1074 006-06-MDCH - Amplían plazo para el pago anual o de primera cuota del Impuesto Predial
Fecha de publicación | 27 Abril 2006 |
Fecha de disposición | 27 Abril 2006 |
Pág. 317485
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 27 de abril de 2006
DECRETA:
Artículo Primero.- Disponer la prórroga de la
vigencia de la Ordenanza Nº 252-MDB, hasta el 3 de
junio del 2006.
Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento del
presente decreto a la Gerencia de Administración
Financiera y Tributaria, Subgerencia de Tesorería y
Unidad de Estadística e Informática.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARTIN DEL POMAR SAETTONE
Alcalde
07430
MUNICIPALIDAD DE
CHACLACAYO
Amplían plazo para el pago anual o de
primera cuota del Impuesto Predial
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 006-06-MDCH
Chaclacayo, 6 de abril del 2006
EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD
DE CHACLACAYO
VISTO:
El Informe Nº 035-GDATR-MDCH-2006 de fecha 3
de abril del 2006 de la Gerencia de Administración
Tributaria y Rentas y el Memorando Nº 138-2006-GM/
MDCH de la Gerencia Municipal.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 003-06, se
estableció el Programa Predial para el ejercicio gravable
2006. Asimismo, se estableció la modalidad de pago al
contado hasta el 28 de febrero y en forma fraccionada
hasta en 4 cuotas trimestrales, venciendo la primera
cuota el 28 de febrero;
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 005-06, se
amplia el plazo de fecha de vencimiento para el pago
anual o la primera cuota del Impuesto Predial, hasta el 31
de marzo del 2006;
Que, es política de la actual administración municipal
otorgar a sus contribuyentes máximas facilidades para
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, debiendo
por lo tanto ampliar el plazo de vencimiento para el pago
del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales;
Que, la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley
Nº 27972 en el artículo 42º establece que mediante
Decreto de Alcaldía, se establece la regulación de
asuntos de orden general y de interés para el vecindario;
Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las
facultades conferidas por el artículo 20º inciso 6) la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- AMPLIAR el plazo de fecha de
vencimiento para el pago anual o la primera cuota del
Impuesto Predial, hasta el 29 de abril del 2006.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Administración, Gerencia de Administración Tributaria y
Rentas y Oficina de Informática el cumplimiento de lo
dispuesto.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VÍCTOR GONZALES ANDRADE
Alcalde
07397
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Establecen plazo para pago al contado
de Arbitrios de Limpieza Pública,
Parques y Jardines Públicos de los
ejercicios 2002 al 2005
ORDENANZA Nº 187-C/MC
Comas, 11 de abril de 2006
EL CONCEJO MUNICIPAL DE COMAS
VISTO: En Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha
11 de abril del 2006, el Dictamen de la Comisión de
Administración, Planificación, Economía y Finanzas,
relacionado con el Informe Nº 034-2006-GAT/MC de
fecha 5 de abril de 2006 de la Gerencia de Administración
Tributaria, sobre Prórroga de Vencimiento para el Pago
del Impuesto Predial 2006 y Arbitrios Municipales de los
años anteriores, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo dispone el último párrafo del artículo
29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario
aprobado por D.S. Nº 135-99-E, faculta a la Administración
Tributaria a prorrogar con carácter general el plazo para
el pago de la deuda tributaria;
Que, el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Tributación Municipal, establece que las
Municipalidades crean, modifican y suprimen
contribuciones o tasas y otorgan exoneraciones dentro
de los límites que fije la ley;
Que, mediante Ordenanza Nº 185-C/MC publicada
en el Diario Oficial El Peruano el 8 de marzo del 2006, se
dispuso la prórroga del vencimiento del pago del Impuesto
Predial 2006, así como de los Arbitrios de Limpieza
Pública, Parques y Jardines Públicos por los periodos
2002 al 2005 y 2006 y el beneficio del descuento del 15%
a aquellos contribuyentes que paguen al contado el citado
arbitrio en forma anual, contenidas en la Ordenanzas
Nº 167-C/MC Nº165-C/MC y modificatoria Nº172-C/MC,
que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios de los
citados periodos debidamente aprobados por la
Municipalidad Metropolitana de Lima por lo que se hace
necesario prorrogar su vencimiento;
Que, con Informe Nº 034-GAT/MC de la Gerencia de
Administración Tributaria el cual acoge las observaciones
del Informe Nº101-2006-SGROC-GAT/MC, emitido por
la Subgerencia de Recaudación y Orientación al
Contribuyente, respecto a la implementación de las tarifas
recalculadas para posibilitar su cobranza a la necesidad
de ampliar los plazos establecidos en la Ordenanza
Nº185-C/MC, a fin de que todos los Contribuyentes
puedan acogerse a los beneficios descritos en las
Ordenanzas sobre Arbitrios;
Que, a fin de facilitar el cumplimiento de las
obligaciones tributarias respecto al Impuesto Predial y,
Arbitrio de Limpieza Pública y Parques y Jardines
Públicos, resulta necesario ampliar los plazos
establecidos en la Ordenanza Nº185-C/MC, a fin de que
todos los Contribuyentes puedan acogerse a los
beneficios descritos en las Ordenanzas sobre Arbitrios;
Estando a lo expuesto y en uso de sus facultadas
conferidas por el articulo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley
Orgánica de Municipalidades, luego del debate
correspondiente , el pleno del Concejo aprobó por
Unanimidad la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.-ESTABLECER, el vencimiento
para efectuar el pago al contado de las tarifas
recalculadas de los Periodos 2002 al 2005 de los
Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
Públicos, sin la Actualización por el IPC , hasta el 31
de mayo del 2006.
Artículo Segundo.- La Gerencia de Administración
y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria y la
Unidad de Relaciones Públicas serán responsables del
cumplimiento de la presente Ordenanza.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba