos formas: exceso de gobierno o de anarquía” (Melgar Bendezú, 2019).
Flores Galindo, citado por Melgar Bendezú (2019), hace referencia a l a inestabilidad
política del país; y que ella tuviera como causa “al vacío dejado por la aristocracia colonial, brecha
que dejó el control de los aparatos estatales en el ejército”.
En este contexto, el “constitucionalismo peruano”; adoptó las teorías y modelos políticos
desarrollados por los maestros del contractualismo como Montesquieu, Rousseau, Locke y
otros que postulan la teoría de la separación de poderes y el control político como recurso del
sistema democrático para evitar el abuso de poder y la instauración de la tiranía.
El principio de la separación de poderes se recoge en la Declaración del Buen Pueblo de
Virginia y en las Constituciones de Maryland y North Carolina; pero sobre todo inspiraba las
Constituciones de Pensilvania y Vermount. Las dos instituciones más importantes de la
Constitución de Pensilvania, el Consejo y la Asamblea legislativa, eran elegidos por el pueblo y
la pertenencia a ambas era incompatible. En 1776 la doctrina de la separación de poderes era el
único principio coherente de gobierno constitucional sobre el que estab lecer una Constitución
que rechazase la monarquía y la aristocracia (Domingo García, 1991).
Luego de instaurada la República, el debate se trasladó a determinar la forma de gobierno,
en los modelos vigentes estaban presentes el presidencialismo y el parlamentarismo. Según
García (1981) citado en (Domingo García, 1991) “Al igual que el resto de la América Latina, el
Perú siguió el modelo presidencial creado por los Estados Unidos”. El presidencialismo consiste
en entregar el centro de decisiones al jefe del Estado, quien, al mismo tiempo, es jefe de
Gobierno, dentro de un esquema en el cual hay un sistema rígido de separación de poderes (no
hay ministros que refrenden actos del presidente ni tampoco controles políticos del Parlamento
sobre el Ejecutivo). El Ejecutivo no debe su elección al Congreso, sino al pueblo.
Por otro lado, el parlamentarismo, que tiene su origen en Europa bajo este modelo, es el
Congreso o Legislativo quien tiene el control del poder estatal, el Jefe de Estado es designado
por el Legislativo, existe un poder dual, jefe de Estado y jefe de Gobierno por otro, existe el

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